1007 295 - Designan Ejecutores Coactivos de la municipalidad,

Fecha de publicación20 Julio 2003
Fecha de disposición20 Julio 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 20 de julio de 2003
beneficiarias, conforme al procedimiento que establezca
el reglamento. Asimismo, el CONSUCODE en su Comu-
nicado Nº 001-2003(PRE), publicado en el Diario Oficial
El Peruano, de fecha 19 de febrero del 2003, en el punto
3 indica que: constituye facultad de los beneficiarios del
Programa del Vaso de Leche elegir el tipo de insumos
que se adquirirá para la ejecución del precitado progra-
ma, ya sea leche en cualquiera de sus formas o cual-
quier otro producto. Para lo cual el acuerdo por el que se
realice la elección del tipo de producto deberá constar en
el acta respectiva suscrita por los beneficiarios del Pro-
grama. Al respecto no se cumplido con lo estipulado por
las normas aplicables en la materia;
Que, el CONSUCODE en el Comunicado Nº 001-
2003(PRE) en el punto 7 indica que: Las Bases que no
contengan tal requerimiento o el proceso de selección
que haya sido convocado prescindiendo de la facultad de
los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de ele-
gir el tipo de producto a consumir, será nulo de pleno
derecho, sin perjuicio de la responsabilidad administrati-
va, civil o penal del Comité de Administración, del Comi-
té Especial y del Alcalde;
De conformidad a las facultades otorgadas por el nu-
meral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Orgánica de
Municipalidades; y al artículo 26º del Reglamento de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar la nulidad de oficio la Li-
citación Pública Nacional Nº 0001-2003-CE/MDP, debién-
dose retrotraer el proceso a la etapa de elaboración de
las bases.
Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial, la
elaboración de Bases para la convocatoria del proceso
de selección que corresponda, teniéndose en cuenta las
observaciones y recomendaciones del CONSUCODE.
Artículo Tercero.- Encargar a la unidad de Tesorería
el reembolso del pago por concepto de compra de Ba-
ses, a todos los adquirentes de las mismas, y/o el canje
de éstas por las bases del siguiente proceso de selec-
ción.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET
Alcaldesa
13702
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN
DE LURIGANCHO
Disponen embanderamiento general y
limpieza y pintado de fachadas de pre-
dios ubicados en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011
San Juan de Lurigancho, 11 de julio de 2003
EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
CONSIDERANDO:
Que, la Nación Peruana celebra el 28 de julio de este
año el 182° Aniversario de la Declaración de Indepen-
dencia del Perú;
Que, en ese sentido, y con arreglo a las competen-
cias, atribuciones y funciones asignadas a los gobier-
nos locales contenidas en la Constitución Política, la
ca de Municipalidades, corresponde a esta Corpora-
ción Municipal disponer determinadas acciones a car-
go de la comunidad que reafirmen su sentimiento y fer-
vor patriótico y el compromiso cívico de los vecinos de
respeto, pundonor y trabajo a nuestro país hacia su
desarrollo y progreso;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1º.- Disponer el embanderamiento general
del distrito de San Juan de Lurigancho, desde el 15 al 31
de julio del presente año, en conmemoración al 182°
Aniversario de la Declaración de Independencia del Perú.
Artículo 2º.- Disponer la limpieza y pintado de las
fachadas de los predios públicos y privados de la jurisdic-
ción, privilegiándose el uso de los colores contenidos en
la cartilla elaborada por la Dirección de Desarrollo Urba-
no de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, di-
fundida en el Boletín Institucional.
Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Municipal y a la
Unidad de Comunicación, Imagen Institucional y Proto-
colo el cumplimiento y la difusión, según corresponda,
de lo dispuesto en el presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MAURICIO RABANAL TORRES
Alcalde
13658
Designan Ejecutores Coactivos de la
municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 295
San Juan de Lurigancho, 3 de julio de 2003
EL ALCALDE:
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 039 de fecha
14 de junio de 2003, se Convoca a Concurso Público de
Méritos para la designación de dos (2) Ejecutores Coacti-
vos para la Municipalidad Distrital de San Juan de Luri-
gancho, aprobando las Bases Administrativas del Con-
curso Público de méritos;
Que, con Informe Nº 01-2003-CECMEC-MDSJL, la
Comisión de Concurso Público de Méritos para Ejecuto-
res Coactivos, presenta el resultado del concurso públi-
co de méritos, señalando haber cumplido escrupulosa y
fielmente el cronograma establecido en las bases, se ha
presentado un recurso de Revisión de la etapa admisoria
la cual ha sido absuelta mediante Acta de Absolución de
fecha 25 de junio de 2003;
Que, la convocatoria y las bases fueron publicadas
en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de junio de
2003, se aperturó sobres con propuesta de los postulan-
tes en presencia del Notario Público doctor Juan Soto-
mayor Vitella y realizada la evaluación en cada una de
las etapas de conformidad con las Bases Administrati-
vas de dicho concurso;
Que, realizada la evaluación en cada una de las eta-
pas conforme las bases el cuadro de méritos queda de la
siguiente forma: Edwin Alfonso Espinoza Chávez - 12.80
y Javier Manuel Arias Serrano - 12.41, habiéndose publi-
cado el resultado del concurso el día lunes 30 de junio en
los paneles de la Municipalidad, asimismo se ha comuni-
cado a los profesionales que han sido declarado aptos
obteniendo su aceptación;
Que, la designación no implica nombramiento alguno
del postulante para alguna de las plazas materia del pre-
sente concurso; el postulante ingresa como funcionario
de la Entidad, no constituyendo cargo de confianza, ejer-
ciendo su cargo a tiempo completo y dedicación exclusi-
va, percibiendo la remuneración permanente que esta-
blece el Presupuesto Analítico de Personal, encon-
trándose impedido de percibir comisiones, porcentajes o
participaciones cuyo cálculo se haga en base a los mon-
tos recuperados en los procedimientos a su cargo, so-
metiéndose a las disposiciones contenidas en el Decreto
Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Adminis-
trativa y Remuneraciones del Sector Público y su Regla-
mento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-
PCM, así como a las disposiciones particulares labora-
les propias del régimen laboral público;
Estando a las consideraciones expuestas y con las
facultades conferidas en el artículo 20º numeral 6 de la
Ley Orgánica de Municipalidades aprobada mediante la

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