06 091-2002-EF - Autorizan brindar apoyo financiero al IV Foro del Diálogo sobre Experiencias y Retos en la Lucha contra la Pobreza "Descentralización para un Desarrollo Sostenible"
Fecha de disposición | 27 Marzo 2002 |
Fecha de publicación | 27 Marzo 2002 |
Pág. 219956
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 27 de marzo de 2002
Que, por la labor desplegada por el Hogar Clínica "San
Juan de Dios", se ha visto por conveniente incorporar a
esta institución dentro de los alcances del Decreto Supre-
mo Nº 042-92-PCM para efecto que pueda extender direc-
tamente los comprobantes por las donaciones que perciba
para el goce de los beneficios tributarios;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del
DECRETA:
Artículo 1º.- Por el Ejercicio Gravable del año 2002,
incorpórase al Hogar Clínica "San Juan de Dios" dentro de
los alcances del Decreto Supremo Nº 042-92-PCM, para
efecto que ésta se inscriba en el Registro de Entidades
Perceptoras de Asignaciones Cívicas Deducibles y pueda
extender directamente los comprobantes por las donacio-
nes que perciba para el goce de los beneficios tributarios
de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Interna-
cional suscrito entre la Santa Sede y la República del Perú.
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren-
dado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis
días del mes de marzo del año dos mil dos.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
5777
Aceptan donación de comparador elec-
tromagnético para masas a favor del
Indecopi
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 090-2002-EF
Lima, 26 de marzo de 2002
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno de la República Federal de Alemania
a través de Physikalisch - Technische Bundesanstalt (PTB)
ha efectuado una donación a favor del Instituto Nacional de
Defensa de la Competencia y de la Protección de la Pro-
piedad Intelectual - INDECOPI, consistente en un compa-
rador electromagnético para masas destinado a lograr la
acreditación del Servicio Nacional de Metrología por parte
del Deutscher Kalibrierdienst (DKD), entidad de calibración
alemana, permitiendo la emisión de certificados de cali-
bración con reconocimiento de la Unión Europea;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena-
do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el
Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe-
rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de
Entidades y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artícu-
lo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto Gene-
ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto
Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regularización,
la donación efectuada por el Gobierno de la República Fede-
ral de Alemania a través de Physikalisch - Technische Bunde-
sanstalt (PTB) a favor del Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -
INDECOPI, consistente en un comparador electromagnético
para masas según Certificado de Donación de fecha 24 de
agosto de 2001. Donación destinada a lograr la acreditación
del Servicio Nacional de Metrología por parte del Deutscher
Kalibrierdienst (DKD), entidad de calibración alemana, per-
mitiendo la emisión de certificados de calibración con
reconocimiento de la Unión Europea.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su-
prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la
Contraloría General de la República, dentro de los plazos
establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y el
Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones
Comerciales Internacionales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
RAÚL DIEZ CANSECO TERRY
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales
5783
Autorizan brindar apoyo financiero al
IV Foro del Diálogo sobre Experiencias
y Retos en la Lucha contra la Pobreza
"Descentralización para un Desarrollo
Sostenible"
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 091-2002-EF
Lima, 26 de marzo de 2002
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0914-2001-RE
se oficializó el IV Foro del Diálogo sobre Experiencias y
Retos en la Lucha contra la Pobreza "Descentralización
para un Desarrollo Sostenible" a realizarse en la ciudad de
Lima del 3 de setiembre de 2001 al 30 de junio de 2002;
Que, la realización del citado Foro será financiado con
aportes provenientes de la cooperación internacional, de
la sociedad civil y del Sector Público;
Que, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de
la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales
se ha comprometido a brindar apoyo financiero al Foro des-
tinado esencialmente a pagar los impuestos que la coope-
ración internacional no puede financiar;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 804; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Oficina General de Adminis-
tración del Ministerio de Economía y Finanzas, para que
con cargo al presupuesto aprobado para la Dirección Ge-
neral de Asuntos Económicos y Sociales de la Unidad Eje-
cutora 001 Administración General, correspondiente al Ejer-
cicio Fiscal 2002, brinde el apoyo financiero hasta por la
suma de S/. 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles)
al IV Foro del Diálogo sobre Experiencias y Retos en la
Lucha contra la Pobreza "Descentralización para un Desa-
rrollo Sostenible" para cubrir los pagos de los impuestos
que la cooperación internacional no puede financiar, se-
gún los términos del Acuerdo de Donación a suscribirse.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
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