Dictamen recaído en el proyecto 01847/2021-CR. SE CREA EL PADRÓN ÚNICO DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES DE ASISTENCIA ALIMENTARIA (EN RELATORÍA 27/12/2022)

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN EN MAYORÍA
EmisorInclusion Social y Personas Con Discapacidad
Fecha27 Diciembre 2022
mw
"71g47.
-
CONGRESO
REPÚBLICA
DICTAMEN
RECAÍDO
EN
EL
PROYECTO
DE
LEY
1847/2021
-CR,
QUE
DISPONE
LA
ACTUALIZACIÓN
PERIÓDICA
DE
LOS
PADRONES
DE
BENEFICIARIOS
DE
LOS
PROGRAMAS
SOCIALES
DE
ASISTENCIA
ALIMENTARIA
Y
CREASE
EL
PADRÓN
ÚNICO
DE
BENEFICIARIOS
COMISIÓN
DE
INCLUSIÓN
SOCIAL
Y
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD
PERÍODO
ANUAL
DE
SESIONES
2022-2023
Dictamen
011
-2022-2023-CISPD-CR
Señor
presidente:
CONGRESODELAREPUBUCA
AREN
N
TRAMITE Y
VITALICIA
DE DOCUMENTOS
27
DIC.
2022
R
CIBIDO
FIrma•
ora:
(1Z
L1
Ha
sido
remitido
para
estudio
y
dictamen
de
la
Comisión
de
Inclusión
Social
y
Personas
con
Discapacidad
el
Proyecto
de
Ley
1847/2021
-CR,
correspondiente
al
periodo
parlamentario
2021-2026
presentado
por
la
Comisión
Multipartidaria
de
Mondare°,
Fiscalización
y
Control
del
Programa
Hambre
Cero,
siendo
presidenta
la
Congresista
Hilda
Marleny
Portero
López,
que
propone
la
Ley
que
dispone
la
actualización
periódica
de
los
padrones
de
beneficiarios
de
los
programas
nacionales
de
asistencia
alimentaria
y
crease
el
padrón
único
de
beneficiarios.
El
presente
dictamen
fue
aprobado por
mayoría
con
la
dispensa
del
acta
y
su
lectura
para
ejecutar
los
acuerdos
aprobados
en
la
novena
sesión
ordinaria
de
la
Comisión
de
Inclusión
Social
y
Personas
con
Discapacidad,
celebrada
el
22
de
noviembre
de
2022,
se
debatió
y
aprobó
el
presente
dictamen,
con
el
voto
mayoritario
de
los
presentes.
Votaron
a
favor
los
congresistas
Kamiche
Morante
Luis
Roberto,
Saavedra
Casternoque
Hitler,
Portero
López
Hilda
Marleny,
Vásquez
Vela
Lucinda,
Ugarte
Mamani
Jhakeline
Katy
(5
votos)
y
voto
en
abstención
de
las
señoras
congresistas
Infantes
Castañeda
Mery
Eliana,
Olivos
Martínez
Leslie
Vivian,
Ramírez
García
Tania
Estefany,
Chacón
Trujillo
Nilza
Merly
(4
votos).
I.
SITUACIÓN
PROCESAL
1.1
Ingreso
del
proyecto
a
la
Comisión
El
proyecto
de
ley
ingresó
a
la
Comisión
el
04
de
mayo
de
2022,
siendo
decretado
a
la
Comisión
de
Inclusión
Social
y
Personas
con
Discapacidad
como
única
comisión
dictaminadora.
1.2
Cumplimiento
de
los
requisitos
reglamentarios
De
conformidad
con
lo
establecido
en
el
artículo
77
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
la
iniciativa
legislativa
materia
de
dictamen
ha
sido
remitida
a
esta
comisión.
o
111
CONGRESO
REPÚBLICA
DICTAMEN
RECAÍDO
EN
EL
PROYECTO
DE
LEY
1847/2021
-CR,
QUE
DISPONE
LA
ACTUALIZACIÓN
PERIÓDICA
DE
LOS
PADRONES
DE
BENEFICIARIOS
DE
LOS
PROGRAMAS
SOCIALES
DE
ASISTENCIA
ALIMENTARIA
Y
CREASE
EL
PADRÓN
ÚNICO
DE
BENEFICIARIOS
Cabe
precisar
que
el
proyecto
cumple
con
los
requisitos
generales
y
específicos
señalados
en
los
artículos
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
por
lo
cual
se
realizó
el
estudio
correspondiente.
1.3
Vinculación
con
las
Políticas
de
Estado
del
Acuerdo
Nacional
En
el
Acuerdo
Nacional,
desarrollado
en
el
año
2002
con
el
fin
de
definir
un
rumbo
para
el
desarrollo
sostenible
del
país
y
afirmar
su
gobernabilidad
democrática,
se
asumió
un
conjunto
de
grandes
objetivos,
plasmados
en
políticas
de
Estado.
El
proyecto
de
ley
se
encuentra
vinculado
al
segundo
objetivo
"Equidad
y
Justicia
Social",
específicamente
en
la
décimo
quinta
política
de
Estado,
en
la
cual
se
señala
lo
siguiente:
Política
de
Estado
15:
Promoción
de
la
seguridad
alimentaria
y
nutrición.
II.
CONTENIDO
DE
LA
PROPUESTA
LEGISLATIVA
Y
PROBLEMAS
QUE
PRETENDE
RESOLVER
La
fórmula
legal
del
proyecto
consta
de ocho
artículos:
-
Artículo
1.
Objeto
de
la
ley
-
Artículo
2.
De
la
los
procesos
de
actualización
de
los
padrones
de
beneficiarios
de
los
programas
de
asistencia
alimentaria.
-
Artículo
3.
Del
responsable
de
los
procesos
de
actualización.
-
Artículo
4.
Del
periodo
de
realización
y
de
capacitación
de
la
actualización.
-
Artículo
5.
De
la
administración
de
la
información
obtenida.
-
Artículo
6.
Del
Padrón
Único
de
Beneficiarios
de
los
Programas
de
Asistencia
Alimentaria.
-
Artículo
7.
Del
Seguro
Integral
de
Salud
SIS
-
Artículo
8.
Derogatoria
Según
lo
expresado
en
la
exposición
de
motivos,
los
programas
sociales,
especialmente
de
asistencia
alimentaria,
vienen
demostrando
serias
falencias
por
su
desarticulación
y
escaso
seguimiento,
reflejado
en
los
resultados
que
demuestran
poco
avance
en
la
lucha
contra
la
pobreza.
Al
respecto,
como
propuesta
de
solución
se
propone
la
aprobación
de
una
ley
que
disponga
la
realización
de
procesos
de
actualización
periódica
a
nivel
nacional,
de
los
padrones
de
beneficiarios
orientados
a
la
mejor
gestión
y
monitoreo
de
los
programas
de
asistencia
alimentaria.
45
00
0
":
o
1
PERZ
CONGRESO
REPÚBLICA
DICTAMEN
RECAÍDO
EN
EL
PROYECTO
DE
LEY
1847/2021
-CR,
QUE
DISPONE
LA
ACTUALIZACIÓN
PERIÓDICA
DE
LOS
PADRONES
DE
BENEFICIARIOS
DE
LOS
PROGRAMAS
SOCIALES
DE
ASISTENCIA
ALIMENTARIA
Y
CREASE
EL
PADRÓN
ÚNICO
DE
BENEFICIARIOS
III.
OPINIONES
E
INFORMACIÓN
3.1
Solicitudes
de
opinión
La
comisión
ha
remitido
solicitudes
de
opinión
a
las
siguientes
instituciones:
N.°
Institución
N.°
de
oficio
Fecha
1
Ministerio
de
Desarrollo
e
Inclusión
Social
509-CISPD/2021-2022-CR
05.05.2022
2
Asociación
de
Municipalidades
del
Perú
-
AMPE
511-CISPD/2021-2022-CR
05.05.2022
3
Municipalidad
Metropolitana
de
Lima
512-CISPD/2021-2022-CR
05.05.2022
4
Instituto
Nacional
de
Estadística
e
Informática
513-CISPD/2021-2022-CR
05.05.2022
5
Ministerio
de
Educación
514-CISPD/2021-2022-CR
05.05.2022
6
Consorcio
de
Universidades
515-CISPD/2021-2022-CR
05.05.2022
7
Asamblea
Nacional
de
Gobiernos
Regionales
562-CISPD/2021-2022-CR
18.05.2022
3.2
Opiniones
recibidas
a
favor
a)
Asamblea
Nacional
de
Gobiernos
Regionales
ANGR
Mediante
el
Oficio
983-2022-ANGR/P
de
fecha
23
de
setiembre
de
2022,
la
Asamblea
Nacional
de
Gobiernos
Regionales
remite
la
Opinión
Técnica
Legal
sobre
la
propuesta
de
iniciativa
legislativa,
considerando
estar
de
acuerdo
con
observaciones.
Al
respecto,
bajo
los
argumentos
expuestos,
refiere
la
ANGR
que
están
convencidos
que
las
modificaciones
son
positivas
puesto
que
privilegian
la
transparencia
de
los
padrones
de
beneficiarios,
facilitando
que
el
soporte
y
los
subsidios
estatales
se
presten
con
mayor
eficacia,
con
la
siguiente
observación;
en
los
lugares
donde
operan
las
Unidades
locales
de
empadronamiento
con
soporte
municipal,
el
INEI
con
el
MIDIS
deberán
coordinar
estrechamente
con
los
gobiernos
locales
para
la
actualización
periódica.
En
efecto,
de
no
procederse
a
la
actualización
permanente
de
los
padrones
de
beneficiarios
de
los
programas
de
asistencia
alimentaria
a
nivel
nacional,
mediante
un
proceso
censal
técnico
a
cargo
de
una
institución
especializada
que
permita
el
sinceramiento
de
sus
padrones
de
beneficiarios,
será
muy
complicado
proponer
y
3

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