RESOLUCION N° 559-2014/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos, ubicados en los departamentos de Moquegua, Ancash, Piura y Lima
Fecha de disposición | 05 Septiembre 2014 |
Fecha de publicación | 05 Septiembre 2014 |
El Peruano
Viernes 5 de setiembre de 2014
531846
Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con
la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el
terreno eriazo de 7 709,35 m², ubicado al Nor Este del
Asentamiento Humano Los Girasoles, distrito de San Juan
de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, que se
encontraría libre de inscripción registral;
Que, solicitada la consulta catastral, mediante Informe
Técnico Nº 13161-2014-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha
15 de julio de 2014, la Zona Registral Nº IX-Sede Lima
señaló que el terreno en consulta se encuentra en ámbito
donde no se ha identifi cado información gráfi ca de plano
con antecedentes registrales;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 14 de
agosto de 2014, se verifi có que se trata de un terreno
eriazo ubicado en ladera de cerro con pendiente empinada
y suelo pedregoso de mediano y gran tamaño; y aluvional
cubierto por vegetación estacional y clima muy húmedo;
Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro
de Predios y que no constituyan propiedad de particulares,
ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de
dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar
la primera inscripción de dominio a favor del Estado
del terreno eriazo de 7 709,35 m², de conformidad con
el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151,
aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y
la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva
Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera
inscripción de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN aprobado por
Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la
Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a
sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración
de los bienes estatales bajo su competencia, así como a
emitir las resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y modifi catorias; y,
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0559-2014/SBN-DGPE-SDAPE de
fecha 15 de agosto de 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 7 709,35
m², ubicado al Nor Este del Asentamiento Humano Los
Girasoles, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia
y departamento de Lima; según el plano y memoria
descriptiva que sustentan la presente resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX- Sede Lima de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por
el mérito de la presente resolución, efectuará la primera
inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito
en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1132706-22
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 563-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 28 de agosto de 2014
Visto el Expediente Nº 272-2013/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 578,19
m², ubicado al Noreste del Asentamiento Humano Los
Girasoles, distritos de San Juan de Mirafl ores y Villa María
del Triunfo, provincia y departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentren
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno
eriazo de 2 578,19 m², ubicado al Noreste del Asentamiento
Humano Los Girasoles, distritos de San Juan de Mirafl ores
y Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima,
que se encontraría libre de inscripción registral;
Que, solicitada la consulta catastral, mediante Informe
Técnico Nº 14203-2014-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha
01 de agosto de 2014, la Zona Registral Nº IX-Sede Lima
señaló que el terreno en consulta se encuentra en ámbito
donde no se ha identifi cado información gráfi ca de plano
con antecedentes registrales;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 19 de
agosto de 2014, se verifi có que se trata de un terreno
eriazo ubicado en ladera de cerro con pendiente empinada
y suelo pedregoso de mediano y gran tamaño; y aluvional
cubierto por vegetación estacional y clima muy húmedo;
Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de
Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni
de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio
del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera
inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo
de 2 578,19 m², de conformidad con el Artículo 38º del
Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto
Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-
2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN,
que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de
predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN aprobado por
Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la
Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a
sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración
de los bienes estatales bajo su competencia, así como a
emitir las resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y modifi catorias; y,
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0604-2014/SBN-DGPE-SDAPE de
fecha 27 de agosto de 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno eriazo de 2 578,19 m², ubicado
al Noreste del Asentamiento Humano Los Girasoles,
distritos de San Juan de Mirafl ores y Villa María del Triunfo,
provincia y departamento de Lima; según el plano y memoria
descriptiva que sustentan la presente resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX- Sede Lima de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por
el mérito de la presente resolución, efectuará la primera
inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito
en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1132706-23
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN
Nº 565-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 28 de agosto de 2014
Visto el Expediente Nº 568-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
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