RESOLUCION N° 252-2014-JNE - Devuelven actuados para que se emita pronunciamiento sobre pedido de declaratoria de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de Parinari, provincia y departamento de Loreto

Fecha de disposición29 Abril 2014
Fecha de publicación29 Abril 2014
El Peruano
Martes 29 de abril de 2014
521848
solicitud de declaratoria de vacancia presentada contra
Corina De La Cruz Yupanqui, alcaldesa del citado concejo
municipal, por la causal prevista en el artículo 22, numeral
9, concordado con el artículo 63, de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, debiendo proceder de
conformidad con lo expuesto en la presente resolución,
bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir
copias al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del
distrito f‌i scal de San Martín, para que las remita al f‌i scal
provincial penal de turno, a f‌i n de que evalúe la conducta
de los miembros del Concejo Provincial de Tocache y
de los demás funcionarios municipales que resulten
responsables, de acuerdo con sus competencias.
Regístrese, comuníquese, publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1077580-2
Devuelven actuados para que se emita
pronunciamiento sobre pedido de
declaratoria de vacancia de alcalde de
la Municipalidad Distrital de Parinari,
provincia y departamento de Loreto
RESOLUCIÓN N° 252-2014-JNE
Expediente J-2014-00061
PARINARI - LORETO - LORETO
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, veintisiete de marzo de dos mil catorce
VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso
de apelación interpuesto por Lizandro García Reyna
en contra el Acuerdo de Concejo Nº 005-2013-SE-
MDP, adoptado en la Sesión Extraordinaria de Concejo
Municipal Nº 006-2013-A.MDP, de fecha 17 de diciembre
de 2013, que declaró fundada la excepción de falta de
legitimidad para obrar formulada por Víctor Manuel García
Acosta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Parinari,
provincia y departamento de Loreto, en el procedimiento de
vacancia seguido contra dicho burgomaestre por la causal
establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante
Municipalidades, y oídos los informes orales.
ANTECEDENTES
Solicitud de vacancia
Con fecha 4 de octubre de 2013, Lizandro García
Reyna, solicitó ante el respectivo concejo municipal la
vacancia de Víctor Manuel García Acosta, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Parinari, por haber incurrido
en la causal de restricción de contratación de bienes
municipales (fojas 5 a 10).
El solicitante alegó como fundamento de su pedido
que la Municipalidad Distrital de Parinari, representado
por su gerente de administración y la empresa Norland
Construcciones S.R.L., suscribieron cinco contratos de
ejecución de obra derivados de procesos de adjudicación
de menor cuantía, para la construcción de pozos artesianos
y tanques elevados en las comunidades de Puerto Auxilio,
San Miguel, Nueva Fortuna, San José de Samiria y Nueva
Santa Rosa, respectivamente.
Indicó también que conforme a la partida registral
Nº 11026015, los socios fundadores de la empresa
antes mencionada serían Manuel Andrés Noriega Tello
y su esposa Lybia Patricia Landa Olórtegui (quien labora
como contadora en la Municipalidad Distrital de Parinari),
además de Marlon Clark Noriega Tello, este último
nombrado gerente general. Con fecha 25 de abril de 2011,
se transf‌i eren las acciones de Manuel Andrés Noriega
Tello a Jesús Salvador Suárez Rengifo, y las de Marlon
Clark Noriega Tello a James Torres Puga, nombrándose
como nuevos gerente general a Jesús Salvador Suárez
Rengifo, todo con el objeto de ocultar a los reales
propietarios de la empresa Norland Construcciones
S.R.L., hasta lograr la f‌i rma de los contratos de ejecución
de obras con la Municipalidad Distrital de Parinari. Luego
de la f‌i rma de tales contratos, se realiza la trasferencia de
participaciones de Jesús Salvador Suárez Rengifo a favor
de Marlon Clark Noriega Tello, nombrándose como nuevo
gerente general a este último.
A la vez, señaló que el propósito de las transferencias
antes detalladas fue que la empresa Norland
Construcciones S.R.L. suscribiera los contratos de
ejecución de obras antes detallados, resultando
benef‌i ciada Lybia Patricia Landa Olórtegui, funcionaria de
conf‌i anza del alcalde cuestionado, y la referida autoridad,
quien debió conocer la relación vinculante que existe entre
la funcionaria municipal y dicha empresa, representada
por Marlon Clark Noriega Tello, cuñado de la primera. Sin
embargo, el alcalde cuestionado no realizó las acciones
administrativas pertinentes para ejercer las medidas
correctivas correspondientes en ninguna de las fases
de los procesos de selección, ni en la fase de ejecución,
permitiendo que se origine un conf‌l icto de intereses.
El solicitante adjuntó a su solicitud de vacancia los
siguientes medios probatorios:
- Copias de las f‌i chas de reporte SEACE, contratos
de ejecución de obras Nº 002-20012-SGA y P-MDP, Nº
003-20012-SGAyP-MDP, Nº 004-20012-SGAyP-MDP,
Nº 005-20012-SGAyP-MDP, Nº 010-20012-SGAyP-MDP
(fojas 13 a 37).
- Copia literal de la partida electrónica Nº 11026015 de
la SUNARP (fojas 38 a 47).
- Copias de f‌i chas Reniec de Manuel Andrés Noriega
Tello, Lybia Patricia Landa Olórtegui y Marlon Clark
Noriega Tello, partidas de nacimiento de Manuel Andrés
Noriega Tello y Marlon Clark Noriega Tello, y partida de
matrimonio de Lybia Patricia Landa Olórtegui (fojas 48 a
53).
Descargo del alcalde cuestionado (excepción de
legitimidad para obrar)
Mediante escrito de descargo del 16 de diciembre
de 2013 (fojas 71 a 78), Víctor Manuel García Acosta,
alcalde de la Municipalidad Distrital de Parinari, deduce
excepción de falta de legitimidad para obrar del solicitante,
señalando que este habría sido autoridad municipal del
Centro Poblado de Miraf‌l ores, distrito de Nauta, provincia
de departamento de Loreto, conforme a la copia de
la credencial otorgada por la Municipalidad Provincial
de Loreto (fojas 79), por lo que no sería vecino. Indicó
también que para la f‌i rma de los contratos de ejecución
de obras delegó al gerente de administración y f‌i nanzas,
y que los encargados de los procesos de selección son
los miembros del comité de obras de la municipalidad,
quienes evalúan a los participantes, no existiendo
injerencia directa ni indirecta de su parte para benef‌i cio
propio o de un tercero.
Pronunciamiento del Concejo Distrital de Parinari
En Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 006-2013-A-
MDP, del 17 de diciembre de 2013, se emitió el Acuerdo de
Concejo Nº 005-2013-SE-MDP por el que se declaró, por
unanimidad, fundada la excepción de falta de legitimidad
para obrar del solicitante Lizandro García Reyna (fojas 68
a 70).

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