1075 022-2005-SA - Autorizan a procuradora para que se desista de acción judicial iniciada sobre ineficacia de título valor

Fecha de publicación16 Julio 2005
Fecha de disposición16 Julio 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 16 de julio de 2005
Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere la
presente Resolución será otorgado conforme a lo
dispuesto por el Decreto Supremo Nº001-2002-PRO-
DUCE, que establece que los recursos sardina (Sardi-
nops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy)
y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destina-
dos al consumo humano directo, y las normas que lo
modifiquen o sustituyan, y las sanciones previstas por
su incumplimiento según el Decreto Supremo Nº 003-
2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las
bodegas de la embarcación deben mantener imple-
mentado y operativo el medio o sistema de preservación
a bordo CSW o RSW, cuyo funcionamiento es obligato-
rio.Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permi-
so de pesca que fue otorgado a EMPRESA PESQUERA
MAUI S.A, a través de la Resolución Ministerial Nº 607-
97-PE, para operar la embarcación pesquera denomi-
nada "COMANCHE III" (ex INJEPASA V).
Artículo 4º.- Consignar a EMPRESA PESQUERA
COMANCHE S.A.C. como titular del permiso de pesca
otorgado para operar la embarcación pesquera "CO-
MANCHE III" (ex INJEPASA V), así como la presente
Resolución, al literal A) del Anexo I de la Resolución
Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la
Resolución Ministerial 229-2002-PE, excluyendo a EM-
PRESA PESQUERA MAUI S.A de dichos anexos.
Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc-
toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacos-
tas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regiona-
les Sectoriales del Litoral, a la Dirección Nacional de
Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Pro-
ducción, y consignarse en el Portal de la Página Web del
Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO RICHTER BENDEZÚ
Director Nacional de Extracción y
Procesamiento Pesquero (e)
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SALUD
Autorizan viaje de funcionarios del
Ministerio a EE.UU. para participar en
la XI Ronda de Negociación del TLC
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 021-2005-SA
Lima, 15 de julio del 2005
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de Miami - Estados Unidos, del 18
al 22 de julio de 2005, en el marco de las negociaciones
del Tratado de Libre Comercio entre el Perú y los Esta-
dos Unidos de América se realizará la XI Ronda de Ne-
gociación del Tratado de Libre Comercio Países Andinos
- EE.UU.;
Que, es pertinente autorizar el viaje de tres (3) fun-
cionarios del Ministerio de Salud, a fin de que participen
en dicha reunión, que será financiado por el Pliego 011 -
Ministerio de Salud;
Con la visación del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27619,
artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,
Ley Nº 28427, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y literal
l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio
de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Rubén Darío
ESPINOZA CARRILLO, Asesor II del Despacho Ministe-
rial, Dra. Rosa Amelia VILLAR LÓPEZ, Directora Gene-
ral de la Dirección General de Medicamentos, Insumos
y Drogas y Dra. Laura Octavia CERON ARAGON, Quí-
mico Farmacéutico de la Dirección General de Medica-
mentos, Insumos y Drogas del 17 al 22 de julio de 2005,
para los fines descritos en la parte considerativa de la
presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución, por cada funcionario, serán
cubiertos por la Unidad Ejecutora 001 Administración
Central - MINSA, del Pliego 011 - Ministerio de Salud,
conforme al siguiente detalle:
- Pasajes US$ 732.36
- Viáticos US$ 1320.00
- Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24
--------
TOTAL US$ 2080.60 c/u
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda-
rio siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios cuyo
viaje se autoriza, deberán presentar un informe detalla-
do describiendo las acciones realizadas, los resultados
obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos en-
tregados.
Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exo-
nera del pago de impuesto o derecho aduanero cual-
quiera fuera su clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
la Ministra de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
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Autorizan a procuradora para que se
desista de acción judicial iniciada so-
bre ineficacia de título valor
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 022-2005-SA
Lima, 15 de julio del 2005
Visto el Expediente Nº 064634-04 que contiene el
Oficio Nº 427-2004-DIGEMID-DG-MINSA de la Direc-
ción General de Medicamentos, Insumos y Drogas -
DIGEMID, Informe Nº 0215-2005-OGAJ/MINSA de la
Oficina General de Asesoría Jurídica y el Oficio Nº 703-
2005-PPS de la Procuraduría Pública a cargo de los
Asuntos Judiciales del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, a solicitud de la DIGEMID, se expidió la Resolu-
ción Ministerial Nº 011-2005/MINSA de fecha 7 de enero
de 2005, mediante la cual se autorizó a la Procuradora
Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio
de Salud, para que en representación y en defensa de
los intereses del Estado, interpusiera las acciones judi-
ciales con las que se acreditaría la ineficacia de los che-
ques que le fueran robados al personal del citado órga-
no, equivalentes a la suma de S/. 21,408.80 nuevos so-
les;Que, mediante Oficio Nº 427-2004-DIGEMID-DG-
MINSA de fecha 25 de febrero de 2005, el Director Ge-
neral de la DIGEMID, informa al Despacho Ministerial de
Salud sobre la culminación de las acciones extrajudicia-
les de recuperación de los cheques referidos en el pá-
rrafo precedente, solicitando que la Resolución Ministe-
rial Nº 011-2005/MINSA fuese dejada sin efecto por cuan-

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