Dictamen recaído en el proyecto 03642/2022-CR. LEY QUE MODIFICA LA LEY 27806, LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (EN RELATORÍA 26/04/2023)

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN POR UNANIMIDAD
EmisorDescentralización, Regionalización y Modernización de la Gestión del Estado
Fecha26 Abril 2023
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
OEA
N
TRAIIII Y DRTAUZACIÓN
ítDOCAEVCS
2
6
ABR,
2023
Cl
k
pl
CONGRESO
REPÚBLICA
Comisión
de
Descentralización,
Regionalización,
Gobiernos
Locales
y
Modernización
de
la
Gestión
del
Estado
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
Dictamen
recaído
en
el
Proyecto
de
Ley
3642/2022
-CR,
que
propone
fortalecer
la
implementación,
actualización
y
supervisión
de
los
portales
de
transparencia
estándar
de
las
entidades
públicas.
COMISIÓN
DE
DESCENTRALIZACIÓN,
REGIONALIZACIÓN,
GOBIERNOS
LOCALES,
Y
MODERNIZACIÓN
DE
LA
GESTIÓN
DEL
ESTADO
PERIODO
DE
SESIONES
2022
2023
Señor
Presidente:
Ha
ingresado
para
estudio
y
dictamen
de
la
Comisión
de
Descentralización,
Regionalización,
Gobiernos
Locales
y
Modernización
de
la
Gestión
del
Estado,
la
siguiente
iniciativa
legislativa:
Proyecto
de
Ley
3642/2022
-CR,
presentado
a
iniciativa
del
congresista
Guido
Bellido
Ugarte,
que
propone
fortalecer
la
implementación,
actualización
y
supervisión
de
los
portales
de
transparencia
estándar
de
las
entidades
públicas.
La
Comisión
de
Descentralización,
Regionalización,
Gobiernos
Locales
y
Modernización
de
la
Gestión
del
Estado,
en
la
decimoséptima
sesión
ordinaria
celebrada
el
miércoles
5
de
abril
de
2023,
realizada
en
modalidad
semipresencial
mediante
la
Plataforma
Microsoft
Teams,
acordó
por
UNANIMIDAD
de
los
presentes
APROBAR
el
dictamen
recaído
en
el
Proyecto
de
Ley
3642/2022
-CR,
habiendo
registrado
el
voto
favorable
de
los
congresistas
Alejandro
Aurelio
Aguinaga
Recuenco,
Auristela
Ana
Obando
Morgan,
Eduardo
Enrique
Castillo
Rivas,
Raúl
Huamán
Coronado,
Alfredo
Pariona
Sinche,
Wilson
Rusbel
Quispe
Mamani,
José
Alberto
Arriola
Tueros,
Magaly
Ruiz
Rodríguez,
Lucinda
Vásquez
Vela,
Noelia
Rossvith
Herrera
Medina,
Hamlet
Echeverría
Rodríguez,
José
Bernardo
Pazo
Nunura,
Carlos
Javier
Zeballos
Madariaga
y
Diana
Carolina
Gonzales
Delgado.
La
Comisión
en
su
decimoséptima
sesión
ordinaria
efectuada
el
miércoles
5
de
abril
de
2023,
aprobó
por
unanimidad
autorizar
la
ejecución
de
los
acuerdos
sin
esperar
la
aprobación
del
acta.
I.
SITUACIÓN
PROCESAL
El
Proyecto
de
Ley
3642/2022
-CR
fue
decretado
con
fecha
25
de
noviembre
de
2022
a
la
Comisión
de
Descentralización,
Regionalización,
Gobiernos
Locales
y
Modernización
de
la
Gestión
del
Estado
para
su
estudio
y
dictamen,
como
única
comisión
dictaminadora.
II.
CONTENIDO
DE
LA
PROPUESTA
La
iniciativa
legislativa
materia
de
análisis
propone
modificar
la
Ley
27806,
Ley
de
Transparencia
y
Acceso
a
la
Información
Pública,
con
la
finalidad
de
fortalecer
la
implementación,
actualización
y
supervisión
de
los
portales
de
transparencia
estándar
de
las
entidades
de
la
administración
pública.
Para
ello
plantea
la
siguiente
fórmula
legal:
1
a
CONGRESO
REPÚBLICA
1#
(1
Comisión
de
Descentralización,
Regionalización,
Gobiernos
Locales
y
Modernización
de
la
Gestión
del
Estado
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
Dictamen
recaído
en
el
Proyecto
de
Ley
3642/2022
-CR,
que
propone
fortalecer
la
implementación,
actualización
y
supervisión
de
los
portales
de
transparencia
estándar
de
las
entidades
públicas.
«LEY
QUE
FORTALECE
LA
IMPLEMENTACIÓN,
ACTUALIZACIÓN
Y
SUPERVISIÓN
DE
LOS
PORTALES
DE
TRANSPARENCIA
ESTANDAR
DE
LAS
ENTIDADES
PÚBLICAS
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
modifica
la
Ley
27806,
Ley
de
Transparencia
y
Acceso
a
la
Información
Pública,
con
la
finalidad
de
fortalecer
la
implementación,
actualización
y
supervisión
de
los
portales
de
transparencia
de
las
entidades
de
la
Administración
Pública,
de
conformidad
con
la
política
nacional
en
materia
de
transparencia
activa.
Artículo
2.
Incorporación
del
artículo
6-A
en
la
Ley
27806,
Ley
de
Transparencia
y
Acceso
a
la
Información
Pública
Incorpórese
el
artículo
6-A
en
la
Ley
27806,
Ley
de
Transparencia
y
Acceso
a
la
Información
Pública,
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
6-A.
Del
plazo
de
actualización
Las
entidades
públicas
deberán
actualizar
sus
portales
de
transparencia
al
menos
una
vez
al
mes,
salvo
los
casos
en
que
la
Ley
ha
previsto
plazos
distintos,
bajo
responsabilidad."
Artículo
3.
Incorporación
del
artículo
6-B
en
la
Ley
27806,
Ley
de
Transparencia
y
Acceso
a
la
Información
Pública
Incorpórese
el
artículo
6-8
en
la
Ley
27806,
Ley
de
Transparencia
y
Acceso
a
la
Información
Pública,
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
6-B.
De
la
supervisión
La
Dirección
General
de
Transparencia,
Acceso
a
la
Información
Pública
y
Protección
de
Datos
Personales
(DGTAIPD)
es
la
encargada
de
supervisar
de
oficio
el
cumplimiento
de
la
actualización
del
Portal
de
Transparencia
Estándar
de
forma
trimensual
a
todas
las
entidades
públicas
sujetas
en
la
presente
norma.
En
caso
de
que
la
DGTAIPD
detecte
que
una
determinada
entidad
pública
viene
incumplimiento
el
deber
de
mantener
actualizado
su
Portal
de
Transparencia,
comunicará
los
incumplimientos
a
la
misma
y
requerirá
que,
en
un
plazo
no
mayor
de
15
días,
cumpla
con
subsanar
las
observaciones.
Si
la
entidad
no
cumple
con
subsanar
los
incumplimientos
advertidos
en
el
plazo
señalado
anteriormente,
la
DGTAIPD
remitirá
copia
de
los
actuados
a
la
Secretaría
Técnica
de
Procedimientos
Administrativos
Disciplinarios
de
la
entidad,
o
quien
haga
sus
veces,
para
que
proceda
conforme
a
sus
atribuciones."
III.
MARCO
NORMATIVO
a)
Constitución
Política
del
Perú
de
1993.
b)
Reglamento
del
Congreso
de
la
República.
c)
Ley
27658,
Ley
Marco
de
Modernización
de
la
Gestión
del
Estado.
d)
Ley
29158,
Ley
Orgánica
del
Poder
Ejecutivo.
2

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