Facultan a presidentes de cortes superiores designar magistrados para investigación y juzgamiento de delitos contemplados en la Res. Adm. N°1148-CME-PJ, con excepción de Lima y Callao

Fecha de publicación06 Junio 2000
Fecha de disposición06 Junio 2000
Pág. 187664
NORMAS LEGALES
Lima, martes 6 de junio de 2000
Autorizan participación de magistra-
dos en el "Curso de Capacitación so-
bre la puesta en marcha de los Módu-
los Básicos de Justicia", a realizarse
en Huanta
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 1155-CME-PJ
Lima, 5 de junio del 2000
VISTOS:
El Informe Nº 051-2000-PJ-SE-GCR, de la Secretaria
Ejecutiva del Poder Judicial, el Oficio Nº 471-2000-P-CSJAY/
PJ del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacu-
cho y documentos adjuntos; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del
Poder Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las
funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las
mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas por
Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su
reorganización y reestructuración integral en lo referente al
Despacho Judicial, entre otras materias; pudiendo adoptar acuer-
dos y medidas necesarias para que los órganos jurisdiccionales
funcionen con la debida celeridad y eficiencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de
diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeudamiento
Externo entre la República del Perú y el Banco Interamerica-
no de Desarrollo (BID), destinada a financiar parcialmente el
Programa de Mejoramiento de Acceso a la Justicia, cuyo
Artículo 2º señala que el Poder Judicial es el Organismo
Ejecutor del Programa de Mejoramiento de Acceso a la Jus-
ticia;
Que, conforme al Contrato suscrito entre la República del
Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) Nº 1061/
OC/PE, es necesario cumplir con las metas y objetivos traza-
dos en el mismo;
Que, uno de los principales postulados del proceso de reforma
emprendido, es el de acercar la Justicia a la población alejada de
las sedes de Corte, mejorar el funcionamiento de los Juzgados de
Paz Letrados, Especializados y/o Mixtos, con tecnología y nuevo
sistema de trabajo, así como establecer centro de atención que
comprendan a Jueces, Fiscales, Abogados, Defensores de Oficio,
Médicos Legistas, Consultorios Jurídicos y otros funcionarios
pertenecientes al Sistema Judicial;
Que, para el logro de dicho objetivos, se ha diseñado una
nueva organización denominada "Módulo Básico de Justi-
cia", cuya implantación se tiene prevista en diversos Distritos
Judiciales del país;
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE-TP-
CME-PJ, se aprobó el Diseño Personalizado de los veintidós (22)
Módulos Básicos de Justicia correspondientes a la Primera Etapa
y con Resolución Administrativa Nº 530-SE-TP-CME-PJ, se
aprobaron los Manuales de Organización y Funciones en sus
componentes de Administración, Centros de Distribución y Poder
Judicial de los veintidós (22) y veinticinco (25) Módulos Básicos de
Justicia de la Primera y Segunda Etapa, respectivamente;
Que, estando por implantarse los primeros doce (12)
Módulos Básicos de Justicia en diez (10) Distritos Judiciales,
y siendo necesario un conocimiento integral del Proyecto de
Mejoramiento de Acceso a la Justicia y del funcionamiento de
los mismos por parte de los señores Magistrados que desem-
peñan sus funciones en dichos Módulos, con el fin de apoyar
su implantación y puesta en marcha, a efecto de lograr un
eficiente servicio a la población beneficiada;
Que, conforme al "Convenio Marco de Capacitación por
Colaboración" suscrito entre el Poder Judicial y la Academia
de la Magistratura, aprobado por Resolución Administrativa
Nº 1116-CME-PJ del 26 de abril del 2000, ésta ha previsto
desarrollar el "Programa de Capacitación" del personal que
se desempeñará en los Módulos Básicos de Justicia;
Que de conformidad con las facultades conferidas por las
Leyes mencionadas en el primer considerando, Resoluciones
Administrativas Nºs. 018-CME-PJ y 032-CME-PJ, y estando
a lo acordado en la Sesión de la fecha;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la participación en el
"Curso de Capacitación sobre la puesta en marcha de los
Módulos Básicos de Justicia", a realizarse en la sede del
Módulo Básico de Justicia de Huanta, los días 19, 20 y 21 de
junio del año en curso, de los Magistrados pertenecientes a la
Corte Superior de Justicia de Ayacucho que a continuación se
mencionan:
DR. OSCAR ZAVALA GUZMAN
DR. CESAR MENDOZA SALAZAR
DRA. TATIANA PEREZ GARCIA-BLASQUEZ
Artículo Segundo.- Conceder licencia con goce de haber
los días 19, 20 y 21 de junio del 2000, a los Magistrados
comprendidos en el artículo anterior, los mismos que deberán
presentar un Informe a la Secretaría Ejecutiva de la Comi-
sión Ejecutiva del Poder Judicial, sobre la actividad desarro-
llada.
Artículo Tercero.- Autorizar al Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Ayacucho para que dicte las medidas
jurisdiccionales y administrativas necesarias para el cumpli-
miento de la presente Resolución, incluyendo la autorización
para la asistencia del personal auxiliar y administrativo que
laborará en el Módulo Básico de Justicia de Huanta.
Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia General y
Gerencia Central de la Reforma disponer las acciones admi-
nistrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la
presente Resolución.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución al
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho y a
los correspondientes Organos de Línea de la Secretaría Eje-
cutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA
JORGE BUENDIA GUTIERREZ
DAVID PEZUA VIVANCO
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CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
Facultan a presidentes de cortes su-
periores designar magistrados para
investigación y juzgamiento de deli-
tos contemplados en la Res. Adm. Nº
1148-CME-PJ, con excepción de Lima
y Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 0012-00-STP-EDTA-CS
Lima, 5 de junio del 2000
PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DE LA REPUBLICA ESPECIALIZADA EN
DELITOS TRIBUTARIOS Y
ADUANEROS Y OTROS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 339-97-
CME-PJ de fecha 14 de marzo de 1997 se facultó a la
Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de
Justicia de la República, conocer en última instancia de
las acciones penales por delitos tributarios y aduaneros,
así como crear las Salas Superiores y Juzgados Especia-
lizados en los mismos delitos, que fueren necesarios, con
competencia a nivel nacional. Ampliándose las atribucio-
nes conferidas a esta Suprema Sala mediante Resolución
Administrativa Nº 744-CME-PJ de fecha 22 de setiembre
del año en curso, para que también conozca en última
instancia y de manera exclusiva de los delitos previstos en
los Capítulos V y VI del Título V, Capítulo III, Sección I
del Título XVIII y Capítulos I, II y III del Título XIX del
Libro Segundo del Código Penal.
Que mediante Resolución Administrativa Nº 1148-CME-
PJ de fecha 2 de junio del año en curso, se han ampliado las
atribuciones conferidas a esta Suprema Sala para que tam-
bién conozca en última instancia y de manera exclusiva de los
delitos previstos en la sección IV del Capítulo II del Título
XVIII del Libro Segundo del Código Penal.

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