Dictamen recaído en el proyecto 00075/2021-CR. LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1280, LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO, PARA PROTEGER A LOS USUARIOS RESIDENCIALES ANTE LECTURAS ATÍPICAS EN LA FACTURACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN POR UNANIMIDAD
EmisorDefensa del Consumidor y Organismos Reguladores de Los Servicios Publicos
Fecha06 Octubre 2022
PERIODO
ANUAL
DE
SESIONES
2022-2023
Señor
Presidente:
I.
SITUACIÓN
PROCESAL
1.1.
Antecedentes
procedimentales
1.2.
Antecedentes
parlamentarios
1.3.
Opiniones
solicitadas
1.3.1.
La
Comisión
solicitó
opiniones
técnicas
a
las
siguientes
instituciones:
1
Ha
sido
remitido
para
dictamen
de
la
Comisión
de
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos
el
Proyecto
de
Ley
075/2021
-CR.
presentado
por
el
grupo
parlamentario
Podemos
Perú
a
iniciativa
de
la
congresista
Digna
Calle
Lobatón,
por
el
que
se
propone
el
proyecto
de
ley
que
protege
a
los
usuarios
ante
cobros
excesivos
en
el
suministro
de
agua
potable
y
garantiza
el
cobro
de
la
tarifa
social
por
el
servicio
de
agua
y
alcantarillado
a
las
entidades
del
Estado.
El
Proyecto
de
Ley
075/2021
-CR
fue
presentado
ante
el
Área
de
Trámite
Documentarlo
el
26
de
agosto
de
2021.
Fue
decretado
e
ingresado
a
la
Comisión
de
Vivienda
y
Construcción
como
primera
comisión
dictaminadora
y
a
la
Comisión
de
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos
como
segunda
comisión
dictaminadora,
para
su
estudio
y
dictamen.
Comisión
de
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos
Dictamen
aprobado
por
UNANIMIDAD,
recaído
en
el
Proyecto
de
Ley
075/2021
-CR
que,
con
texto
sustitutorio,
propone
la
ley
que
modifica
el
Decreto
Legislativo
1280,
Ley
Marco
de
la
gestión
y
prestación
de
los
servicios
de
saneamiento,
para
proteger
a
los
usuarios
residenciales
ante
lecturas
atípicas
en
la
facturación
del
servicio
de
agua
potable.
ni»».
OIOITM.
CONGRESO
REPUBLICA
'
COMISIÓN
DE
DEFENSA
DEL
CONSUMIDOR
Y
ORGANISMOS
REGULADORES
DE
LOS
SERVICIOS
PÚBLICOS
La
Comisión
de
Vivienda
y
Construcción
en
su
Décima
Primera
Sesión
Ordinaria
del
10
de
enero
de
2022
aprobó
por
mayoría
el
dictamen
favora
t¡)le
recaído
de
ley
bajo
análisis.
Bicetiteaarío
En
la
Tercera
Sesión
Ordinaria
de
la
Comisión,
realizada
el
lunes
3
de
octubre
de
2022,
el
dictamen
fue
aprobado
por
UNANIMIDAD,
con
10
votos
a
favor
de
los
señores
congresistas
Elias
Marcial
Varas
Meléndez,
Adriana
Tudela
Gutiérrez,
Rosangella
Andrea
Barbarán
Reyes,
Auristela
Ana
Obando
Morgan,
María
Elizabeth
Taipe
Coronado,
Jorge
Luis
Flores
Ancachi,
Miguel
Ángel
Ciccia
Vásquez,
Sigrid
Tesoro
Bazán
Narro,
Arturo
Alegría
García
y
la
congresista
María
Luisa
Cordero
Jon
Tay
quien
como
miembro
accesitario
votó
por
la
licencia
del
congresista
Luis
Gustavo
Cordero
Jon
Tay.
jerLelproyecto
Firmado
digrtalmente
por:
TUDELA
GUTIERREZ
Airiana
Josefina
FAU
20161740126
Soft
Motivo:
En
señal
de
conformidad
Fecha:
D6/10iB022
10:20:28-0600
Se
ha
realizado
una
búsqueda
en
la
página
web
del
Congreso
de
la
República,
no
encontrando
de
antecedentes
parlamentarios
relacionados
con
la
materia
de
la
propuesta
legislativa.
CONGRESO
OE
LA
REPÚBLICA
Area
ce
Parnte
t
!>g<3iíaoor
ce
Decur-ernos
0
6
OCT.
R
I
D
o.
1.3.1.
La
Comisión
recibió
las
opiniones
técnicas
de
las
siguientes
instituciones:
a)
b)
c)
d)
e)
II.
CONTENIDO
DE
LA
PROPUESTA
2
Mediante
el
Proyecto
de
Ley
075/2021-CR
propone
modificar
los
artículos
45
y
47
del
Decreto
Legislativo
1280,
Ley
Marco
de
la
Gestión
y
Prestación
de
los
Servicios
de
Saneamiento
e
incorporar
el
artículo
1-A
en
el
Decreto
Ley
25965,
Ley
que
crea
la
Superintendencia
Nacional
de
Servicios
de
Saneamiento,
y
modificar
el
artículo
92
de
la
Ley
29338,
Ley
de
Recursos
Hídricos;
con
el
objeto
de
proteger
a
los
usuarios
ante
cobros
excesivos
o
consumos
atípicos
por
el
servicio
de
agua
y
alcantarillado,
y
garantizar
el
cobro
de
la
tarifa
social
por
el
servicio
de
agua
y
alcantarillado
a
las
entidades
del
Estado.
El
Proyecto
de
Ley
075/2021-CR
contiene
4
artículos,
una
disposición
complementaria
modificatoria
y
una
disposición
complementaria
transitoria.
Oficio
P.O.
021-2021-2022-CODECO/CR,
de
fecha
8
de
setiembre
de
2021,
dirigido
a
la
Superintendencia
Nacional
de
Servicios
de
Saneamiento
(Sunass).
Oficio
P.O.
022-2021
-2022-CODECO/CR,
de
fecha
8
de
setiembre
de
2021,
dirigido
al
Ministerio
de
Vivienda,
Construcción
y
Saneamiento.
Oficio
P.O.
023-2021
-2022-CODECO/CR,
de
fecha
8
de
setiembre
de
2021,
dirigido
a
la
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros.
Oficio
P.O.
024-2021
-2022-CODECO/CR,
de
fecha
8
de
setiembre
de
2021,
dirigido
al
Ministerio
de
Desarrollo
Agrario
y
Riego.
Oficio
P.O.
095-2021-2022-CODECO/CR,
de
fecha
22
de
octubre
de
2021,
a
la
Autoridad
Nacional
del
Agua
-
ANA.
La
Superintendencia
Nacional
de
Servicios
de
Saneamiento
(Sunass),
mediante
Oficio
100-2021
-SUNASS-PE,
de
fecha
28
de
setiembre
de
2021,
suscrito
por
el
señor
Iván
Lucich
Larrauri,
Presidente
Ejecutivo,
que
adjunta
el
Informe
053
-2021-SLINASS-DPN,
expresando
observaciones.
El
Ministerio
de
Vivienda,
Construcción
y
Saneamiento,
mediante
Oficio
104-2021
-VMENDA/DM,
de
fecha
1
de
octubre
de
2021,
expresa
que
no
es
viable
la
propuesta
legislativa.
La
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros
-
PCM,
mediante
Oficio
N
D003050-
2021-PCM-SG,
de
fecha
28
de
diciembre
de
2021,
adjunta
el
Informe
D001
731-2021
-PCM-OGAJ
de
la
Oficina
General
de
Asesoría
Jurídica
de
la
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros,
concluyendo
que
no
resulta
necesario
adecuar
el
reglamento
de
calidad.
Comisión
de
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos
B/ceenano
El
Ministerio
del
Desarrollo
Agrario
y
Riego
-
MIDAGRI,
mediante
Oficio
1838-2021-MIDAGRI-SG,
de
fecha
27
de
octubre
de
2021,
adjunta
el
Informe
N"
1610-2021-MIDAGRI-SG/OGAJ,
concluyendo
que
no
viable
el
Proyecto
de
ley.
CONGRESO
REPÚBLICA
El
Ministerio
del
Ambiente,
mediante
Oficio
00352-2021
-MINAM/DM,
de
fecha
15
de
octubre
de
2021,
adjunta
el
Informe
00143-2021-
MINAM/VMGA/DGC,
por
el
que
expresa
observaciones,
sugerencias
y
comentarios.

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