Derecho ambiental

AutorLorenzo De La Puente
Páginas20-21
Industria Legal
ldelapuente@delapuente.com.pe
Lorenzo De La Puente
Carlos Graña 360, 401 – San Isidro, Lima
www.delapuente.com.pe
La estructura de costos de las empresas
formales ha variado en los últimos años,
incorporando, con evidente mayor
proporción que otros factores, a los costos
ambientales; elevando así los costos de
capital y los costos operativos.
La industria minera y de hidrocarburos, por
sus particularidades, son las que han visto
variar su estructura de costos, por razones
ambientales, en mayor magnitud que otros
sectores.
En buena cuenta, en el Perú, las
actividades económicas que están viendo
un incremento importante en sus costos
ambientales son aquellas que ya están
sujetas a la certificación ambiental ante el
SENACE y a la fiscalización ambiental del
OEFA.
En nuestra experiencia en esos ámbitos, el
mayor impacto económico de la regulación
ambiental a tales actividades está asociado
a la construcción de infraestructura para
mitigar impactos socio-ambientales, según
lo que establecen los estudios de impacto
ambiental aprobados por el SENACE; así
como al cumplimiento de los compromisos
contenidos en ellos; ambos, fiscalizados por
el OEFA.
En lo que respecta al OEFA, este hace un
uso correcto de sus facultades; sin
embargo, también actúa arbitrariamente al
imponer, tácitamente, un “riesgo cero” a las
actividades industriales. Esto lo hace
utilizando su peculiar concepto de “daño
potencial” para elevar algunas multas.
Tales multas arbitrarias vienen imponiendo un costo
adicional injustificado a la industria formal y no
parece que estén logrando ningún propósito en
beneficio del país. A este actuar se suma también la
timidez del OEFA y del Ministerio del Ambiente en
desarrollar los regímenes de incentivos ambientales
para la industria, tal como se los manda la ley.
Es indispensable que la estructura de costos en la
industria siga incorporando lo ambiental; sin
embargo, el Estado no debe imponerle costos
innecesarios e injustos derivados de la arbitrariedad
de la Administración. Esperemos que el 2021 esto
empiece a cambiar.
DERECHO
AMBIENTAL
“Riesgo cero” y costos ambientales

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