195 232-2005/SUNAT - Modifican la Res. Nº. 217-2004/SUNAT que designó representantes de la Sunat ante autoridades policiales, políticas, administrativas y judiciales

Fecha de publicación16 Noviembre 2005
Fecha de disposición16 Noviembre 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 16 de noviembre de 2005
3.10.2005, que resuelve el recurso de reconsideración,
se modifica la Resolución N.º 881/2005.TC-SU de fecha
26.08.2005, dejando sin efecto la misma en el extremo
que sanciona a la empresa MALAGA & MALAGA
CONSULTORÍA Y CONSTRUCCIÓN SERVICIOS
GENERALES S.R.L. por el período de doce (12) meses
de suspensión en su derecho de presentarse en
procesos de selección y contratar con el Estado,
reformándose el período de sanción a seis meses.
2. CONSORCIO MORGAN SECURITY S.A.C, PRO
VIGILIA S.A. Y MORGAN DEL ORIENTE S.A.C.,
Mediante Resolución N.º 981/2005.TC-SU de fecha
04.10.2005, que resuelve el recurso de reconsideración,
se modifica la Resolución N.º 900/2005.TC-SU de fecha
26.08.2005, dejando sin efecto la misma en el extremo
que se debe exonerar de sanción administrativa de
inhabilitación temporal para contratar con el Estado a las
empresas MORGAN SECURITY S.A.C. y PRO VIGILIA
S.A.
3. MPF DEL ORIENTE S.A.C., Inhabilitación Definitiva
para participar en procesos de selección y contratar
con el Estado, en aplicación del último párrafo del artículo
209 del Reglamento vigente al momento de cometida la
infracción, según Resolución N.º 1007/2005.TC-SU de
fecha 18.10.2005, sanción que entrará en vigencia a
partir del cuarto día hábil siguiente de su publicación al
ignorarse el domicilio cierto de la mencionada empresa.
4. GAPECO S.R.L. CONTRATISTAS GENERALES,
Inhabilitación Definitiva para participar en procesos de
selección y contratar con el Estado, en aplicación del
último párrafo del artículo 209 del Reglamento vigente al
momento de cometida la infracción, según Resolución
N.º 1007/2005.TC-SU de fecha 18.10.2005, sanción que
entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente
de su notificación.
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de
Registros incorpore la relación de inhabilitados para
contratar con el Estado del mes de octubre de 2005 a la
página web de la entidad, www.consucode.gob.pe, donde
se encuentran consignados los inhabilitados de meses
anteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO SALAZAR CHÁVEZ
Presidente
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CUERPO GENERAL DE
BOMBEROS VOLUNTARIOS
DEL PERÚ
Aceptan donación pecuniaria efectuada
por la Municipalidad de San Isidro que
será destinada íntegramente para
maximizar el servicio de la Compañía
de Bomberos "SAN ISIDRO" Nº 100
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 585-2005-CGBVP
San Isidro, 10 de noviembre de 2005
VISTO: El Oficio Nº 153-05-B100-CGBVP de la
Compañía de Bomberos “San Isidro” Nº 100.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 568-2004
CGBVP se ratificó el CONVENIO MARCO DE
COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN
ISIDRO Y LA COMPAÑÍA DE BOMBEROS “SAN ISIDRO”
Nº 100, en el cual la referida municipalidad acordó
subvencionar mensualmente la suma de S/. 19,602.50
(Diecinueve mil seiscientos dos y 50/100 Nuevos Soles),
a favor de la citada compañía de bomberos la cual será
destinada íntegramente para maximizar su servicio;
Que, mediante el Oficio del Visto, la Compañía de
Bomberos “SAN ISIDRO” Nº 100 comunica que la
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO ha donado la suma
de S/. 19,602.50 (Diecinueve mil seiscientos dos y 50/
100 Nuevos Soles) efectuándose el depósito con fecha
4 de octubre de 2005 en la cuenta Donaciones del CGBVP
del Banco de la Nación;
Que, mediante el Oficio del Visto, el Director de la
Dirección General de Administración del CGBVP, solicita
se emita la Resolución Jefatural correspondiente;
Que, es necesario emitir la Resolución Jefatural de
aceptación;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 5º
de la Ley Nº 27067 “Ley del Cuerpo General de
Bomberos Voluntarios del Perú”;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la donación dineraria efectuada
por la MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO, a favor del
Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú,
ascendente a la suma de S/. 19,602.50 (Diecinueve mil
seiscientos dos y 50/100 Nuevos Soles), la cual será
destinada íntegramente para maximizar el servicio de la
Compañía de Bomberos “SAN ISIDRO” Nº 100.
Artículo 2º.- Encárgase a la Dirección General de
Administración del CGBVP, la publicación de la presente
Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, dentro
de los cinco (5) días hábiles de aprobada, bajo
responsabilidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS CÓRDOVA GÓMEZ
Comandante General del Cuerpo General
de Bomberos Voluntarios del Perú
19392
SUNAT
Modifican la Res. Nº 217-2004/SUNAT
que designó representantes de la Sunat
ante autoridades policiales, políticas,
administrativas y judiciales
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 232-2005/SUNAT
Lima, 15 de noviembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que al amparo de lo dispuesto por el Artículo 5º del
Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, mediante
Resolución de Superintendencia Nº 217-2004/SUNAT,
modificada por Resolución de Superintendencia Nº 168-
2005/SUNAT, se designaron representes de la SUNAT
ante las autoridades policiales, políticas, administrativas
y judiciales;
Que resulta necesario actualizar la relación de
representantes de la SUNAT a que se refiere el Artículo
1º de la Resolución de Superintendencia Nº 217-2004/
SUNAT, con la finalidad de optimizar la defensa de los
intereses de la institución y de sus trabajadores;
En uso de las facultades conferidas por los incisos j)
y u) del Artículo 19º y el inciso b) del Artículo 21º del
Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT,
aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar la relación de representantes
de la SUNAT a que se refiere el Artículo 1º de la
Resolución de Superintendencia Nº 217-2004/SUNAT,
modificada por Resolución de Superintendencia Nº 168-
2005/SUNAT, designando a las siguientes personas:
- Huaycama Tamayo, César Lorenzo.

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