06 109-2002/SBN-GO-JAR - Declaran la desafectación a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia de Lima

Fecha de publicación10 Julio 2002
Fecha de disposición10 Julio 2002
Pág. 226116
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 10 de julio de 2002
ubicado con frente a la avenida Tumbes Norte Nº 1033,
margen izquierda de la Carretera Panamericana Norte,
entre el kilómetro 1269 + 70 y el kilómetro 1269 + 282.33,
distrito, provincia y departamento de Tumbes, conforme
al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente
Resolución.
Artículo 2º.- La Oficina Registral Grau, sede Tumbes,
de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi-
cos por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del te-
rreno descrito en el artículo precedente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE
Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
12140
JEFATURA DE ADQUISICIONES
Y RECUPERACIONES
RESOLUCIÓN Nº 108-2002/SBN-GO-JAR
La Molina, 28 de junio del 2002
Visto el Expediente Nº 005-2002/SBN-JAR correspon-
diente al trámite de inscripción en primera de dominio a
favor del Estado del terreno de 535 390,49 m², ubicado al
Norte de la ciudad de Lima a la margen izquierda del río
Chillón, altura del kilómetro 43.500 de la carretera a Can-
ta, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta,
departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De-
creto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la
Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Su-
premo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Proce-
dimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad
Estatal", la Superintendencia de Bienes Nacionales tie-
ne como finalidad incentivar el aprovechamiento econó-
mico de los bienes del Estado en armonía con el interés
social, promoviendo su intercambio, maximizando su
rentabilidad y estableciendo mecanismos para su regis-
tro, inscripción y fiscalización;
Que, mediante inspección técnica realizada con fe-
cha 22 de marzo del 2002, se identificó un terreno eriazo
de topografia accidentada de 535 390,49 m², ubicado al
Norte de la ciudad de Lima a la margen izquierda del río
Chillón, altura del kilómetro 43.500 de la carretera a Can-
ta, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta,
departamento de Lima;
Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo
Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribe-
reños son bienes de propiedad estatal, por lo que corres-
ponde tramitar la primera inscripción de dominio del te-
rreno de 535 390,49 m², descrito en el considerando
precedente, de conformidad con el Artículo 3º del Decre-
to de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto
Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN
que regula el trámite de inscripción de la primera de do-
minio de predios a favor del Estado, aprobada por Reso-
lución Nº 011-2002/SBN;
Que, según Certificado de Búsqueda Catastral de fe-
cha 15 de abril del año en curso, el Registro Predial Ur-
bano señala que de conformidad con el Informe Técnico
Nº 2688-2002-GR-OC-LIMA, de fecha 10 de abril del 2002,
el área de terreno de 535 390,49 m². antes descrita, no
se encuentra dentro de su jurisdicción y tampoco se su-
perpone con ningún perimétrico registrado en su base
cartográfica digital;
Que, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Ofici-
na Registral de Lima y Callao, mediante Oficio Nº 1102-
2002-ORLC/GPI, de fecha 20 de mayo del año en curso,
señala que de conformidad con el Informe Técnico Nº
2236-2002-ORLC-GPI-SCAT, de fecha 13 de mayo del
2002, el terreno submateria, se ubica en zona donde no
se observa inscripción;
Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu-
ción de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3
de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de
Organización y Funciones de la Superintendencia de Bie-
nes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones
y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con
la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así
como también, a emitir en primera instancia las resolu-
ciones de su competencia;
Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº
170-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 24 de junio del 2002;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi-
nio a favor del Estado del terreno de 535 390,49 m², ubi-
cado al Norte de la ciudad de Lima a la margen izquierda
del río Chillón, altura del kilómetro 43.500 de la carretera
a Canta, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de
Canta, departamento de Lima, provincia y departamento
de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sus-
tentan la presente Resolución.
Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la pri-
mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre-
no descrito en el artículo precedente en el Registro de la
Propiedad Inmueble.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE
Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
12141
Declaran la desafectación a favor del
Estado de terreno ubicado en el distri-
to de Chorrillos, provincia de Lima
JEFATURA DE ADQUISICIONES
Y RECUPERACIONES
RESOLUCIÓN Nº 109-2002/SBN-GO-JAR
La Molina, 1 de julio de 2002
Visto el Expediente Nº 023-2002/SBN-JAR, correspon-
diente al trámite de desafectación a favor del Estado,
desafectación administrativa y posterior independización
del terreno de 1 594,25 m², inscrito dentro del área de 9
010,30 m², ubicado entre los jirones San Rodolfo y San
Felipe de la Zona A de la Urbanización Residencial Villa
Marina, en el distrito de Chorrillos, provincia y departa-
mento de Lima;
CONSIDERANDO:
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley
Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De-
creto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº
131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bie-
nes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF,
"Reglamento General de Procedimientos Administrati-
vos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superinten-
dencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad in-
centivar el aprovechamiento económico de los bienes
del Estado en armonía con el interés social, promo-
viendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y
estableciendo mecanismos para su registro, inscripción
y fiscalización;
Que, mediante Resolución Municipal Nº 145 de fecha
31 de enero de 1968, expedida por el Concejo Provincial
de Lima, se aprobó la recepción de obras de la Urbaniza-
ción Villa Marina S.A., destinándose a favor del Estado,
por concepto de aporte reglamentario para equipamiento
comunal, el terreno ubicado entre los jirones San Rodol-
fo y San Felipe de la zona A de la Urbanización Residen-
cial Villa Marina, en el distrito de Chorrillos, provincia y
departamento de Lima, inscrito con un área de 9 010,30
m² en la Ficha Nº 317429 que continúa en la Partida Elec-
trónica Nº 42228702 del Registro de la Propiedad Inmue-
ble de Lima y registrado en el Asiento Nº 2053 del Siste-
ma de Información Nacional de los Bienes de Propiedad
Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de
Lima;

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