06 109-2002/SBN-GO-JAR - Declaran la desafectación a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia de Lima
Fecha de publicación | 10 Julio 2002 |
Fecha de disposición | 10 Julio 2002 |
Pág. 226116
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 10 de julio de 2002
ubicado con frente a la avenida Tumbes Norte Nº 1033,
margen izquierda de la Carretera Panamericana Norte,
entre el kilómetro 1269 + 70 y el kilómetro 1269 + 282.33,
distrito, provincia y departamento de Tumbes, conforme
al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente
Resolución.
Artículo 2º.- La Oficina Registral Grau, sede Tumbes,
de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi-
cos por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del te-
rreno descrito en el artículo precedente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE
Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
12140
JEFATURA DE ADQUISICIONES
Y RECUPERACIONES
RESOLUCIÓN Nº 108-2002/SBN-GO-JAR
La Molina, 28 de junio del 2002
Visto el Expediente Nº 005-2002/SBN-JAR correspon-
diente al trámite de inscripción en primera de dominio a
favor del Estado del terreno de 535 390,49 m², ubicado al
Norte de la ciudad de Lima a la margen izquierda del río
Chillón, altura del kilómetro 43.500 de la carretera a Can-
ta, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta,
departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De-
creto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la
Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Su-
premo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Proce-
dimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad
Estatal", la Superintendencia de Bienes Nacionales tie-
ne como finalidad incentivar el aprovechamiento econó-
mico de los bienes del Estado en armonía con el interés
social, promoviendo su intercambio, maximizando su
rentabilidad y estableciendo mecanismos para su regis-
tro, inscripción y fiscalización;
Que, mediante inspección técnica realizada con fe-
cha 22 de marzo del 2002, se identificó un terreno eriazo
de topografia accidentada de 535 390,49 m², ubicado al
Norte de la ciudad de Lima a la margen izquierda del río
Chillón, altura del kilómetro 43.500 de la carretera a Can-
ta, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta,
departamento de Lima;
Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo
Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribe-
reños son bienes de propiedad estatal, por lo que corres-
ponde tramitar la primera inscripción de dominio del te-
rreno de 535 390,49 m², descrito en el considerando
precedente, de conformidad con el Artículo 3º del Decre-
to de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto
Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN
que regula el trámite de inscripción de la primera de do-
minio de predios a favor del Estado, aprobada por Reso-
lución Nº 011-2002/SBN;
Que, según Certificado de Búsqueda Catastral de fe-
cha 15 de abril del año en curso, el Registro Predial Ur-
bano señala que de conformidad con el Informe Técnico
Nº 2688-2002-GR-OC-LIMA, de fecha 10 de abril del 2002,
el área de terreno de 535 390,49 m². antes descrita, no
se encuentra dentro de su jurisdicción y tampoco se su-
perpone con ningún perimétrico registrado en su base
cartográfica digital;
Que, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Ofici-
na Registral de Lima y Callao, mediante Oficio Nº 1102-
2002-ORLC/GPI, de fecha 20 de mayo del año en curso,
señala que de conformidad con el Informe Técnico Nº
2236-2002-ORLC-GPI-SCAT, de fecha 13 de mayo del
2002, el terreno submateria, se ubica en zona donde no
se observa inscripción;
Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu-
ción de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3
de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de
Organización y Funciones de la Superintendencia de Bie-
nes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones
y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con
la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así
como también, a emitir en primera instancia las resolu-
ciones de su competencia;
Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº
170-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 24 de junio del 2002;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi-
nio a favor del Estado del terreno de 535 390,49 m², ubi-
cado al Norte de la ciudad de Lima a la margen izquierda
del río Chillón, altura del kilómetro 43.500 de la carretera
a Canta, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de
Canta, departamento de Lima, provincia y departamento
de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sus-
tentan la presente Resolución.
Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la pri-
mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre-
no descrito en el artículo precedente en el Registro de la
Propiedad Inmueble.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE
Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
12141
Declaran la desafectación a favor del
Estado de terreno ubicado en el distri-
to de Chorrillos, provincia de Lima
JEFATURA DE ADQUISICIONES
Y RECUPERACIONES
RESOLUCIÓN Nº 109-2002/SBN-GO-JAR
La Molina, 1 de julio de 2002
Visto el Expediente Nº 023-2002/SBN-JAR, correspon-
diente al trámite de desafectación a favor del Estado,
desafectación administrativa y posterior independización
del terreno de 1 594,25 m², inscrito dentro del área de 9
010,30 m², ubicado entre los jirones San Rodolfo y San
Felipe de la Zona A de la Urbanización Residencial Villa
Marina, en el distrito de Chorrillos, provincia y departa-
mento de Lima;
CONSIDERANDO:
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley
Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De-
creto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº
131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bie-
nes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF,
"Reglamento General de Procedimientos Administrati-
vos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superinten-
dencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad in-
centivar el aprovechamiento económico de los bienes
del Estado en armonía con el interés social, promo-
viendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y
estableciendo mecanismos para su registro, inscripción
y fiscalización;
Que, mediante Resolución Municipal Nº 145 de fecha
31 de enero de 1968, expedida por el Concejo Provincial
de Lima, se aprobó la recepción de obras de la Urbaniza-
ción Villa Marina S.A., destinándose a favor del Estado,
por concepto de aporte reglamentario para equipamiento
comunal, el terreno ubicado entre los jirones San Rodol-
fo y San Felipe de la zona A de la Urbanización Residen-
cial Villa Marina, en el distrito de Chorrillos, provincia y
departamento de Lima, inscrito con un área de 9 010,30
m² en la Ficha Nº 317429 que continúa en la Partida Elec-
trónica Nº 42228702 del Registro de la Propiedad Inmue-
ble de Lima y registrado en el Asiento Nº 2053 del Siste-
ma de Información Nacional de los Bienes de Propiedad
Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de
Lima;
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba