08 054-2002-INDECOPI/DIR - Aceptan renuncia de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial que opera en la Cámara de Comercio de Lima

Fecha de disposición28 Junio 2002
Fecha de publicación28 Junio 2002
Pág. 225513
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 28 de junio de 2002
a) del Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 701, durante el
período comprendido entre el 28 de julio de 2001 y el 20 de
abril de 2002, en el que habrían participado las entidades
gremiales y empresas que a continuación se detallan:
• Asociación Peruana de Empresas de Seguros - APESEG.
• Generali Perú Compañía de Seguros y Reaseguros.
• La Positiva Seguros y Reaseguros.
• Rímac Internacional Compañía de Seguros y Rease-
guros.
• Sul América Seguros y Reaseguros S.A.
• El Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros.
• Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros.
• Wiese Aetna Compañía de Seguros.
• Royal&SunAlliance Seguros Fénix.
• Interseguro Compañía de Seguros de Vida S.A.
Segundo.- Encargar a la Secretaría Técnica solicite for-
malmente al Directorio del Indecopi para que de conformi-
dad con lo dispuesto en el Artículo 43º del Decreto Le-
gislativo Nº 807, evalúe la conveniencia y ordene, de con-
siderarlo pertinente, la publicación de la presente Reso-
lución así como del Informe de la Secretaría Técnica
Nº 003-2002-CLC en el Diario Oficial El Peruano.
Con el voto favorable de los señores miembros, César
Guzmán-Barrón Sobrevilla, Geoffrey Cannock Torero, Car-
los Adrianzén Cabrera, José Luis Sardón de Taboada, Ed-
gar Zamalloa Gallegos y Alfredo Ferrero Diez-Canseco.
CÉSAR GUZMÁN-BARRÓN SOBREVILLA
Presidente
11531
Aceptan renuncia de miembro de la
Comisión Delegada de Reestructuración
Patrimonial que opera en la Cámara de
Comercio de Lima
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 054-2002-INDECOPI/DIR
Lima, 26 de junio de 2002
CONSIDERANDO:
Que el señor Rodolfo Castellanos Salazar ha presen-
tado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Dele-
gada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que
opera en la Cámara de Comercio de Lima;
Que la citada renuncia ha sido aceptada por el Directo-
rio de la Institución; y,
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De-
creto Ley Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por
el señor Rodolfo Castellanos Salazar al cargo de miembro
de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial
del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio de Lima,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR ALMEYDA TASAYCO
Presidente del Directorio
11425
Designan miembro de la Comisión Dele-
gada de Reestructuración Patrimonial
que opera en la Cámara de Comercio
de Lima
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 055-2002-INDECOPI/DIR
Lima, 26 de junio de 2002
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo establecido en el Decreto Legisla-
tivo Nº 788 y en la Ley Nº 27146 y en el marco de la des-
centralización de sus funciones, el Indecopi ha suscrito
Convenios de Delegación de Funciones con distintas enti-
dades de prestigio, públicas y privadas, estableciendo Co-
misiones Delegadas de Reestructuración Patrimonial en-
cargadas de tramitar y resolver los procedimientos a que
se refiere la Ley de Reestructuración Patrimonial;
Que en ese contexto, resulta pertinente efectuar la in-
corporación de un nuevo miembro a la Comisión Delegada
de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en
la Cámara de Comercio de Lima;
Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y,
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De-
creto Ley Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor Fausto Miranda Te-
llo en el cargo de miembro de la Comisión Delegada de
Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la
Cámara de Comercio de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR ALMEYDA TASAYCO
Presidente del Directorio
11426
INSTITUTO NACIONAL
DE CULTURA
Rectifican la R.J. Nº 009/INC referida a
la ubicación de inmueble declarado
monumento en el distrito, provincia y
departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 449/INC
Lima, 29 de mayo de 2002
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 026-2001-INC/DCH-MGH la
Dirección de Centros Históricos advierte error material en
la Resolución Jefatural Nº 009/INC de fecha 12 de enero
de 1989, en el extremo que declara monumento al inmue-
ble, cuya numeración es incorrecta, el mismo que está ubi-
cado Jr. Conde de Superunda Nºs. 381-383-387-391-399,
esquina Rufino Torrico Nºs. 201-205, del distrito, provin-
cia y departamento de Lima, siendo la numeración co-
rrecta: Jr. Conde de Superunda Nºs. 381-383-387-391-
399 esquina Jr. Rufino Torrico Nºs. 201-205-209-217-221-
225-229-231, distrito, provincia y departamento de Lima;
Ley Nº 27444, en su Artículo 201º faculta a la Administra-
ción Pública a "rectificar el error material o aritmético en
los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto
retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia
de los administrados, siempre que no se altere lo sustan-
cial de su contenido ni el sentido de la decisión";
Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de
Proyectos Arquitectónicos en su sesión del 19 de marzo
de 2002 emitió el Acuerdo Nº 08, cuyo tenor es como
sigue: CONSIDERANDO: 1. Que, mediante Resolución
Jefatural Nº 009-89-INC/J del 12/1/1989 se declaró Mo-
numento al inmueble ubicado en el Jr. Conde de Supe-
runda Nºs. 381-383-387-391-399 esquina Jr. Rufino To-
rrico Nºs. 201-205, distrito, provincia y departamento de
Lima, Centro Histórico de Lima. 2. Que, en la mencio-
nada Resolución Jefatural, existe error material en la nu-
meración que es preciso corregir. SE ACORDÓ: Proponer
la rectificación de la Resolución Jefatural Nº 009-89-INC/J
del 12/1/1989, en el extremo referido a la numeración del

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