13 534-2002-SUNARP/SN - Autorizan descentralización del Registro de Propiedad Vehicular del departamento de Lima en las ciudades de Barranca,Cañete,Huacho y Huaral

Fecha de disposición18 Noviembre 2002
Fecha de publicación18 Noviembre 2002
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 18 de noviembre de 2002 AÑO XX - Nº 8185 Pág. 233491
SUMARIO
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
"AÑO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL"
DIARIO OFICIAL
Director: HUGO COYA HONORES http://www.editoraperu.com.pe
R.VM. Nº 262-2002-JUS.- Encargan funciones de Director de
la Oficina de Imagen Institucional 233513
PRODUCE
R.M. Nº 175-2002-PRODUCE.- Aceptan donación de vehículo
efectuada por institución alemana a favor del Ministerio
233513
R.VM. Nº 017-2002-PRODUCE/DVM-PE.- Dejan sin efecto
la R.VM. Nº 035-99-PE y remiten a la Dirección Nacional de
Extracción y Procesamiento Pesquero el expediente adminis-
trativo de permiso de pesca de TRIDENTE S.A. 233514
RR.DD. Nºs. 090, 093 y 094-2002-PRODUCE/DNEPP.- Otor-
gan autorizaciones de incremento de flota vía sustitución de
bodega y de embarcación pesquera a diversos armadores
233514
R.D. Nº 091-2002-PRODUCE/DNEPP.- Declaran en abando-
no solicitud de cambio de titular de permiso para operar em-
barcaciones pesqueras 233517
SALUD
R.M. Nº 1796-2002-SA/DM.- Dan por concluida designación
de Director de Servicios de Salud de la Dirección de Salud IV
Lima Este 233517
R.M. Nº 1797-2002-SA/DM.- Designan Director de Servicios
de Salud de la Dirección de Salud IV Lima Este 233517
R.M. Nº 1799-2002-SA/DM.- Designan representante del Mi-
nisterio ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pú-
blica de Huancabamba 233518
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.M. Nº 702-2002-MTC/02.- Autorizan viaje del Director Ge-
neral de Planificación y Presupuesto a Brasil para participar en
eventos relativos a proceso de interconexión vial con países
vecinos 233518
R.D. Nº 246-2002-MTC/12.- Otorgan a Aviación del Sur S.A.
permiso de operación de aviación comercial: Transporte Aéreo
Especial 233518
R.D. Nº 257-2002-MTC/12.- Modifican resolución que otor-
gó a empresa renovación y modificación de permiso de opera-
ción del servicio de transporte aéreo internacional regular de
carga 233520
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Res. Nº 062-2002.- Autorizan viaje de representantes del BCR
a Guatemala para participar en la VII Reunión de la Red de
Investigadores de Bancos Centrales del Continente Americano
233520
S B S
RR. SBS Nºs. 1101, 1102, 1103 y 1113-2002.- Autorizan a La
Positiva Seguros y Reaseguros la apertura de agencias y ofici-
nas especiales en los departamentos de Puno, Ucayali y Loreto
233521
Res. SBS Nº 1118-2002.- Autorizan al Citibank N.A. el trasla-
do de agencia ubicada en la provincia de Lima 233522
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
233492
PODER EJECUTIVO
P C M
R.S. Nº 509-2002-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de De-
fensa a Chile para participar en la "V Conferencia de Ministros
de Defensa de las Américas" 233507
R.S. Nº 510-2002-PCM.- Encargan el Despacho del Ministe-
rio de Defensa al Ministro de Salud 233507
DEFENSA
R.M. Nº 1749-DE/SG.- Autorizan viaje de oficiales AP y EP
para participar en la V Conferencia de Ministros de Defensa de
las Américas que se realiza en Chile 233508
R.M. Nº 1751-DE/SG.- Autorizan viaje de oficial AP para
participar en seminario sobre administración de infraestructuras
233508
R.M. Nº 1752-DE/MGP.- Autorizan viaje de personal de la
Marina de Guerra a Ecuador para participar en la Conferencia
Inicial de Planeamiento de los Ejercicios Multinacionales
UNITAS XLIV-2003 Fase Pacífico 233509
R.M. Nº 1753-DE/FAP-CP.- Autorizan viaje de personal FAP
a fin de integrar tripulación de aviones para trasladar al Primer
Vicepresidente de la República y Comitiva a la República Do-
minicana 233509
R.M. Nº 1754-DE/FAP-CP.- Nombran a oficial FAP como pi-
loto de seguridad del avión que trasladará al Presidente del Ban-
co Mundial en visita oficial al Perú 233510
ECONOMÍA Y FINANZAS
R.M. Nº 463-2002-EF/10.- Nombran representantes de los
pensionistas ante el Directorio del Fondo Consolidado de Re-
servas Previsionales 233510
ENERGÍA Y MINAS
RR.MM. Nºs. 536 y 537-2002-EM/DM.- Declaran que no hay
mérito para iniciar procedimientos disciplinarios a funciona-
rios de la Dirección General de Hidrocarburos y de la Oficina
de Informática 233510
R.M. Nº 540-2002-EM/DM.- Autorizan viaje de Viceministro
a Ecuador para participar en reunión de Ministros de Energía
de los Países Miembros de la OLADE 233511
R.M. Nº 542-2002-EM/DM.- Modifica resolución que autori-
zó viaje de funcionaria para participar en evento preparatorio a
la reunión de Ministros de Energía de los Países Miembros de
la OLADE 233512
JUSTICIA
RR.MM. Nºs. 428 y 430-2002-JUS.- Autorizan a procuradora
iniciar acciones legales a presuntos responsables de delito con-
tra la fe pública 233512
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 18 de noviembre de 2002
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Objeto y contenido de la Ley
La presente Ley Orgánica establece y norma la estruc-
tura, organización, competencias y funciones de los go-
biernos regionales. Define la organización democrática,
descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional
conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Des-
centralización.
Artículo 2º.- Legitimidad y naturaleza jurídica
Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad po-
pular. Son personas jurídicas de derecho público, con au-
tonomía política, económica y administrativa en asuntos
de su competencia, constituyendo, para su administración
económica y financiera, un Pliego Presupuestal.
Artículo 3º.- Jurisdicción
Los gobiernos regionales tienen jurisdicción en el ám-
bito de sus respectivas circunscripciones territoriales, con-
forme a Ley.
Artículo 4º.- Finalidad
Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial
fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promo-
viendo la inversión pública y privada y el empleo y garanti-
zar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de opor-
tunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y
programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.
Artículo 5º.- Misión del Gobierno Regional
La misión de los gobiernos regionales es organizar y
conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus com-
petencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el mar-
co de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir
al desarrollo integral y sostenible de la región.
Artículo 6º.- Desarrollo regional
El desarrollo regional comprende la aplicación coherente
y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo eco-
nómico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través
de planes, programas y proyectos orientados a generar
condiciones que permitan el crecimiento económico armo-
nizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social
equitativo y la conservación de los recursos naturales y el
ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejerci-
cio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igual-
dad de oportunidades.
Artículo 7º.- Relaciones de cooperación y coordina-
ción y proceso de integración regional
La presente Ley Orgánica define las relaciones de co-
operación y coordinación entre los gobiernos regionales, y
de éstos con los otros niveles de gobierno, orientados al
proceso de integración y conformación de regiones y de
coordinación en espacios macrorregionales.
Artículo 8º.- Principios rectores de las políticas y la
gestión regional
La gestión de los gobiernos regionales se rige por los
siguientes principios:
1. Participación.- La gestión regional desarrollará y
hará uso de instancias y estrategias concretas de
participación ciudadana en las fases de formula-
ción, seguimiento, fiscalización y evaluación de la
gestión de gobierno y de la ejecución de los pla-
nes, presupuestos y proyectos regionales.
2. Transparencia.- Los planes, presupuestos, objeti-
vos, metas y resultados del Gobierno Regional se-
rán difundidos a la población. La implementación
de portales electrónicos en internet y cualquier otro
medio de acceso a la información pública se rige
por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informa-
ción Pública Nº 27806.
3. Gestión moderna y rendición de cuentas.- La
Administración Pública Regional está orientada bajo
un sistema moderno de gestión y sometida a una
evaluación de desempeño. Los gobiernos regiona-
les incorporarán a sus programas de acción me-
canismos concretos para la rendición de cuentas a
la ciudadanía sobre los avances, logros, dificulta-
des y perspectivas de su gestión. La Audiencia
Pública será una de ellas. Los titulares de la admi-
nistración pública regional son gestores de los in-
tereses de la colectividad y están sometidos a las
responsabilidades que la ley establezca.
4. Inclusión.- El Gobierno Regional desarrolla políti-
cas y acciones integrales de gobierno dirigidas a
promover la inclusión económica, social, política y
cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o
grupos sociales tradicionalmente excluidos y mar-
ginados del Estado, principalmente ubicados en el
Res. SBS Nº 1120-2002.- Autorizan inscripción de persona na-
tural en el Registro del Sistema de Seguros 233522
Res. SBS Nº 1124-2002.- Autorizan al Banco de Crédito del
Perú la apertura de oficina especial en el distrito de San Isidro,
provincia de Lima 233522
Res. SBS Nº 1141-2002.- Autorizan viaje de funcionario a EE-
.UU. para participar en curso sobre manejo de inversión de fon-
dos de pensiones 233523
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INDECOPI
Res. Nº 165-2002-INDECOPI/DIR.- Designan miembro de
la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI,
sede central 233523
Res. Nº 166-2002-INDECOPI/DIR.- Designan Secretario
Técnico de la Comisión Delegada de Protección al Consumi-
dor - Zona Norte 233524
I N P E
Res. Nº 873-2002-INPE/P.- Modifican el Plan Anual de Adquisicio-
nes y Contrataciones del INPE para el año fiscal 2002 233524
SUNARP
Res. Nº 534-2002-SUNARP/SN.- Autorizan descentralización del
Registro de Propiedad Vehicular del departamento de Lima en las
ciudades de Barranca, Cañete, Huacho y Huaral 233524
SUNAT
Res. Nº 080-00-0000023.- Nombran auxiliar coactivo de la Ofici-
na Remota Tumbes de la Intendencia Regional Piura 233525
GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA
R.A. Nº 516-2002-ALC-MDYC.- Inician procedimiento disci-
plinario a auditor interno de la Municipalidad 233525
R.A. Nº 529-2002-ALC-MDYC.- Notifican y emplazan a funcio-
nario a fin de que concurra al Concejo Distrital de Yarinacocha -
Pucallpa para la recepción de anexos y pliegos de cargos 233526
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 18 de noviembre de 2002
ámbito rural y organizados en comunidades cam-
pesinas y nativas, nutriéndose de sus perspecti-
vas y aportes. Estas acciones también buscan pro-
mover los derechos de grupos vulnerables, impi-
diendo la discriminación por razones de etnia, reli-
gión o género y toda otra forma de discriminación.
5. Eficacia.- Los Gobiernos Regionales organizan su
gestión en torno a los planes y proyectos de desa-
rrollo regional concertados, al cumplimiento de ob-
jetivos y metas explícitos y de público conocimien-
to.
6. Eficiencia.- La política y la gestión regional se ri-
gen con criterios de eficiencia, desarrollando las
estrategias necesarias para la consecución de los
objetivos trazados con la utilización óptima de los
recursos.
7. Equidad.- Las consideraciones de equidad son un
componente constitutivo y orientador de la gestión
regional. La gestión regional promociona, sin dis-
criminación, igual acceso a las oportunidades y la
identificación de grupos y sectores sociales que
requieran ser atendidos de manera especial por la
gestión regional.
8. Sostenibilidad.- La gestión regional se caracteri-
za por la búsqueda del equilibrio intergeneracional
en el uso racional de los recursos naturales para
lograr los objetivos de desarrollo, la defensa del
medio ambiente y la protección de la biodiversidad.
9. Imparcialidad y neutralidad.- Los Gobiernos Re-
gionales garantizan la imparcialidad y neutralidad
en la actuación de la Administración Pública.
10. Subsidiariedad.- El gobierno más cercano a la
población es el más idóneo para ejercer las distin-
tas funciones que le competen al Estado. Por con-
siguiente, el Gobierno Nacional no debe asumir
competencias que pueden ser cumplidas eficiente-
mente por los Gobiernos Regionales y éstos, a su
vez, no deben involucrarse en realizar acciones que
pueden ser ejecutadas eficientemente por los go-
biernos locales, evitando la duplicidad de funcio-
nes.
11. Concordancia de las políticas regionales.- Las
políticas de los gobiernos regionales guardan con-
cordancia con las políticas nacionales de Estado.
12. Especialización de las funciones de gobierno.-
La organización de los gobiernos regionales inte-
gra las funciones y competencias afines, evitándo-
se en cualquier caso la existencia de duplicidad de
funciones entre sus distintas gerencias u oficinas.
13. Competitividad.- El Gobierno Regional tiene como
objetivo la gestión estratégica de la competitividad
regional. Para ello promueve un entorno de innova-
ción, impulsa alianzas y acuerdos entre los secto-
res público y privado, el fortalecimiento de las re-
des de colaboración entre empresas, instituciones
y organizaciones sociales, junto con el crecimiento
de eslabonamientos productivos; y, facilita el apro-
vechamiento de oportunidades para la formación
de ejes de desarrollo y corredores económicos, la
ampliación de mercados y la exportación.
14. Integración.- La gestión regional promueve la in-
tegración intrarregional e interregional, fortale-
ciendo el carácter unitario de la República. De
acuerdo con este principio, la gestión debe orien-
tarse a la formación de acuerdos macrorregiona-
les que permitan el uso más eficiente de los re-
cursos, con la finalidad de alcanzar una econo-
mía más competitiva.
El cumplimiento de los principios rectores establecidos
son materia de evaluación en el Informe Anual presentado
por el Presidente Regional.
La gestión regional es parte de la gestión pública
del Estado, lo cual implica el redimensionamiento gra-
dual del gobierno nacional, la transferencia continua de
competencias y funciones a los gobiernos regionales y
locales, fortaleciendo sus capacidades e incrementan-
do sus recursos; el respeto en materia de sus compe-
tencias constitucionales y exclusivas, la coordinación
y complementariedad respecto de las competencias
compartidas; y la creciente integración espacial de ejes
de desarrollo.
Artículo 9º.- Competencias constitucionales
Los gobiernos regionales son competentes para:
a) Aprobar su organización interna y su presupuesto.
b) Formular y aprobar el plan de desarrollo regional con-
certado con las municipalidades y la sociedad civil.
c) Administrar sus bienes y rentas.
d) Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y
derechos sobre los servicios de su responsabili-
dad.
e) Promover el desarrollo socioeconómico regional y
ejecutar los planes y programas correspondientes.
f) Dictar las normas inherentes a la gestión regional.
g) Promover y regular actividades y/o servicios en
materia de agricultura, pesquería, industria, agroin-
dustria, comercio, turismo, energía, minería, viali-
dad, comunicaciones, educación, salud y medio
ambiente, conforme a Ley.
h) Fomentar la competitividad, las inversiones y el fi-
nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras
de infraestructura de alcance e impacto regional.
i) Presentar iniciativas legislativas en materias y asun-
tos de su competencia.
j) Ejercer las demás atribuciones inherentes a su fun-
ción, conforme a ley.
Artículo 10º.- Competencias exclusivas y comparti-
das establecidas en la Constitución y la Ley de Bases
de la Descentralización
Los gobiernos regionales ejercen las competencias
exclusivas y compartidas que les asigna la Constitución,
así como las competencias delegadas que acuerden entre
ambos niveles de gobierno.
1. Competencias Exclusivas
Son Competencias Exclusivas, de acuerdo al artí-
culo 35º de la Ley Orgánica de Bases de la Des-
centralización Nº 27783, las siguientes:
a) Planificar el desarrollo integral de su región y
ejecutar los programas socioeconómicos co-
rrespondientes, en armonía con el Plan Nacio-
nal de Desarrollo.
b) Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Re-
gional Concertado con las municipalidades y la
sociedad civil de su región.
c) Aprobar su organización interna y su presupues-
to institucional conforme a la Ley de Gestión Pre-
supuestaria del Estado y las Leyes Anuales de
Presupuesto.
d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de
ámbito regional en proyectos de infraestructura
vial, energética, de comunicaciones y de servi-
cios básicos de ámbito regional, con estrategias
de sostenibilidad, competitividad, oportunidades
de inversión privada, dinamizar mercados y ren-
tabilizar actividades.
e) Diseñar y ejecutar programas regionales de
cuencas, corredores económicos y de ciudades
intermedias.
f) Promover la formación de empresas y unida-
des económicas regionales para concertar sis-
temas productivos y de servicios.
g) Facilitar los procesos orientados a los merca-
dos internacionales para la agricultura, la agroin-
dustria, la artesanía, la actividad forestal y otros
sectores productivos, de acuerdo a sus poten-
cialidades.
h) Desarrollar circuitos turísticos que puedan con-
vertirse en ejes de desarrollo.
i) Concretar acuerdos con otras regiones para el
fomento del desarrollo económico, social y am-
biental.
j) Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y
eriazos de propiedad del Estado en su jurisdic-
ción, con excepción de los terrenos de propie-
dad municipal.
k) Organizar y aprobar los expedientes técnicos
sobre acciones de demarcación territorial en su
jurisdicción, conforme a la ley de la materia.
l) Promover la modernización de la pequeña y
mediana empresa regional, articuladas con las
tareas de educación, empleo y a la actualiza-
ción e innovación tecnológica.
m) Dictar las normas sobre los asuntos y materias
de su responsabilidad, y proponer las iniciati-
vas legislativas correspondientes.

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