2475 539-2001-EF - Aceptan donación destinada al apoyo de programas y otros eventos que realiza Agro Acción Alemana

Fecha de publicación21 Diciembre 2001
Fecha de disposición21 Diciembre 2001
Pág. 214252
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 21 de diciembre de 2001
ción Ministerial Nº 435-96-SA/DM de fecha 18 de julio de
1996 del Ministerio de Salud y la Carta de Donación de
fecha 4 de junio de 1996.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su-
prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la
Contraloría General de la República, dentro de los plazos
establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Ministro de Salud y por el Ministro de
Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Agricultura
Encargado del Despacho de Salud
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
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Aceptan donación destinada al apoyo
de programas y otros eventos que reali-
za Agro Acción Alemana
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 539-2001-EF
Lima, 20 de diciembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, Deutsche Welthungerhilfe de Bonn, Alemania, ha
efectuado una donación a favor de Deutsche Welthungerhilfe
(Agro Acción Alemana), consistente en un panel de presen-
tación "Le Kit Midi Standard" destinado al apoyo e implemen-
tación de los programas, eventos, ferias y simposios que rea-
liza para la presentación de los proyectos que financia;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena-
do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el
Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe-
rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de
Entidades y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artícu-
lo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto Gene-
ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto
Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regularización,
en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por
Deutsche Welthungerhilfe de Bonn, Alemania, a favor de
Deutsche Welthungerhilfe (Agro Acción Alemana), consistente
en un panel de presentación de "Le Kit Midi Standard", con un
valor aproximado de DM 3 253,00 (Tres Mil Doscientos Cin-
cuenta y Tres y 00/100 Marcos Alemanes) equivalentes a US$
1 572,90 (Mil Quinientos Setenta y Dos y 90/100 Dólares de
Estados Unidos de América), según Certificado de Donación
sin fecha y un peso aproximado de 50 kgs., según Guía Aé-
rea Nº 074-4480 2030 de KLM - Royal Dutch Airlines. Dona-
ción destinada al apoyo e implementación de los programas,
eventos, ferias y simposios que realiza para la presentación
de los proyectos que financia.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su-
prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la
Contraloría General de la República, dentro de los plazos
establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
36719
Aceptan donación destinada al taller de
fabricación y montaje de silla de rue-
das de asociación de trabajadores
discapacitados
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 540-2001-EF
Lima, 20 de diciembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, Association Handicap Amerique Latine, de Pu-
teaux, Francia ha efectuado donaciones a favor de la
"Asociación de Trabajadores Discapacitados del Sur del
Perú" ATRADISUR - PERU consistentes en diversos bie-
nes que serán destinados a apoyar al taller de fabricación
y montaje de sillas de ruedas, así como a diferentes insti-
tuciones y personas naturales con discapacidad física;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena-
do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el
Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe-
rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de
Entidades y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí-
culo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el
Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobier-
no Peruano, las donaciones efectuadas por Association
Handicap Amerique Latine, de Puteaux, Francia, a favor de
la "Asociación de Trabajadores Discapacitados del Sur del
Perú" ATRADISUR - PERU consistentes en materiales
hospitalarios, de rehabilitación, para armados de sillas de
ruedas y otros bienes, según Cartas de Donación sin fe-
cha y Cartas de fecha 17 de agosto de 2001. Dichas dona-
ciones serán destinadas a apoyar al taller de fabricación y
montaje de sillas de ruedas de la "Asociación de Trabaja-
dores Discapacitados del Sur del Perú" ATRADISUR -
PERU, así como a diferentes instituciones y personas na-
turales con discapacidad física.
Artículo 2º.- Compréndanse a las donaciones citadas
en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k)
del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Im-
puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con-
sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su-
prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la
Contraloría General de la República, dentro de los plazos
establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la

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