Dictamen recaído en el proyecto 02292/2021-CR. LEY QUE OTORGA UNA SUBVENCIÓN VITALICIA A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DESDE SU NACIMIENTO Y QUE SE ENCUENTRE EN POBREZA, MODIFICANDO LA LEY 29973, LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Y MODIFICANDO EL CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES, LEY 27337

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN POR UNANIMIDAD
EmisorInclusion Social y Personas Con Discapacidad
IrZelka0
.
1
..
U+
nElláLiLICA
rámle
y
NilázacIón
ele
Docorentos
CO
9RESO
REP
BL1CA
08
MAR
2023
BIDO
tioni
53
DICTAMEN
RECAÍDO
EN
EL
PROYECTO
DE
LEY
2292/2021
-CR,
LEY
QUE
OTORGA
UNA
SUBVENCIÓN
VITALICIA
A
LAS
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD
DESDE
SU
NACIMIENTO
Y
QUE
SE
ENCUENTREN
EN
POBREZA,
MODIFICANDO
LA
LEY
29973,
LEY
GENERAL
DE
LA
PERSONA
CON
DISCAPACIDAD
Y
MODIFICANDO
EL
CÓDIGO
DE
LOS
NIÑOS
Y
ADOLECENTES,
LEY
27337
COMISIÓN
DE
INCLUSIÓN
SOCIAL
Y
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD
PERÍODO
ANUAL
DE
SESIONES
2022-2023
Dictamen
021-2022-2023-CISPD-CR
Señor
presidente:
Ha
sido
remitido
para
estudio
y
dictamen
de
la
Comisión
de
Inclusión
Social
y
Personas
con
Discapacidad
el
Proyecto
de
Ley
2292/2021
-CR,
correspondiente
al
periodo
parlamentario
2021-2026
presentado
por
el
grupo
parlamentario
Perú
Libre,
a
iniciativa
del
Congresista
SEGUNDO
TORIBIO
MONTALVO
CUBAS,
Ley
que
otorga
una
subvención
vitalicia
a
las
personas
con
discapacidad
desde
su
nacimiento
y
que
se
encuentren
en
pobreza,
modificando
la
ley
29973,
ley
general
de
la
persona
con
discapacidad
y
modificando
el
código
de
los
niños
y
adolescentes,
ley
27337.
El
presente
dictamen
fue
aprobado
por
unanimidad
con
la
dispensa
del
acta
y
su
lectura
para
ejecutar
los
acuerdos
aprobados
en
la
décima
quinta
sesión
ordinaria
de
la
Comisión
de
Inclusión
Social
y
Personas
con
Discapacidad,
celebrada
el
14
de
febrero
de
2023,
se
debatió
y
aprobó
el
presente
dictamen,
con
el
voto
unánime
de
los
presentes.
Votaron
a
favor
los
congresistas:
Kamiche
Morante
Luis
Roberto,
Jáuregui
Martínez
de
Aguayo
María
de
los
Milagros
Jackeline,
Alcarraz
Agüero
Yorel
Kira,
Infantes
Castañeda
Mery
Eliana,
Olivos
Martínez
Leslie
Vivian,
Ramírez
García
Tania
Estefany,
Portero López
Hilda
Marleny,
Vásquez
Vela
Lucinda,
Ugarte
Mamani
Jhakeline
Katy,
Sánchez
Palomino
Roberto
Helbert,
derivándose
al
archivo.
(10)
I.
SITUACIÓN
PROCESAL
1.1
Ingreso
del
proyecto
a
la
Comisión
El
proyecto
de
ley
ingresó
a
la
comisión
el
10
de
junio
de
2022,
siendo
decretado
a
la
Comisión
de
Inclusión
Social
y
Personas
con
Discapacidad
en
condición
de
principal
comisión
dictaminadora
y
a
la
Comisión
de
Presupuesto
y
Cuenta
General
de
la
República,
como
segunda
comisión
dictaminadora.
CONGRESO
,
REPÚBLICA
DICTAMEN
RECAIDO
EN
EL
PROYECTO
DE
LEY
2292/2021
-CR,
LEY
QUE
OTORGA
UNA
SUBVENCIÓN
VITALICIA
A
LAS
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD
DESDE
SU
NACIMIENTO
Y
QUE
SE
ENCUENTREN
EN
POBREZA,
MODIFICANDO
LA
LEY
29973,
LEY
GENERAL
DE
LA
PERSONA
CON
DISCAPACIDAD
Y
MODIFICANDO
EL
CÓDIGO
DE
LOS
NIÑOS
Y
ADOLECENTES,
LEY
27337
1.2
Cumplimiento
de
los
requisitos
reglamentarios
De
conformidad
con
lo
establecido
en
el
artículo
77
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
la
iniciativa
legislativa
materia
de
dictamen
ha
sido
remitida
a
esta
comisión.
Cabe
precisar
que
el
proyecto
cumple
con
los
requisitos
generales
y
específicos
señalados
en
los
artículos
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
por
lo
cual
se
realizó
el
estudio
correspondiente.
1.3
Vinculación
con
las
Políticas
de
Estado
del
Acuerdo
Nacional
En
el
Acuerdo
Nacional,
desarrollado
en
el
año
2002
con
el
fin
de
definir
un
rumbo
para
el
desarrollo
sostenible
del
país
y
afirmar
su
gobernabilidad
democrática,
se
asumió
un
conjunto
de
grandes
objetivos,
plasmados
en
políticas
de
Estado.
El
proyecto
de
ley
se
encuentra
vinculado
al
segundo
objetivo
"Equidad
y
Justicia
Social",
específicamente
en
la
décima,
décimo
primera,
décimo
tercera,
décimo
quinta
y
décimo
sexta
política
de
Estado,
en
la
cual
se
señala
lo
siguiente:
Política
de
Estado
10:
Reducción
de
la
pobreza.
Política
de
Estado
11:
Promoción
de
la
igualdad
de
oportunidades,
sin
discriminación.
Política
de
Estado
13:
Acceso
universal
a
los
servicios
de
salud
y
a
la
seguridad
social.
Política
de
Estado
15:
Promoción
de
la
seguridad
alimentaria
y
nutrición.
Política
de
Estado
16:
Fortalecimiento
de
la
familia,
protección
y
promoción
de
la
niñez,
la
adolescencia
y
la
juventud.
II.
CONTENIDO
DE
LA
PROPUESTA
LEGISLATIVA Y
PROBLEMAS
QUE
PRETENDE
RESOLVER
La
fórmula
legal
del
proyecto
consta
de
un
artículo
y
una
disposición
complementaria
final:
Artículo
1.
Objeto
de
la
ley
Artículo
2.
Finalidad
de
la
ley
Artículo
3.
Modificación
de
los
artículos
59
y
61
de
la
Ley
29973,
Ley
General
de
la
Persona
con
Discapacidad.
2
CONGRESO
REPÚBLICA
DICTAMEN
RECAÍDO
EN
EL
PROYECTO
DE
LEY
2292/2021
-CR,
LEY
QUE
OTORGA
UNA
SUBVENCIÓN
VITALICIA
A
LAS
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD
DESDE
SU
NACIMIENTO
Y
QUE
SE
ENCUENTREN
EN
POBREZA,
MODIFICANDO
LA
LEY
29973,
LEY
GENERAL
DE
LA
PERSONA
CON
DISCAPACIDAD
Y
MODIFICANDO
EL
CÓDIGO
DE
LOS
NIÑOS
Y
ADOLECENTES,
LEY
27337
-
Artículo
4.
Incorpórese
los
artículos
61.1, 61.2,
61.3,
61.4
a
la
Ley,
Ley
General
de
la
Persona con
Discapacidad,
en
los
siguientes
términos.
-
Artículo
5.
Modificación
del
artículo
23
del
Código
de
los
Niños
y
Adolescentes,
Ley
27337,
en
lo
siguientes
términos.
-
Primera
disposición
complementaria
final.
Normas
Complementarias
y/o
reglamentarias
-
Segunda
disposición
complementaria
final.
Autorización
para
otorgar
una
subvención
vitalicia.
-
Tercera
disposición
complementaria
final.
Derogación.
La
iniciativa
legislativa,
también
propone
de
manera
responsable
se
realice
un
Estudio,
análisis
e
investigación,
con
la
finalidad
de
determinar
la
viabilidad
y
factibilidad
para
otorgar
la
subvención
vitalicia,
aunado
a
ello
se
crea
una
Comisión
multisectorial,
con
la
finalidad
de
cautelar
los
recursos
y
estará
integrado
entre
otros
entes,
por
el
Ministerio
de
Desarrollo
e
Inclusión
Social
y
al
Consejo
Nacional
para
la
Integración
de
la
Persona
con
Discapacidad
(CONADIS),
quienes
establecerán
las
estrategias
que
permitan
otorgar
una
subvención
vitalicia
a
las
personas
con
discapacidad
desde
el
nacimiento
y
se
encuentren
en
pobreza
y
pobreza
extrema,
conforme
se
puede
ver
en
la
fórmula
legal,
la
incorporación
de
los
artículos
89
y
90
de
la
Ley
29973,
Ley
General
de
la
persona
con
Discapacidad.
La
presente
propuesta
legislativa
generará
beneficio
a
las
personas
discapacitadas,
declaradas pobres,
desde
su
nacimiento
y
durante
el
ciclo
de
su
vida,
de
acuerdo
con
los
criterios
del
Sistema
de
Focalización
de
Hogares
(SISFOH).
Cuyo
alcance
se
puede
ver
en
la
fórmula
legal,
la
incorporación
del
artículo
88
de
la
Ley
29973,
Ley
General
de
la
persona
con
Discapacidad.
III.
OPINIONES
E
INFORMACIÓN
3.1
Solicitudes
de
opinión
La
comisión
ha
remitido
solicitudes
de
opinión
a
las
siguientes
instituciones:
N.°
Institución
de
oficio
Fecha
1
Ministerio
de
Desarrollo
e
Inclusión
Social
688-CISPD/2021-2022-CR
15.06.2022
2
Ministra
de
la
Mujer
v
Poblaciones
Vulnerables
'
689-CISPD/2021-2022-CR
15.06.2022

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