1063 489 - Derogan la Ordenanza N° 466-MML, que aprobó cambio de zonificación de terreno ubicado en el distrito de La Molina
Fecha de publicación | 21 Marzo 2003 |
Fecha de disposición | 21 Marzo 2003 |
Pág. 241179
NORMAS LEGALES
Lima,viernes 21 de marzo de 2003
visión y actualización permanente del Plan Vial Metropo-
litano y de las Secciones Viales Normativas, en el proce-
so de ejecución y aplicación del Plan Integral de Desa-
rrollo Metropolitano;
Que, mediante Oficio Nº 106-2003-MML-IMP de fe-
cha 3 de febrero de 2003, el Instituto Metropolitano de
Planificación, informó a la Comisión de Desarrollo Urba-
no y Nomenclatura, que "toda reducción de la Sección
Vial Normativa (120.00 Ml.) debe requerir necesariamente
de un Estudio Específico donde se incluya una Evalua-
ción Técnico Legal, estudio que debe ser ejecutado por
el organismo técnico competente, y aprobado por
Ordenanza Municipal"; debiéndose mantener en cuanto
sea posible, la Sección Vial de 120.00 metros lineales de
la Panamericana (Norte y Sur), que es la sección optima
y necesaria para el correcto funcionamiento de ese Eje
Regional;
Que, es necesario para las modificaciones del Dere-
cho de Vía de la Panamericana, se desarrolle un Estudio
Específico del Eje Panamericana - Vía de Evitamiento,
que por las características del referido Eje, debe ser
realizado de manera integral y no por tramos, como erró-
neamente lo hicieran para la aprobación de la Ordenan-
za Nº 459-MML, en cuyo caso se requiere de un plazo
razonable de ejecución;
Que, de conformidad con la Constitución Política del
Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y
las Ordenanzas Nº 127-MML y Nº 341-MML;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Derogar la Ordenanza Nº 459-
MML, publicada el 25 de diciembre de 2002, que modifi-
có el Plano del Sistema Vial Metropolitano, aprobado por
Ordenanza Nº 341-MML, Sección E-15, respecto a la
Sección Vial de la Panamericana Sur, en el tramo com-
prendido entre la Av. Javier Prado y el Intercambio Vial
Atocongo, de 120.00 metros lineales a 80.00 metros li-
neales.
Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici-
pal de Desarrollo Urbano - DMDU y al Instituto Metropo-
litano de Planificación - IMP, para que en coordinación
con la Empresa Municipal de Peaje - EMAPE, ejecute un
Estudio Específico del Eje Panamericana - Vía de Evita-
miento, que implique una evaluación de la situación téc-
nico - legal de los predios ubicados en el eje, analizando
las secciones viales existentes y requeridas, tomando
en consideración los accesos, salidas, intersecciones e
intercambios viales; a fin de precisar los Derechos de
Vía que se requieran.
Artículo Tercero.- Establecer un plazo máximo de
45 días, a partir de la entrada en vigencia de la presente
Ordenanza, para que se lleve a cabo el Estudio señala-
do en el articulo precedente.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en Lima, a los trece días del mes de marzo de
dos mil tres.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
05387
Derogan la Ordenanza Nº 466-MML,
que aprobó cambio de zonificación de
terreno ubicado en el distrito de La
Molina ORDENANZA Nº 489
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordina-
ria de fecha 13 de marzo de 2003, de acuerdo con el
Dictamen Nº 04-2003-CDU de la Comisión de Desarro-
llo Urbano y Nomenclatura; y,
CONSIDERANDO:
Que, es competencia de la Municipalidad Metropoli-
tana de Lima regular o pronunciarse sobre zonificación
y urbanismo, planificar el desarrollo urbano y rural de su
circunscripción, y el acondicionamiento territorial, de
conformidad con el Artículo 195º inciso 6) de la Constitu-
ción Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 de
Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV;
concordado con el Artículo 11º inciso 1) de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 23853;
Que, mediante Ordenanza Nº 466-MML se aprobó el
cambio de zonificación de un terreno de 1,470.00 m² de
R1-S a C2 y de un terreno de 3,839.00 m² de R1-S a OU,
ubicados en la urbanización Rinconada del distrito de La
Molina;
Que, el Artículo 34º del Decreto Supremo Nº 007-85-
VC (Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Me-
dio Ambiente) establece que los cambios de zonificación
se podrán efectuar en no más de 2 oportunidades anua-
les, y requerirán necesariamente de la opinión favorable
del vecindario afectado;
Que, de acuerdo al Artículo 12º de la Ordenanza Nº
134-MML, los cambios de zonificación se realizarán una
vez al año, con excepción de casos que exista probado
interés público o local en determinado sector o sectores
de la ciudad;
Que, el Dictamen Nº 166-2002-MML-CDU que sirvió
de sustento para la aprobación de la referida Ordenan-
za, señaló que el trámite carecía de opinión vecinal; ya
que devenía en innecesaria al estar comprendidos los
lotes de autos dentro de los alcances de la Resolución
Directoral Nº 230-2001-MDLM-DDU que aprobó el
Planeamiento Integral del terreno matriz de 171,566.00
m²;Que, al no haberse seguido el procedimiento regular
del Cambio de Zonificación establecido por el Artículo
13º de la Ordenanza Nº 134-MML, debió garantizarse el
probado interés público o local al que hace referencia el
Artículo 12º de la mencionada Ordenanza;
Que, para probar el interés público o local, se de-
bió contrastar la opinión del vecindario afectado con
la opinión de la Municipalidad Distrital, situación que
no se dio para aprobar el referido cambio de zonifica-
ción;
Que, al haberse prescindido de la opinión del vecin-
dario afectado no se cumplió con lo dispuesto por el
Artículo 12º de la Ordenanza Nº 134-MML y el Artículo
34º del Decreto Supremo Nº 007-85-VC, razón por la
cual la Comisión de Desarrollo Urbano y Nomenclatu-
ra mediante Acuerdo Nº 011-2003-MML-CDU tomado
en Sesión Nº 04 de fecha 18 de febrero de 2003, aten-
diendo un pedido de la Municipalidad Distrital de La
Molina, acordó solicitar al Concejo Metropolitano la
derogatoria de la Ordenanza Nº 466-MML, a fin de
emitir nuevo pronunciamiento sobre la solicitud en vir-
tud de la cual se aprobaron los referidos cambios de
zonificación;
Que, de conformidad con la Constitución Política del
Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; la
Ordenanza Nº 134-MML y el Decreto Supremo Nº 007-
85-VC;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Único.- Derogar la Ordenanza Nº 466-MML,
debiendo la Comisión de Desarrollo Urbano y Nomencla-
tura emitir nuevo pronunciamiento sobre el pedido de
cambio de zonificación solicitado por Juan Barreto Bog-
gio del terreno de 1,470.00 m² de R1-S a C2 y del terreno
de 3,839.00m² de R1-S a OU, ubicados en la urbaniza-
ción Rinconada del distrito de La Molina, provincia y de-
partamento de Lima.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en Lima a los trece días del mes de marzo de
dos mil tres.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
05388
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