06 066-2003-MTC - Derogan artículo del D.S. N° 059.2003-MTC mediante el cual se incorporaron párrafos al art. 324 del Reglamento Nacional de Tránsito

Fecha de disposición18 Diciembre 2003
Fecha de publicación18 Diciembre 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 18 de diciembre de 2003
NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL
Ibet Sofía CONTRERAS FRANCO Director Ejecutivo de la Oficina Ejecu- F-4
tiva de Planificación
Mario ALE CERVANTES Director Ejecutivo de la Oficina Ejecu- F-4
tiva de Administración
Segundo Fredy PASTRANA TALAVERA Director de la Dirección de Saneamien- F-3
to Básico
John Herbert YAGUA BRICEÑO Director de la Dirección de Higiene F-3
Alimentaria y Control de Zoonosis
Roldan TUESTA RAMIREZ Director de la Oficina de Racionaliza- F-3
ción
Juan César SOTO ARANDA Director de la Oficina de Asesoría F-3
Jurídica
Williams SANTISTEBAN ZURITA Director de la Oficina de Logística F- 3
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALVARO VIDAL RIVADENEYRA
Ministro de Salud
23561
Designan Director Adjunto de la Direc-
ción de Salud V Lima Ciudad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1255-2003-SA/DM
Lima, 17 de diciembre del 2003
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 y el
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación del doctor
NILTON TORIBIO VILLAREAL, como Director Adjunto de
la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Sa-
lud, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar al doctor DANTY LEON GUAR-
NIZ, como Director Adjunto de la Dirección de Salud V Lima
Ciudad del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA
Ministro de Salud
23590
TRABAJO Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO
Aceptan contribución otorgada por el
BID a PROMPYME, destinada a la ejecu-
ción del Programa Formación y
Fortalecimiento de una Red de
Microproductores Rurales en Tallamac,
departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 020-2003-TR
Lima, 17 de diciembre de 2003
VISTOS: El Oficio Nº 445-2003/PROMPYME/DE; el
Informe Nº 164-2003-PROMPYME/AL; el Informe Nº 024-
2003-PROMPYME/DIGA-PPTO; el Informe Nº 1065-2003-
MTPE/OAJ-OAAL;
CONSIDERANDO:
Que, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en
su calidad de Administrador del Fondo Multilateral de In-
versiones - FOMIN, ha otorgado a la Comisión de Promo-
ción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, una
Cooperación Técnica No Reembolsable hasta por la suma
de US$ 100,000.00 (cien mil dólares de los Estados Uni-
dos de América), destinada a financiar la contratación de
servicios de consultoría para la realización de un progra-
ma de cooperación técnica para la Formación y Fortaleci-
miento de una Red de Microproductores Rurales en Talla-
mac, departamento de Cajamarca;
Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la
referida Cooperación Técnica No Reembolsable por cuan-
to constituye una valiosa contribución para el Programa que
ejecutará la mencionada Comisión, así como aprobar la
Carta Convenio Nº ATN/ME-8272-PE. Facilidad de Peque-
ños Proyectos. Formación y Fortalecimiento de una Red
de Microproductores Rurales en Tallamac, departamento
de Cajamarca;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27711, Ley
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Ley Nº
27643; Ley Nº 27678; Decreto Supremo Nº 059-97-PCM,
modificado por Decreto Supremo Nº 105-2001-PCM y De-
creto Legislativo Nº 719 y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 015-92-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acéptase la Cooperación Técnica No Re-
embolsable otorgada por el Banco Interamericano de De-
sarrollo - BID, con recursos del Fondo Multilateral de Inver-
siones - FOMIN, a la Comisión de Promoción de la Peque-
ña y Micro Empresa - PROMPYME, hasta por la suma de
US$ 100,000.00 (cien mil dólares de los Estados Unidos
de América), destinada a la ejecución del Programa For-
mación y Fortalecimiento de una Red de Microproductores
Rurales en Tallamac, departamento de Cajamarca.
Artículo 2º.- Apruébase la Carta Convenio Nº ATN/ME-
8272-PE. Facilidad de Pequeños Proyectos. Formación y
Fortalecimiento de una Red de Microproductores Rurales
en Tallamac, departamento de Cajamarca, suscrito entre
el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y la Comisión
de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPY-
ME.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Em-
pleo y por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
JESÚS ALVARADO HIDALGO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS
Ministro de Relaciones Exteriores
23614
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Derogan artículo del D.S. 059-2003-
MTC mediante el cual se incorporaron
párrafos al Art. 324º del Reglamento
Nacional de Tránsito
DECRETO SUPREMO
Nº 066-2003-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 059-2003-MTC,
de fecha 21 de noviembre de 2003, se modificaron algunos
artículos del Reglamento Nacional de Tránsito aprobado
por el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y sus modifica-
torias;
Que, mediante el artículo 2º del Decreto Supremo Nº
059-2003-MTC, se incorporaron al Artículo 324º del Re-
glamento Nacional de Tránsito, los párrafos cuarto y quin-
to; Que, se han venido presentando serios inconvenientes
en la aplicación de los mencionados párrafos, los cuales

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