RESOLUCION, Nº 034-GCSPE-ESSALUD-2015, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Delegan a los Jefes de las Oficinas de Aseguramiento y de Agencias de Seguros a nivel nacional, la responsabilidad de brindar información pública
Fecha de disposición | 21 Octubre 2015 |
Fecha de publicación | 28 Octubre 2015 |
Sección | Sección Única |
Lima, 21 de octubre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 328-PE-ESSALUD-2015 del 05 de mayo de 2015, se actualizó el listado de funcionarios de EsSalud responsables de brindar la información en el ámbito de la Sede Central de EsSalud, a la que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 27806; Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, concordante con lo establecido en el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM;
Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 328-PE-ESSALUD-2015, resuelve en el numeral 2. establecer que los funcionarios del Seguro Social de Salud – EsSalud, responsables de brindar la información a que se refiere el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el ámbito de la Sede Central, son entre otros, el Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas, respecto a la información que posee o produzca;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014 del 31 de diciembre de 2014, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Seguro Social de Salud - EsSalud, cuyo artículo 133° establece que la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas es el órgano de línea encargado de proponer las políticas, normas y estrategias de aseguramiento, así como gestionar los procesos relacionados al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y otros seguros de riesgos humanos;
Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la resolución antes citada, dispuso que la transferencia de las unidades organizativas estructurales y funcionales desconcentradas a las gerencias de red desconcentradas se realice de manera progresiva, en tanto mantiene su dependencia con los órganos centrales correspondientes;
Que, a través de la Resolución de Gerencia Central Nº 07-GCASEG-ESSALUD-2009 del 08 de mayo de 2009, se delegó al Subgerente de Servicios al Asegurado y Clientes Corporativos a nivel de la Sede Central y a los Jefes de las Oficinas de Aseguramiento y Agencias de Seguros la responsabilidad de brindar información a que hace referencia el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo, actualmente la Subgerencia de Servicios al Asegurado y...
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