Aprueban modificación en la denominación de la Estructura Orgánica referente a la Gerencia de Desarrollo Urbano

Fecha de publicación28 Julio 2004
Fecha de disposición28 Julio 2004
Pág. 273511
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 28 de julio de 2004
ACUERDO
Aprobar el Informe de Resultados del Proceso de
Programación del Presupuesto Participativo 2005.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
13985
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Aprueban creación de la Oficina de
Protección, Participación y Organiza-
ción de Vecinos con Discapacidad
(OMAPED)
ORDENANZA Nº 007-2004-MDLP
La Perla, 21 de febrero del 2004
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
LA PERLA
POR CUANTO:
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
21.2.2004, el Dictamen de la Comisión de Administración,
Economía y Presupuesto sobre la Creación de la Oficina
de Protección, Participación y Organización de los Veci-
nos con Discapacidad (OMAPED) solicitado por la Geren-
cia de Servicios Sociales y Culturales, mediante el Informe
Nº 009-2004-DSSC/MDLP de fecha 3.2.2004; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 002-2004-MDLP de fe-
cha 19.1.2004, se aprueba la Nueva Estructura Orgánica
de la Municipalidad Distrital de La Perla;
Que, mediante Informe Nº 009-2004-DSSC/MDLP de
fecha 3.2.2004 la Gerencia de Servicios Sociales y Cultu-
rales señala que con fecha 10.1.2004 se ha promulgado la
Ley Nº 28164 "Ley que modifica diversos artículos de la
Ley Nº 27050 Ley General de la Persona con Discapaci-
dad";
Que, el artículo 10º de la referida norma legal indica la
creación de la Oficina de Protección, Participación y Orga-
nización de Vecinos con Discapacidad (OMAPED) por el
cual dicha Oficina debe ser autónoma con personal propio
y presupuesto y debe estar ubicado en un lugar accesible
a las personas con discapacidad y por tales consideracio-
nes se debe modificar la nueva Estructura Orgánica de la
Municipalidad Distrital de la Perla, aprobada con Ordenan-
za Nº 002-2004-MDLP en la cual la OMAPED, se encuen-
tra dentro de la Subgerencia de la Defensoría Municipal
del Niño y del Adolescente Demuna;
Que, el artículo 2º de la Ley Nº 28164, Ley General de
la Persona con Discapacidad, establece que los Gobier-
nos Regionales y Municipales, tendrán un plazo de 120
días desde la fecha de publicación (10.1.2004), para dar
cumplimiento a lo establecido por el artículo 10º de la Ley
Nº 27050, bajo responsabilidad donde se establece que
los Gobiernos Locales preverán la formación de Oficinas
de Protección, Participación y Organización de Vecinos con
Discapacidad;
Que, mediante Dictamen de la Comisión de Adminis-
tración, Economía y Presupuesto de esta comuna, hace
suyas las recomendaciones del INFORME Nº 009-2004-
DSSC-MDLP de fecha 3.2.2004 de la Dirección de Servi-
cios Sociales y Culturales, el INFORME Nº 033-2004-OAJ/
MDLP de fecha 12.2.2004, elaborado por la Oficina de
Asuntos Jurídicos, donde emite opinión favorable de la
creación de dicha oficina dentro del plazo estipulado por
la Ley;
Que, sometido al Pleno del Concejo Municipal el Dicta-
men de la Comisión de Administración, Economía y Pre-
supuesto, luego de su debate y las deliberaciones del mis-
mo que ha emitido su pronunciamiento final;
En uso de las facultades que confiere el Concejo Munici-
pal en los artículos 9º, 4º y 41º de la Ley Orgánica de Mu-
nicipalidades Nº 27972 y con el voto MAYORITARIO de los
señores (as) regidores (as) y la dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Aprobar la Creación de la Oficina
de Protección, Participación y Organización de Vecinos con
Discapacidad (OMAPED) como órgano dependiente de la
Gerencia de Servicios Sociales y Culturales, y su incorpo-
ración en la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad
Distrital de La Perla.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y Gerencia de
Servicios Sociales y Culturales, el cumplimiento de la pre-
sente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secreta-
ría General, la publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS
Alcalde
13939
Aprueban modificación en la denomina-
ción de la Estructura Orgánica referen-
te a la Gerencia de Desarrollo Urbano
ORDENANZA Nº 008-2004-MDLP
La Perla, 26 de febrero del 2004
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
LA PERLA
POR CUANTO:
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
26.2.2004, el INFORME Nº 011-2004-DDU-MDLP de fe-
cha 30.1.2004 emitido por la Gerencia de Desarrollo e IN-
FORME Nº 013-2004-MDLP-GPYP de fecha 20.2.2004
emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
sobre Modificación en la denominación de la Estructura
Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Perla en lo re-
ferente a la Gerencia de Desarrollo Urbano; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 002-2004-MDLP de fe-
cha 19.1.2004, se aprueba la Nueva Estructura Orgánica
de la Municipalidad Distrital de La Perla;
Que, mediante INFORME Nº 011-2004-DDU-MDLP de
fecha 30.1.2004 emitido por la Gerencia de Desarrollo Ur-
bano, solicita la modificación en la denominación de la Es-
tructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La
Perla, en lo referente a la Gerencia de Desarrollo Urbano,
donde dice: Subgerencia de Obras, debe decir: Subgeren-
cia de Obras Públicas; asimismo donde dice: Subgerencia
de Catastro, debe decir: Subgerencia de Obras Privadas y
Catastro, fundamentando que las funciones encargadas
actualmente a la Jefatura de Catastro, tiene relación direc-
ta con los Expedientes Técnicos que otorga la División de
Proyectos y Obras;
Estando con la conformidad con la Gerencia de Planea-
miento y Presupuesto a través del INFORME Nº 013-2004-
MDLP-GPYP de fecha 20.2.2004;
Que, sometido al Pleno del Concejo Municipal el Dicta-
men de la Comisión de Administración, Economía y Pre-
supuesto, luego de su debate y las deliberaciones del
mismo que ha emitido su pronunciamiento final;
En uso de las facultades que confiere el Concejo
Municipal en los Artículos 9º, 4º y 41º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972 y con el voto UNÁNIME de
los señores (as) regidores (as) y la dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta se aprobó lo siguiente:

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