Aprueban Marco Legal, Determinación y Distribución de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Año 2007

Fecha de publicación08 Octubre 2006
Fecha de disposición08 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
domingo 8 de octubre de 2006 329893
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Nº 001-2006-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- El Planeamiento Integral de módulos
viales, que aprueba las vías principales y secundarias
del sector, cumplen con las normas para el diseño de
Vías Locales en Habilitaciones Urbanas-R.M. Nº 705-
79-VC-5500 del 03-12-79, y Norma Técnica de Edificación
U190, de “Adecuación urbanística para personas con
discapacidad” aprobada por R.M. 069-2001-MTC
determinando la continuidad vial y alineamiento físico de
las parcelaciones que lo conforman.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia General
Municipal, para que a través de la Subgerencia de
Planificación Urbana y Catastro de la Gerencia de
Desarrollo Urbano se cumpla con la inscripción del
presente Planeamiento Integral en la Superintendencia
Nacional de Registros Públicos y en coordinación con la
Gerencia de Participación Ciudadana, se difunda la
presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella.
Artículo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a
los interesados, a la Subgerencia de Planificación Urbana y
Catastro y la Subgerencia de Fiscalización para su
conocimiento y fines de acuerdo a su competencia.
Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Primera.- DETERMINAR que los expedientes en
trámite, se adecuarán a lo dispuesto en la presente
Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ
Alcalde
02850-2
MUNICIPALIDAD DE
BARRANCO
Aprueban Marco Legal, Determinación
y Distribución de los Arbitrios de
Limpieza Pública, Parques y Jardines
y Serenazgo para el Año 2007
ORDENANZA Nº 262-MDB
Barranco, 29 de septiembre del 2006
EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCO
POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco, en
Sesión Extraordinaria de la fecha;
VISTO el Informe Nº 041-2006-GAFT/MDB, de fecha
28 de septiembre del 2006, emitido por la Gerencia de
Administración Financiera y Tributaria, respecto a la
determinación de las tasas de Arbitrios en la jurisdicción
de Barranco para el año 2007;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo señalado en el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el Art. 74º del mismo cuerpo legal otorga potestad
tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que también
es reconocida por la Ley Orgánica de Municipalidades,
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal aprobado por el D.S. Nº 156-2004-EF, señala
que las Municipalidades pueden imponer entre otras
tasas, la de arbitrios, que es un tributo que se paga por
la prestación de un servicio individualizado en el
contribuyente;
Que, el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Único
Ordenado del Código Tributario, en el segundo párrafo de
la Norma IV, Principio de Legalidad, Reserva de la Ley
indica que los gobiernos locales, mediante ordenanzas
pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones,
arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro
de la jurisdicción y con los límites que señala la ley;
Que el Concejo Distrital de Barranco, ejerce su función
normativa, entre otras, a través de Ordenanzas que tienen
rango de ley, conforme con lo establecido en el numeral 4)
Que, es necesario aprobar la estructura de Costos
de los Servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines
y Seguridad Ciudadana, a fin de garantizar una correcta
y eficiente distribución de los costos de los arbitrios
municipales entre los contribuyentes, conforme con las
normas legales pertinentes y las recomendaciones de la
sentencia del Tribunal Constitucional nacida en el
expediente Nº 0053-2004-PI/TC;
Que, mediante Ordenanzas Nºs.239-MDB y 243-
MDB, se aprobó el Marco Legal de los arbitrios de
Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para
el año 2006, las mismas que fueron ratificadas por el
Acuerdo de Concejo Nº435 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima;
Que, mediante el Informe Nº 041-2006-GAFT/MDB
la Gerencia de Administración Financiera, informa que
revisados los gastos ejecutados, correspondientes al
presente año 2006, se observa que no ha habido
variación sustancial con la proyección efectuada para el
cálculo de arbitrios del presente año 2006, aprobada
mediante las Ordenanzas Nº 239-MDB y Nº 243-MDB,
por lo que el cálculo de costos de los arbitrios para el año
2007, debe ser la misma que del año 2006, ajustado con
el Índice de Precios al Consumidor del presente año;
Estando a lo informado y de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 9º numeral 9) y el artículo 39º de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con el
voto mayoritario de sus miembros ha dado la siguiente
Ordenanza:
MARCO LEGAL, DETERMINACIÓN Y
DISTRIBUCIÓN DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA
PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO
PARA EL AÑO 2007
Artículo Primero.- Determinar que marco legal,
determinación y distribución de los arbitrios de limpieza
publica, parques y jardines y serenazgo para el año
2007, sean los mismos que los aprobados para el año
2006, los que deben ser ajustados con el Índice de
Precios del Consumidor del presente año.
Artículo Segundo.- Determinar que el costo de
Derechos de Emisión y Gastos Administrativos para el
año 2007, sea el mismo que se cobró por dicho concepto
para el año 2006.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de
Administración Financiera y Tributaria el cumplimiento
de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase
MARTÍN DEL POMAR SAETTONE
Alcalde
02851-1
Regulan Difusión y Control de la Propa-
ganda Electoral para los Procesos Elec-
torales en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 265-2006-CMB
Lima, 3 de octubre del 2006

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