03 019-2002-PRODUCE/DVM-PE - Aceptan desistimiento al recurso de apelación interpuesto contra la R.D. N° 023-2002-PRO/DNEPP

Fecha de publicación13 Noviembre 2002
Fecha de disposición13 Noviembre 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de noviembre de 2002
PRODUCE
Designan Director de la Oficina de
Administración del IMARPE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 156-2002-PRODUCE
Lima, 31 de octubre del 2002
CONSIDERANDO:
Que se encuentra vacante el cargo de confianza de Di-
rector de la Oficina de Administración del Instituto del Mar
del Perú - IMARPE;
Que es necesario designar al funcionario que desem-
peñe el cargo indicado;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo modificado por Ley Nº
27779 y la Ley Nº 27594;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor Yuri Einshower Ruiz
Robles, en el cargo de confianza de Director de la Oficina
de Administración del Instituto del Mar del Perú - IMARPE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ
Ministro de la Producción
20024
Aceptan desistimiento al recurso de
apelación interpuesto contra la R.D.
Nº 023-2002-PRO/DNEPP
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 019-2002-PRODUCE/DVM-PE
Lima, 12 de noviembre del 2002
Vistos los escritos de registro Nº CE-00146003, del 9 y
10 de setiembre y 15 de octubre de 2002, presentados por
CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A. - COPEINCA S.A.;
Que por Resolución Directoral Nº 023-2002-PRO/
DNEPP se suspendió el procedimiento iniciado por COR-
PORACIÓN PESQUERA INCA S.A. con las solicitudes
de encauzamiento de la solicitud de acogimiento al ré-
gimen de la Resolución Ministerial Nº 812-97-PE, hasta
que concluya de manera definitiva el proceso de impug-
nación de resolución administrativa iniciado por la cita-
da empresa contra el ex Ministerio de Pesquería, actual
Ministerio de la Producción, a fin que se declare la inva-
lidez de la Resolución Viceministerial Nº 001-2002-PE y
ordene otorgar permiso de pesca para operar la embar-
cación PACHACUTEC 6, en la extracción de los recur-
sos anchoveta y sardina con destino al consumo huma-
no indirecto, por los fundamentos expuestos en la pre-
sente resolución;
Que a través de los escritos de fechas 9 y 10 de setiem-
bre del 2002, la recurrente interpuso recurso de apelación
contra la Resolución Directoral Nº 023-2002-PRO/DNEPP,
citada en el primer considerando, fundamentando que al
suspender el procedimiento antes citado, la Administración
utilizó indebidamente la facultad de aplicación supletoria
no motivó la suspensión dispuesta;
Que mediante escrito de fecha 15 de octubre de 2002,
COPEINCA S.A. se desiste del recurso de apelación inter-
puesto con la Resolución Directoral Nº 023-2002-PRO/DNE-
PP;Que se ha cumplido con lo establecido en el artículo
189º de la Ley Nº 27444, por lo que es procedente aceptar
el desistimiento formulado por la recurrente;
Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase-
soría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en los artículos 189º
y 190º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Adminis-
trativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar el desistimiento al recurso de ape-
lación interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 023-
2002-PRO/DNEPP, presentado por CORPORACIÓN PES-
QUERA INCA S.A.
Artículo 2º.- Remítase el expediente a la Dirección Na-
cional de Extracción y Procesamiento Pesquero para los
fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LEONCIO ÁLVAREZ VÁSQUEZ
Viceministro de Pesquería
20031
Aprueban formato de Declaración Ju-
rada para pago de derechos de pesca
de los recursos anchoveta, sardina, ju-
rel y caballa correspondiente a la se-
gunda cuota del ejercicio 2002
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 101-2002-PRODUCE/DNEPP
Lima, 12 de noviembre del 2002
CONSIDERANDO:
Que los artículos 40º y 41º del Reglamento de la Ley
General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-
2001-PE, establecen las normas generales que regulan el
pago de derechos de pesca por concepto de explotación
de recursos hidrobiológicos;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 103-2002-PE,
del 18 de marzo del 2002, se establecen las normas para
efectuar el pago de los derechos de pesca por concepto de
explotación de los recursos anchoveta, sardina, jurel y ca-
balla correspondiente al ejercicio 2002, el mismo que de-
berán efectuar los armadores de embarcaciones pesque-
ras con permiso de pesca para los citados recursos e inclu-
so aquellos que cuenten con permiso de pesca otorgados
al amparo de lo dispuesto por la Ley Nº 26920;
Que en el artículo 3º de la precitada resolución, se es-
tablece que los derechos de pesca serán liquidados en tres
(3) cuotas, la segunda que vence el 15 de noviembre del
2002 y liquidará las capturas realizadas entre el 1 de enero
y el 31 de octubre del 2002. Asimismo, en los artículos 4º y
6º se establece un sistema alternativo de pago mensual
con la aplicación de incentivos para los armadores pesque-
ros que opten por dicha modalidad de pago; disponiéndose
además, que bajo este sistema los armadores pesqueros
deberán efectuar la liquidación de los derechos de pesca
en la declaración jurada correspondiente, a presentar el 15
de noviembre del 2002, aún cuando no se debiese hacer
pago efectivo alguno;
Que en el artículo 8º de la resolución a que se hace
referencia en el segundo considerando, se faculta a la Di-
rección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero
del Ministerio de la Producción, establecer el formato y la
información que debe contener la declaración jurada para
la liquidación de los derechos de pesca; razón por la cual,
es necesario dar cumplimiento a dicha disposición;
De conformidad con las disposiciones contenidas en la
Resolución Ministerial Nº 103-2002-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el formato de Declaración Jurada
por concepto de pago de derechos de pesca de los recur-
sos anchoveta, sardina, jurel y caballa correspondiente a la
segunda cuota del ejercicio 2002, el mismo que en anexo
forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los derechos de pesca se abonarán a la
Cuenta Corriente en Nuevos Soles Nº 000-0093203 del
Banco Wiese Sudameris.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA
Directora Nacional de Extracción y
Procesamiento Pesquero

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