1011 033-2001-INDECOPI/DIR - Aceptan renuncia de Secretario Técnico de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial que opera en la Cámara de Comercio de Lima

Fecha de publicación29 Marzo 2001
Fecha de disposición29 Marzo 2001
Pág. 200561
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 29 de marzo de 2001
ADUANAS
Modifican numerales de las Secciones
VI y VII del Procedimiento Específico
INRA-PE.07 Buenos Contribuyentes
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
NACIONAL Nº 018
Callao, 21 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº
000233 del 13.SET.99 se aprobó la segunda versión del
Procedimiento Específico INRA-PE.07 BUENOS CON-
TRIBUYENTES, el cual estableció las pautas a seguir
para la calificación, control y exclusión del Buen Contri-
buyente en el régimen de Admisión Temporal;
Que, con el fin de agilizar los servicios aduaneros se ha
determinado la conveniencia de modificar el procedimiento
descrito en el considerando anterior;
Que, la Ley de Simplificación Administrativa promue-
ve la eliminación de costos en los trámites en beneficio
directo del usuario;
En uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica
y el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas
aprobados por el Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de
Superintendencia de Aduanas Nº 000226-2001 respecti-
vamente; y estando a la delegación de facultades conteni-
das en la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº
001322 del 16.2.99.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- SUSTITÚYASE el numeral 4 de la Sec-
ción VI NORMAS GENERALES del Procedimiento Espe-
cífico INRA-PE.07 BUENOS CONTRIBUYENTES, por el
siguiente:
"4. El plazo para emitir pronunciamiento es de tres (3)
días hábiles contados desde la fecha de la presentación de
la solicitud. Vencido el plazo, la petición de calificación o
recalificación se considera automáticamente aprobada en
la categoría solicitada."
Artículo 2º.- SUSTITÚYANSE los numerales 1, 2, 3 y
4 de la Sección VII DESCRIPCIÓN del Procedimiento
Específico INRA-PE.07 BUENOS CONTRIBUYENTES,
por los siguientes:
"Ingreso de la solicitud
1. El usuario del régimen de Admisión Temporal soli-
cita vía correo electrónico o vía trámite documentario, su
calificación o recalificación de Buen Contribuyente en
Admisión Temporal. De hacerlo vía correo electrónico, se
deberá remitir la solicitud a cualquiera de las direcciones
electrónicas: vtamayo@aduanet.gob.pe.; o achincha-
@aduanet.gob.pe.
La solicitud debe contener:
a) Nombre de la persona natural o razón social, según
corresponda.
b) Número de RUC, L.E. o DNI , según corresponda.
c) Dirección electrónica y/o domicilio fiscal.
d) Nombre del Representante Legal e Inscripción en
Registro Público (Número de asiento, de ficha y el registro
público en el que está inscrito).
e) Categoría solicitada (A, B o C).
Evaluación
2. El personal encargado de la evaluación de la solici-
tud, verificará si se cumple con los requisitos formales de
la norma.
3. De no estar conforme la solicitud presentada, el
evaluador notifica al usuario para que en el plazo de tres
(3) días hábiles subsane las observaciones, quedando
suspendido el plazo para la calificación hasta que se
cumpla con lo requerido en dicho término. De no efec-
tuarse la subsanación, se produce el abandono del trámite
en forma automática.
4. De ser conforme la solicitud o una vez superadas
las observaciones planteadas, el evaluador ingresa
todos los datos indicados en la solicitud, así como la
fecha de envío del correo electrónico del usuario o el
número y fecha del expediente en el Módulo Buenos
Contribuyentes".
Artículo 3º.- Lo dispuesto en la presente Resolución
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publi-
cación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALICIA OCHARAN ZEGARRA
Intendente Nacional de Administración
y Recaudación Aduanera
20909
INDECOPI
Aceptan renuncia de Secretario Téc-
nico de la Comisión Delegada de Re-
estructuración Patrimonial que opera
en la Cámara de Comercio de Lima
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 033-2001-INDECOPI/DIR
Lima, 23 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que el señor Luis Fernando Martinot Oliart, ha
presentado su renuncia al cargo de Secretario Técnico
de la Comisión Delegada de Reestructuración Patri-
monial del Indecopi que opera en la Cámara de Comer-
cio de Lima;
Que el Directorio del Indecopi ha aceptado la renuncia
presentada, con efectividad al 31 de marzo de 2001;
Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en
sesión de fecha 23 de marzo de 2001; y,
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del
RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por
el señor Luis Fernando Martinot Oliart al cargo de Secre-
tario Técnico de la Comisión Delegada de Reestructuración
Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de
Comercio de Lima, con efectividad al 31 de marzo de 2001,
dándole las gracias por los importantes servicios presta-
dos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS SEMINARIO PIZZORNI
Presidente del Directorio
20902
Designan Secretario Técnico de la
Comisión Delegada de Reestructura-
ción Patrimonial que opera en la Cá-
mara de Comercio de Lima
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 034-2001-INDECOPI/DIR
Lima, 26 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que conforme al Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº
788, el Indecopi se encuentra facultado a delegar funcio-
nes por medio de la suscripción de Convenios con organis-

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