Encargan funciones de gobierno delegadas por la CEMP en el distrito judicial de Junín, despacho de fiscalía superior en lo penal y caso ad hoc materia de las RR. N° 116 y 335-2000-MP-CEMP

Fecha de disposición02 Agosto 2000
Fecha de publicación02 Agosto 2000
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 2 de agosto de 2000 AÑO XVIII - Nº 7345 Pág. 191183
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
P C M
Designan Superintendente de Banca y
Seguros
RESOLUCION SUPREMA
Nº 325-2000-PCM
Lima, 1 de agosto del 2000
CONSIDERANDO:
establece que el Poder Ejecutivo designa al Superintendente
de Banca y Seguros por el plazo correspondiente a su período
constitucional;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del
Poder Ejecutivo; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
1º.- Designar al señor LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY
como Superintendente de Banca y Seguros.
2º.- Comuníquese al Congreso de la República la designa-
ción en referencia, conforme a lo dispuesto por el Artículo 87º
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FEDERICO SALAS GUEVARA
Presidente del Consejo de Ministros
8840
Designan miembros del Directorio del
Banco Central de Reserva del Perú
RESOLUCION SUPREMA
Nº 326-2000-PCM
Lima, 1 de agosto del 2000
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Artículo 86º de la Constitución Política
del Perú corresponde al Poder Ejecutivo designar a cuatro
miembros del Directorio del Banco Central de Reserva del
Perú, entre ellos al Presidente;
De conformidad con el inciso 4) del Artículo 2º del Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
1º.- Designar como miembros del Directorio del Banco
Central de Reserva del Perú a los señores:
- GERMAN SUAREZ CHAVEZ, quien lo presidirá
- GUILLERMO CASTAÑEDA MUNGI
- ALFREDO JALILIE AWAPARA
- MANUEL ULLOA VAN PEBORGH
2º.- Comuníquese al Congreso de la República las designa-
ciones en referencia, conforme a lo dispuesto por el Artículo 86º
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FEDERICO SALAS GUEVARA
Presidente del Consejo de Ministros
8841
Aprueban desagregación de partidas
de recursos transferidos al INFES
destinados al proyecto "Rehabilitación
y Reconstrucción - Fenómeno El Niño"
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 112-2000-PCM
Lima, 27 de julio de 2000
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 127-99-PCM, de fecha
20 de diciembre de 1999, se aprobó el Presupuesto Institucio-
nal de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presiden-
cia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, de
conformidad con la Ley Nº 27212 "Ley del Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2000";
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2000, se auto-
rizó una Operación de Transferencia de Partidas en el Presu-
puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, que deduce
del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, recursos
presupuestarios hasta por la suma de TRESCIENTOS OCHEN-
TA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SO-
LES (S/. 384,600.00) del Proyecto 2.00526 "Rehabilitación y
Reconstrucción - Fenómeno El Niño", para habilitar con dichos
recursos al Proyecto 2.00526 "Rehabilitación y Reconstruc-
ción - Fenómeno El Niño", del Pliego 316 Instituto Nacional de
Infraestructura Educativa y de Salud - INFES;
Que, es necesario aprobar el detalle en el nivel funcional
programático, de los recursos transferidos al Instituto Nacio-
nal de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, a nivel
de Sección, Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa,
Subprograma, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Catego-
ría y Grupo Genérico de Gasto;
Estando a lo informado por la Oficina de Asuntos Financie-
ros del Pliego, y con las visaciones de los Directores Generales
de Administración y Asesoría Jurídica de la Presidencia del
Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia
Nº 051-2000, Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del
Estado", Ley Nº 27210 "Ley de Equilibrio Financiero del
Sector Público para el Año Fiscal 2000", Ley Nº 27212 "Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000"; y la
Directiva Nº 001-2000-EF/76.01 "Directiva para la Aproba-
ción, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del
Sector Público - Año Fiscal 2000";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la desagregación de las partidas de
ingresos de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente
Resolución y el detalle en el nivel funcional programático, de los
recursos transferidos mediante Decreto de Urgencia Nº 051-
2000, del Pliego Habilitador: 001 Presidencia del Consejo de
Ministros, hasta por la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
384,600.00), correspondiente al Año Fiscal 2000, de acuerdo al
desagregado siguiente:
SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO :001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE
MINISTROS
Pág. 191184
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 2 de agosto de 2000
UNIDAD EJECUTORA :003 Secretaría General - PCM
FUNCION :05 Asistencia y Previsión Social
PROGRAMA :014 Promoción y Asistencia Social y
Comunitaria
SUBPROGRAMA :0050 Promoción y Asistencia Comunitaria
PROYECTO :2.00526 Rehabilitación y Reconstrucción -
Fenómeno El Niño
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO :13 Donaciones y Transferencias
(EN NUEVOS SOLES)
Categoría de Gasto y Grupo Genérico de Gasto:
6. GASTOS DE CAPITAL 384,600.00
5. Inversiones 384,600.00
TOTAL EGRESOS 384,600.00
Artículo 2º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego
001 Presidencia del Consejo de Ministros, procederá a la
elaboración de las correspondientes "Notas para Modificación
Presupuestaria" que se requieren, como consecuencia de lo
dispuesto en la presente norma.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la
Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de
Economía y Finanzas, a la Comisión de Presupuesto del
Congreso de la República y a la Contraloría General de la
República, dentro de los Cinco (5) días siguientes de aprobada.
Regístrese y comuníquese.
JOSE ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
8745
FE DE ERRATAS
RESOLUCION SUPREMA
Nº 320-2000-PCM
Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 320-2000-
PCM, publicada en nuestra edición del día 30 de julio de 2000,
en la página 191077.
DICE:
Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Agricultu-
ra, al señor JOSE CHLIMPLER ACKERMAN.
DEBE DECIR:
Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Agricul-
tura, al señor JOSE CHLIMPER ACKERMAN.
8847
ECONOMIA Y
FINANZAS
Amplían calendario de compromisos del
mes de julio del ejercicio fiscal 2000
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 029-2000-EF/76.01
Lima, 31 de julio de 2000
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 026-2000-EF/
76.01 se aprobó el Calendario de Compromisos del mes de julio
del presente Ejercicio Fiscal;
Que, es necesario modificar, por ampliación, el Calendario
de Compromisos del mes de julio de los Organismos compro-
metidos en las Secciones Primera: Gobierno Central y Segun-
da: Instancias Descentralizadas;
Estando a lo informado por la Dirección de Programación,
Evaluación Presupuestal y Procesamiento de la Dirección
Nacional del Presupuesto Público;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 33º de la
Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y el
Artículo 21º de la Directiva Nº 001-2000-EF/76.01 aprobada
por Resolución Directoral Nº 045-99-EF/76.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos del
mes de julio del Ejercicio Fiscal 2000, en los montos que se
detallan en el Anexo de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los montos aprobados en el Anexo que se
señala en el artículo precedente, se desagregan a nivel de
Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Grupo Genéri-
co de Gastos y Fuentes de Financiamiento de acuerdo a los
reportes que forman parte de la ampliación de Calendario de
Compromisos del mes de julio del Ejercicio Fiscal 2000.
Regístrese y comuníquese.
REYNALDO BRINGAS DELGADO
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 029-2000-EF/76.01
AMPLIACION DE CALENDARIO DE
COMPROMISOS JULIO DE 2000
SECCIONES EN NUEVOS SOLES
PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL 385 413 823
RECURSOS ORDINARIOS 264 580 101
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 12 701 241
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE 3 994 050
CREDITO INTERNO
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE 100 553 304
CREDITO EXTERNO
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 3 585 127
SEGUNDA: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 377 357 769
RECURSOS ORDINARIOS 302 651 542
CANON Y SOBRECANON 6 786 687
PARTICIPACION EN RENTAS DE ADUANAS 1 878 048
CONTRIBUCIONES A FONDOS 10 200 000
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 23 620 076
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE 2 083 370
CREDITO INTERNO
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE 28 797 875
CREDITO EXTERNO
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1 340 171
TOTAL GENERAL: 762 771 592
8796
EDUCACION
Autorizan a diversas instituciones edu-
cativas llevar a cabo proceso de expe-
rimentación del currículo del Modelo
de Formación Profesional
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 497-2000-ED
Lima, 18 de julio de 2000
Vistos, los Convenios de Financiación PER/B7-3011/95/004 y
PER/B7-3010/94/55 y las Addenda respectivas celebradas por la
Comunidad Europea y la República del Perú para la ejecución del
PROGRAMA MARCO DE FORMACION PROFESIONAL TEC-
NOLOGICA Y PEDAGOGICA EN PERU (FORTE-PE), y del
PROGRAMA DE APOYO AL AJUSTE SOCIAL ESTRUCTU-
RAL: DESARROLLO E INSERCION LABORAL DE LOS JOVE-
NES EN PERU (PASE), el Acuerdo de Operación firmado entre el
Ministerio de Educación y la Embajada de España para el Proyecto
PLAN PILOTO DE EXPERIMENTACION DEL MODELO DE
EDUCACION TECNICA Y FORMACION PROFESIONAL
(AECI-MED); el Acuerdo con la Agencia Coreana de Cooperación
Internacional (KOIKA) para el Proyecto CENTRO DE CAPACI-
TACION TECNICA PARA LA INDUSTRIA ALIMENTARIA; y el
Acuerdo con el College of the North Atlantic del Canadá para el
PROYECTO REFORMA DE LA EDUCACION TECNICA EN EL
PERU.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 99º de la Ley General de Educa-
ción Nº 23384; el Ministerio de Educación promueve la aplica-
ción experimental de las innovaciones técnico - pedagógicas y
de nuevo material;
Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 235-98-ED del
12 de marzo de 1998 y Nº 654-98-ED del 5 noviembre de 1998, se
Pág. 191185
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 2 de agosto de 2000
reconoce como Centros Experimentales de Formación Profesional
a once (11) instituciones educativas de la Libertad y Cajamarca, en
el marco del Programa de Apoyo al Ajuste Social Estructural:
Desarrollo e Inserción Laboral de Jóvenes en el Perú (PASE);
Que, el Ministerio de Educación (MED), en el marco de la actual
política de redefinición y modernización de la formación técnica,
cuenta con el Catálogo de Títulos y Certificaciones editado por el
Proyecto Diseño del Sistema de Educación Técnica y Formación
Profesional (AECI-MED) con apoyo del Programa MECEP - BID,
que forma parte del Modelo de Formación Profesional;
Que, siendo necesario autorizar el proceso de experimen-
tación, que involucra la ejecución de las siguientes activida-
des: selección de centros y empresas, desarrollo curricular,
formación y capacitación de directivos y docentes, adecuación
de instalaciones, equipamiento, difusión y divulgación, inclu-
yendo la correspondiente evaluación y certificación;
Que, conforme a lo estipulado en los Planes Operativos de
los Proyectos y Programas involucrados, se hace necesario
delimitar el proceso de experimentación del Modelo de For-
mación Profesional en centros seleccionados y sus diversas
estrategias de intervención en: Institutos Superiores Tecno-
lógicos (I.S.T), Colegios de Variante Técnica (C.V.T) y Cen-
tros de Educación Ocupacional (C.E.O.);
Con opinión favorable de la Dirección Nacional de Educación
Secundaria y Superior Tecnológica y las Oficinas de Cooperación
Internacional y Asesoría Jurídica respectivamente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23384;
Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los
Decretos Supremos Nºs. 05-94-ED, 051-95-ED y 002-96-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR a las instituciones educativas
consideradas en el anexo adjunto que forma parte de la presente
resolución, a llevar a cabo el proceso de experimentación del
currículo del Modelo de Formación Profesional, cuyo referente
será el Catálogo Nacional de Títulos editado por el Proyecto
Diseño del Sistema de Educación Técnica y Formación Profesio-
nal en el Perú (AECI), con apoyo del MECEP-BID.
Artículo 2º.- AUTORIZAR al Viceministro de Gestión Pedagó-
gica la emisión de los dispositivos correspondientes para la autori-
zación e incorporación de nuevos centros a la experimentación. Los
Centros que por algún motivo dejaran de desarrollar el proceso,
deberán de informar a la autoridad sobre el particular.
Artículo 3º.- INTEGRAR como parte de los alcances del
presente dispositivo los Centros de Formación Profesional
(CEFOP), reconocidos con Resoluciones Nºs. 235-98-ED y 654-
98-ED del Programa Apoyo al Ajuste Social y Estructural:
Desarrollo e Inserción Laboral (PASE).
Artículo 4º.- ENCARGAR a la Dirección Nacional de Educa-
ción Secundaria y Superior Tecnológica (DINESST), la constitu-
ción del Comité Consultivo Nacional Pedagógico y Tecnoló-
gico de la experimentación del Modelo de Educación Téc-
nica y Formación Profesional, el mismo que deberá estar
conformado por representantes del sector productivo y de entida-
des públicas y privadas vinculadas a la formación profesional.
El Comité estará adscrito a la DINESST y el Director
Nacional será miembro permanente del Comité. Su función
será Consultiva en asuntos tecnológicos y pedagógicos; pu-
diendo crear Comités Consultivos Regionales.
Artículo 5º.- ENCARGAR al Comité Consultivo Nacional
Pedagógico y Tecnológico de la Experimentación del Modelo de
Educación Técnica y Formación Profesional, la elaboración de
su Reglamento de Funcionamiento en un plazo máximo de 60
días útiles, el mismo que deberá ser aprobado por el Vice
Ministerio de Gestión Pedagógica.
Artículo 6º.- ENCARGAR al Comité Consultivo Nacional
Pedagógico y Tecnológico de la Experimentación del Modelo de
Educación Técnica y Formación Profesional, la elaboración de
los lineamientos de base para las certificaciones académicas y
validación del currículo de formación tecnológica que se imple-
mente durante el proceso de experimentación, los mismos que
deberán ser aprobados por la Dirección Nacional de Educación
Secundaria y Superior Tecnológica (DINESST).
Artículo 7º.- La Dirección Nacional de Educación Secun-
daria y Superior Tecnológica (DINESST) elaborará las dispo-
siciones complementarias que aseguren el desarrollo sistemá-
tico de la experimentación del Modelo de Educación Técnica y
Formación Profesional. Las Direcciones Regionales y Subre-
gionales de Educación apoyarán en el desarrollo de la experi-
mentación e informarán en forma trimestral, a la DINESST
los resultados del seguimiento y monitoreo efectuado a los
centros de formación involucrados en la experimentación.
Regístrese y comuníquese.
FELIPE IGNACIO GARCIA ESCUDERO
Ministro de Educación
RSM
INTERNACIONAL

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR