1093 027-2002/008-FONAFE - Designan Director de la Empresa CONEMINSA

Fecha de publicación11 Julio 2002
Fecha de disposición11 Julio 2002
Pág. 226195
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 11 de julio de 2002
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso
b) del Artículo 100º de la Ley General de Aduanas aproba-
da por Decreto Legislativo Nº 809, modificado por el Artí-
culo 7º de la Ley Nº 27296, establece que ADUANAS
podrá autorizar el archivo de documentos a través de
medios distintos al documental. El agente de aduana está
obligado a conservar durante 5 años toda la docu-
mentación de los despachos en que haya intervenido;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 681, modifica-
toria y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 009-92-JUS y demás normas modificatorias y comple-
mentarias, se aprobaron las normas que regulan el uso
de tecnologías avanzadas en materia de archivos de do-
cumentos e información y reconocen el valor legal a los
conservados mediante imágenes digitalizadas, con pro-
cedimientos técnicos de micrograbación;
Que, mediante Ley Nº 26612 se amplían los términos
del Decreto Legislativo Nº 681, regulándose el uso de
tecnologías avanzadas en materia de almacenamiento
de documentos e información;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 827 amplían los
alcances del Decreto Legislativo Nº 681 a las entidades
públicas a fin de modernizar el sistema de archivos ofi-
ciales;
Que, en consecuencia, se hace necesario dictar
las normas para adecuar el proceso de sustitución de
archivos en las agencias de aduana y despachadores
oficiales, a lo establecido en la normatividad prece-
dente;
En uso de las atribuciones y facultades conferidas por
el Estatuto de ADUANAS, aprobado por Resolución de
Superintendencia de Aduanas Nº 000226 de 15 de febre-
ro del 2001, Tercera Disposición Complementaria de la
Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legisla-
tivo Nº 809 y Resolución Suprema Nº 251-2000-EF de 27
de agosto de 2000;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Alcance.
Autorizar a los Agentes de Aduana y Despachadores
Oficiales a realizar procesos de micrograbación de los
documentos sustentatorios de los despachos aduaneros
en los que participa; en consecuencia, podrán realizar
directamente las actividades de producción y almacena-
miento de microformas o contratar empresas que pres-
ten tales servicios. En ambos casos deberán contar con
la Certificación de Idoneidad Técnica de los Sistemas de
Producción y Almacenamiento de microformas a que se
refiere el Decreto Legislativo Nº 681, y demás normas
complementarias y modificatorias.
Artículo 2º.- Requisitos para autorizar la presen-
tación de documentos micrograbados al Agente de
Aduana y Despachadores Oficiales.
La agencia de aduana o despachador oficial, a fin de
acogerse a lo dispuesto por la presente resolución debe-
rá cumplir con los dispositivos legales vigentes y solicitar
a ADUANAS la autorización respectiva, con carácter de
Declaración Jurada, de acuerdo al procedimiento que
sobre el particular la Intendencia Nacional de Técnica
Aduanera emita.
Artículo 3º.- Facultad de ADUANAS.
En la ejecución de los procesos de control, ADUA-
NAS, podrá acceder gratuitamente al sistema de micro-
formas de los agentes de aduanas, despachadores ofi-
ciales o empresas contratadas para tales efectos, así
como solicitar las copias autenticadas de los archivos
micrograbados. El requerimiento de la información, la
accesibilidad, transmisión de microformas y la presenta-
ción de documentación física en caso de ser necesaria,
la devolución de documentos originales a los consigna-
tarios se realiza en la forma y plazo establecido por ADUA-
NAS.
Artículo 4º.- Emisión del procedimiento.
La Intendencia Nacional de Técnica Aduanera en un
plazo no mayor de treinta días calendario publicará la
nueva versión del procedimiento de Autorización de Ope-
radores INTA-PE-00.08, el mismo que deberá adecuarse
a los considerandos y disposiciones de la presente reso-
lución.
Artículo 5º.- Plazo de vigencia.
La presente resolución entrará en vigencia a partir del
día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARTURO RAMÍREZ SALOMÓN
Superintendente Nacional de Aduanas
12103
ESSALUD
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 202-PE-ESSALUD-2002
Mediante Oficio Nº 600-SG-ESSALUD-2002, el Se-
guro Social de Salud - ESSALUD solicita se publique Fe
de Erratas de la Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 202-PE-ESSALUD-2002, publicada en nuestra edición
del día 3 de julio de 2002, en la página 225757.
Undécimo considerando:
DICE:
"(...) inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (...)"
DEBE DECIR:
"(...) inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (...)"
12296
FONAFE
Designan Director de la Empresa
CONEMINSA
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 027-2002/008-FONAFE
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de
Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y nor-
mas modificatorias, la designación de los Directores de
las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito
de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empre-
sa, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e
instrumentada en Junta General de Accionistas.
Que, habiéndose aceptado la renuncia presentada por
el señor Óscar Pajuelo Ramírez al cargo de Director de
la Empresa Coneminsa y agradecidos los servicios pres-
tados a dicha Empresa, se comunica que, por Acuerdo
de Directorio del FONAFE Nº 027-2002/008-FONAFE, de
fecha 1 de julio de 2002, se designó a la siguiente perso-
na como nuevo Director de la referida Empresa:
- Moisés Rodrich Franco
12285
INDECOPI
Disponen inicio de procedimiento de
investigación por la supuesta existen-
cia de prácticas de dumping en impor-
taciones de planchas de yeso de dife-
rentes espesores, originarias de la Re-
pública de Chile
Comisión de Fiscalización de
Dumping y Subsidios
RESOLUCIÓN Nº 033-2002/CDS-INDECOPI
Lima, 27 de junio de 2002

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR