LEY N° 29962 - Ley de demarcación y organización territorial de la provincia Alto Amazonas en el departamento Loreto

Fecha de disposición14 Diciembre 2012
Fecha de publicación14 Diciembre 2012
MateriaDerecho Procesal
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 14 de diciembre de 2012
480810
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29962
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE DEMARCACIÓN Y ORGANIZACIÓN
TERRITORIAL DE LA PROVINCIA ALTO
AMAZONAS EN EL DEPARTAMENTO LORETO
Artículo 1. Acciones de regularización
Delimitan y redelimitan la provincia Alto Amazonas
y los distritos Balsapuerto, Jeberos, Lagunas, Santa
Cruz, Teniente César López Rojas y Yurimaguas en el
departamento Loreto.
Artículo 2. Capital provincial y las capitales
distritales
La capital provincial de Alto Amazonas es Yurimaguas,
que a su vez es la capital del distrito Yurimaguas; la capital
del distrito Balsapuerto es Balsapuerto; la capital del
distrito Jeberos es Jeberos; la capital del distrito Lagunas
es Lagunas; la capital del distrito Santa Cruz es Santa
Cruz y la capital del distrito Teniente César López Rojas,
es Shucushuyacu.
Artículo 3º. Acciones de normalización
El centro poblado Yurimaguas, capital de la provincia
Alto Amazonas, se eleva a la categoría de ciudad; y el
centro poblado Lagunas, capital del distrito del mismo
nombre, se eleva a la categoría de villa.
Artículo 4º. Límites territoriales
Los límites territoriales de la provincia Alto Amazonas
y de los distritos Balsapuerto, Jeberos, Lagunas, Santa
Cruz, Teniente César López Rojas y Yurimaguas, que la
conforman, son los siguientes:
LÍMITES DE LA PROVINCIA ALTO AMAZONAS
Sus límites son los siguientes:
POR EL NORESTE:
Limita con la provincia Loreto.
El límite se inicia en la cota 198 (UTM 352 835 m
E y 9 592 966 m N). Se dirige en dirección Sureste
por la divisoria de aguas entre la quebrada Armadillo
y quebrada Arica, tributarios del río Nucuray, con
la quebrada Chuccha tributario del río Urituyacu,
pasando por las cotas 208, 203, 196, 191, 179, 185,
178, 189, 187,176, 187, 184, 177, 170, 165, 178, 175,
148, 170, 156, 133, 122, 121, 118, 117, 114, 110 y cota
109, hasta cruzar el río Marañón en un punto de su
álveo, de coordenada UTM 443 000 m E y 9 453 700
m N. Luego continúa en la misma dirección, hasta otro
punto de coordenada UTM 457 262 m E 9 441 259
m N.
POR EL ESTE:
Limita con las provincias Loreto y Requena.
El límite continúa desde el punto de coordenada UTM
457 262 m E 9 441 259 m N. Se dirige en dirección
Suroeste, por la divisoria de aguas entre los ríos
Marañón y Huallaga, con la quebrada Tibilo, tributario
del río Samiria, pasando por las cotas 105, 106, 106,
108, 110, 115, 123, 130, 132 y 148, hasta la cota 168
(punto de coordenada UTM 429 149 m E y 9 392 366
m N). Luego, el límite se dirige en dirección Sur por
la divisoria de aguas entre los ríos Yuracyacu y la
quebrada Tunchiyacu, tributario del río Shishinahua,
con los tributarios de los ríos Pacaya y Samiria,
pasando por las cotas 164, 165, 163, 178, 171, 168,
165, 163, 171 y 170, hasta la cota 177 (punto de
coordenada UTM 440 875 m E y 9 347 562 m N). A
partir de este punto, se dirige en dirección Sur, por la
divisoria de aguas entre el río Yuracyacu, tributario del
río Yanayacu, con las quebradas Chambira y Sacarita,
tributarios del río Pacaya, hasta la cota 174 (punto de
coordenada UTM 437 470 m E y 9 333 939 m N) en
esta divisoria de aguas.
POR EL SUR:
Limita con las provincias San Martín y Lamas, del
departamento San Martín.
El Límite se inicia en la cota 174 punto de coordenada
UTM 437 470 m E y 9 333 939 m N. (Quedando el
tramo N° 2 sin descripción de limites por la falta de
acuerdo con el departamento de San Martín desde
este último punto hasta la desembocadura de la
quebrada Yuracyacu en el río Yanayacu (punto de
coordenada UTM 419 602 m E y 9 320 821 m N),
continúa en dirección Noroeste por el thalweg del río
Yanayacu, hasta un punto de coordenada UTM 409
836 m E y 9 325 573 m N, en la desembocadura de
la quebrada Parinari. De allí, el límite prosigue desde
el último lugar nombrado en dirección Este-Oeste
por el thalweg de la quebrada Yanayacu, hasta la
desembocadura de la quebrada Yanaille (tributario
del río Yanayacu en su margen izquierda), en el punto
de coordenada UTM 405 765 m E y 9 325 469 m N.
El límite continúa aguas arriba en dirección Sur por
el álveo de la quebrada Yanaille, en los siguientes
puntos de coordenadas UTM 405 800 m E y 9 324
500 m N; 406 600 m E y 9 323 000 m N; 407 298 m
E y 9 321 196 m N. El límite continúa en dirección
Oeste por la divisoria de aguas entre el río Huallaga,
con la quebrada Yanaille, pasando por los puntos de
coordenadas UTM 405 000 m E y 9 321 000 m N; 402
000 m E y 9 322 000 m N, 399 118 m E y 9 321 510 m
N, hasta el punto de coordenada UTM 398 800 m E y
9 321 300 m N, siendo este último un punto en el álveo
del río Huallaga. Desde el último punto nombrado, el
límite continúa en sentido Este-Oeste, siguiendo por
los puntos de coordenadas UTM 396 826 m E y 9 322
171 m N; 395 159 m E y 9 323 908 m N; 393 715 m E
y 9 325 908 m N (quebrada Vaca Caño); 389 000 m E
y 9 326 166 m N, localizándose esta coordenada en el
cerro Lorocachi, siguiendo el límite por su divisoria de
aguas hasta el punto de coordenada UTM 387 859 m
E y 9 327 469 m N. Este último punto corresponde a
la intersección del río Yurac con el cerro Lorocachi, a
partir de este punto se sigue por el thalweg del mismo
río Yurac hasta el punto de coordenadas 379 484 m E
y 9 324 694 m N. Desde este punto, se sigue en línea
recta, hasta el punto de coordenada UTM 373 200 m
E y 9 320 446 m N y continúa desde este último punto
en línea recta, hasta el punto de coordenada UTM 367
000 m E y 9 322 000 N. El límite prosigue en dirección
Oeste, pasando por los puntos de coordenadas UTM
363 000 m E y 9 622 600 m N; 362 000 m E y 9 322
700 m N; 361 000 m E y 9 323 300 m N; 360 000 m E
y 9 323 400 m N, hasta un punto de coordenada UTM
358 592 m E y 9 324 230 m N.
Desde el último punto de coordenada UTM 358 592
m E y 9 324 230 m N, el límite continúa en dirección
general Noroeste, (zona sin recubrimiento cartográf‌i co
y tramo N° 1 abierto sin descripción de límites por
falta de acuerdo con el departamento San Martín).
Prosigue por la cota 1444 (punto de coordenada UTM
327 030 m E y 9 336 385 m N) y cota 1188 (punto
de coordenada UTM 320 894 m E y 9 334 939 m
N), luego se dirige en dirección Noroeste por la

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