Dictamen recaído en el proyecto 02679/2021-CR. LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA LAGUNA DE OXIDACIÓN DEL SECTOR CHOSICA DEL NORTE, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE (EN RELATORÍA 16/11/2022)

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN POR UNANIMIDAD
EmisorVivienda y Construcción
Fecha16 Noviembre 2022
PERÚ
4
‘,111;
CONGRESO
RE
PU
B
LACA
CONGRESO
DE
LA
REPUBDC
AREA
MI
lAikilACIN
16
NOV.
2022
R
EJj3
I
O
O
Firma•
Señor
Presidente:
COMISIÓN
VIVIENDA
Y
CONSTRUCCIÓN
DICTAMEN
APROBADO
POR
UNANIMIDAD
RECAÍDO
EN
EL
PROYECTO
DE
LEY
2679/2021
-CR
CON
MODIFICACIONES,
ACOMPAÑA
TEXTO
SUSTITUTORIO,
"LEY
QUE
DECLARA
DE
NECESIDAD
PÚBLICA
E
INTERÉS
NACIONAL
LA
EJECUCIÓN
DEL
PROYECTO
DE
MEJORAMIENTO
DE
LA
LAGUNA
DE
OXIDACIÓN
DEL
SECTOR
CHOSICA
DEL
NORTE,
PROVINCIA
DE
CHICLAYO,
DEPARTAMENTO
DE
LAMBAYEQUE".
COMISIÓN
VIVIENDA
Y
CONSTRUCCIÓN
PERÍODO
ANUAL
DE
SESIONES
2022
2023
Ha
sido
remitido,
para
estudio
y
dictamen
de
conformidad
con
el
artículo
107
de
la
Constitución
Política
del
Perú
a
la
Comisión
de
Vivienda
y
Construcción
el
Proyecto
de
Ley
2679/2021
-
CR,
propuesta
de
la
congresista
María
Grimaneza
Acuña
Peralta
(APP),
mediante
el
cual
propone
la
"Ley
que
declara
de
necesidad
pública
e
interés
nacional
la
ejecución
del
proyecto
de
mejoramiento
de
la
laguna
de
oxidación
del
sector
Chosica
del
Norte,
provincia
de
Chiclayo,
departamento
de
Lambayeque".
El
presente
dictamen
fue
aprobado
por
UNANIMIDAD,
en
la
Quinta
Sesión
Ordinaria
de
la
Comisión
de
Vivienda
y
Construcción,
celebrada
el
07
de
noviembre
de
2022
de
manera
semi
presencial,
en
la
Sala
"Miguel
Grau
Seminario"
del
Palacio
Legislativo
y
a
través
de
la
Plataforma
Microsoft
Teams,
con
el
voto
a
favor
de
los
congresistas
presentes:
María
Grimaneza
Acuña
Peralta
(Alianza
para
el
Progreso),
Jhaec
Darwin
Espinoza
Vargas
(Acción
Popular),
Carlos
Enrique
Alva
Rojas
(Integridad
y
Desarrollo),
Rosselli
Amuruz
Dulanto
(Avanza
País
-Partido
de
Integración
Social),
José
Alberto
Arriola
Tueros
(Acción
Popular),
Guido
Bellido
Ugarte
(Perú
Libre);
Nilza
Merly
Chacón
Trujillo
(Fuerza
Popular);
Pasión
Dávila
Atanacio
Neomias
(Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional);
Víctor
Seferino
Flores
Ruíz
(Fuerza
Popular),
Martha
Lupe
Moyano
Delgado
(Fuerza
Popular),
Cordero
Jon
Tay
María
(Fuerza
Popular),
en
reemplazo
del
congresista
Luis
Cordero
Jon
Tay;
con
dispensa
de
aprobación
del
acta
para
ejecutar
los
acuerdos.
Con
oficio
210-2022-2023/GEDNI-CR,
la
señora
congresista
quien
estuvo
en
la
primera
parte
de
la
sesión
da
a
conocer
su
voto
a
favor
de
la
iniciativa
legistiva.
Con
la
licencia
de
los
señores
congresistas
Cordero
Jon
Tay
Luis
Gustavo
(Fuerza
Popular),
Paredes
Castro
Francis
Jhasmina
(Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional),
Trigozo
Reátegui
Cheryl
(Alianza
Para
el
Progreso),
Yarrow
Lumbreras
Norma
Martina
(Avanza
País
-
Partido
de
Integración
Social).
Comisión
Vivienda
y
Construcción
Pasaje
Simón
Rodríguez,
Edificio
VRHT
Piso
2
-
Lima
/
Teléfono:
3117760
www.congreso.gob.pe
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CON
gRESO
REPÚBLICA
I.
SITUACIÓN
PROCESAL
COMISIÓN
VIVIENDA
Y
CONSTRUCCIÓN
DICTAMEN
APROBADO
POR
UNANIMIDAD
RECAÍDO
EN
EL
PROYECTO
DE
LEY
2679/2021
-CR
CON
MODIFICACIONES,
ACOMPAÑA
TEXTO
SUSTITUTORIO,
"LEY
QUE
DECLARA
DE
NECESIDAD
PÚBLICA
E
INTERÉS
NACIONAL
LA
EJECUCIÓN
DEL
PROYECTO
DE
MEJORAMIENTO
DE
LA
LAGUNA
DE
OXIDACIÓN
DEL
SECTOR
CHOSICA
DEL
NORTE,
PROVINCIA
DE
CHICLAYO,
DEPARTAMENTO
DE
LAMBAYEQUE".
1.1.
Problema
que
se
pretende
resolver
con
la
propuesta
legislativa
La
propuesta
legislativa
materia
de
análisis,
propone
declarar
de
necesidad
pública
e
interés
nacional
la
ejecución
del
proyecto
de
mejoramiento
de
la
laguna
de
oxidación
del
sector
Chosica
del
Norte,
provincia
de
Chiclayo,
departamento
de
Lambayeque
para
ejecutar
el
saneamiento
físico
-
legal
de
las
áreas
que
conforman
la
laguna
de
oxidación.
Cabe
mencionar,
que
en
la
exposición
de
motivos
de
este
proyecto
de
ley
se
señala
que
su
finalidad
es
lograr
optimizar
la
calidad
de
vida
de
los
pobladores
de
la
zona
y
conseguir
que
no
siga
incrementándose
el
daño
ambiental,
el
cual
afecta
a
la
población
misma
del
sector
de
Chosica
del
Norte,
así
como
a
las
poblaciones
ubicadas
aguas
abajo
y
por
ende
a
su
flora
y
fauna
respectivamente.
Asimismo, se
hace
referencia
al
saneamiento
físico
legal
de
las
áreas
que
ocuparía
la
laguna
de
oxidación
del
sector
Chosica
del
Norte,
indicando
que
la
función
de
esta
laguna
es
dar
tratamiento
a
las
aguas
residuales
e
impuras
que
por
salud
pública
se
recomienda
que
este
tipo
de
infraestructura
se
construya
fuera
de
las
zonas
urbanas.
1.2.
Antecedentes
procedimentales
El
Proyecto
de
Ley
2679/2021
-CR,
propuesta
de
la
congresista
María
Grimaneza
Acuña
Peralta
(APP),
que
plantea
declarar
de
necesidad
pública
e
interés
nacional
la
ejecución
del
proyecto
de
mejoramiento
de
la
laguna
de
oxidación
del
sector
Chosica
del
Norte,
provincia
de
Chiclayo,
departamento
de
Lambayeque,
ingresó
al
Área
de
Trámite
Documentario
del
Congreso
de
la
República
el
20
de
julio
de
2022,
y
fue
decretado
a
la
Comisión
de
Vivienda
y
Construcción
como
única
comisión
dictaminadora
el
21
de
julio
de
2022,
para
su
estudio
y
dictamen.
Cabe
considerar
que
la
Comisión
de
Vivienda
y
Construcción,
en
su
calidad
de
comisión
ordinaria
encargada
de
estudiar
y
de
dictaminar
las
iniciativas
legislativas
del
ámbito
vivienda
Comisión
Vivienda
y
Construcción
Pasaje
Simón
Rodríguez,
Edificio
VRHT
Piso
2
-
Lima
/
Teléfono:
3117760
www.congreso.gob.pe
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CONGRESO
REPÚBLICA
COMISIÓN
VIVIENDA
Y
CONSTRUCCIÓN
DICTAMEN
APROBADO
POR
UNANIMIDAD
RECAÍDO
EN
EL
PROYECTO
DE
LEY
2679/2021
-CR
CON
MODIFICACIONES,
ACOMPAÑA
TEXTO
SUSTITUTORIO,
"LEY
QUE
DECLARA
DE
NECESIDAD
PÚBLICA
E
INTERÉS
NACIONAL
LA
EJECUCIÓN
DEL
PROYECTO
DE
MEJORAMIENTO
DE
LA
LAGUNA
DE
OXIDACIÓN
DEL
SECTOR
CHOSICA
DEL
NORTE,
PROVINCIA
DE
CHICLAYO,
DEPARTAMENTO
DE
LAMBAYEQUE".
y
construcción,
es
competente
para
emitir
el
presente
dictamen,
de
conformidad
con
los
artículos
34
y
35
del
Reglamento
del
Congreso.
Asimismo,
es
necesario
tener
en
cuenta
que,
tratándose
de
una
ley
de
naturaleza
ordinaria,
está
incursa
en
el
literal
a)
del
Artículo
72
del
Reglamento
del
Congreso.
En
ese
sentido
su
aprobación
en
el
Pleno
del
Congreso
requiere
de
una
votación
favorable
simple
y
de
doble
votación
de
conformidad
con
el
artículo
73
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República.
1.3.
Antecedentes
Parlamentarios
En
el
Período
Parlamentario
2016-2021
no
se
han
presentado
proyectos
de
ley
similares
a
la
materia
propuesta.
1.4.
Opiniones
solicitadas
La
Comisión
de
Vivienda
y
Construcción
a
través
de
su
presidencia,
cursó
los
siguientes
pedidos
de
opinión
a
las
Instituciones
mediante
los
siguientes
oficios:
Comisión
Vivienda
y
Construcción
Pasaje
Simón
Rodríguez,
Edificio
VRHT
Piso
2
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Lima
/
Teléfono:
3117760
www.congreso.gob.pe
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