46 011-2004-INDECOPI/DIR - Dan por concluidas funciones de Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial en la Universidad Católica del Perú y declaran que el Indecopi reasume competencia en los procesos administrativos en

Fecha de disposición18 Febrero 2004
Fecha de publicación18 Febrero 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 18 de febrero de 2004
de constituir todo tipo de garantías que considere conve-
niente. Asimismo, se delegó al Directorio la facultad de
delegar cualquiera de las facultades otorgadas a los fun-
cionarios de la empresa que estime conveniente;
Que, mediante sesión de Directorio de QUIMPAC S.A.
de fecha 10 de diciembre de 2003, se aprobó las caracte-
rísticas del "Primer Programa de Bonos Corporativos Quim-
pac" hasta por un monto total de emisión de US$ 20 000
000,00 (Veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles,
asimismo se facultó al Gerente General, al Contralor Ge-
neral o al Gerente de Finanzas, para que cualquiera de
ellos en forma individual, puedan de manera expresa y de
la forma más amplia posible, ejercer las facultades nece-
sarias para determinar los términos, condiciones y carac-
terísticas específicas de cada una de las Emisiones a rea-
lizarse en el marco de dicho Programa;
Que, QUIMPAC S.A., debidamente representada por el
señor Esteban Viton Ramírez, Gerente de Finanzas, ha
solicitado a CONASEV la aprobación del trámite anticipa-
do de inscripción de valores, la inscripción del denomina-
do "Primer Programa de Bonos Corporativos Quimpac" en
el Registro Público del Mercado de Valores y el registro del
prospecto marco correspondiente, acompañando para tal
efecto la documentación necesaria;
Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la
información requerida por el Reglamento de Oferta Pública
Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por
Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10 y sus modifica-
torias, así como por las disposiciones aprobadas mediante
Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien-
tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de
Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF,
así como al acuerdo adoptado en sesión del Directorio de
CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, que faculta a la
Gerencia General de CONASEV para aprobar trámites
anticipados, inscripción de valores y registro de prospec-
tos derivados de trámites anticipados, así como disponer
la inscripción de programas de emisión de valores.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el
registro del prospecto marco correspondiente e inscribir el
programa de emisión de instrumentos de deuda denomi-
nado "Primer Programa de Bonos Corporativos Quimpac"
de QUIMPAC S.A., hasta por un monto máximo de Veinte
millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Amé-
rica (US$ 20 000 000,00) o su equivalente en Nuevos So-
les, en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 2º.- La inscripción de valores y registro de pros-
pectos se encuentra sujeto a lo dispuesto en el artículo
14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública
Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado me-
diante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10.
Artículo 3º.- La oferta pública de los instrumentos re-
presentativos de deuda a que se refiere el artículo 1º de la
presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo
dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo
29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta
de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONA-
SEV Nº 141-98-EF/94.10, y sus normas modificatorias.
Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV
la documentación e información a que se refieren los artícu-
los 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de
Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CO-
NASEV Nº 141-98-EF/94.10, y sus normas modificatorias.
Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el registro
a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución no
implican que CONASEV recomiende la inversión en los
valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del
negocio. Los documentos e información para una evalua-
ción complementaria están a disposición de los interesa-
dos en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a QUIM-
PAC S.A., al Banco de Crédito del Perú en su calidad de enti-
dad estructuradora y Representante de los Obligacionistas; a
Credibolsa S.A.B. S.A. en su calidad de agente colocador, a
la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SILVA WITHMORY
Gerente General
02967
INDECOPI
Aceptan renuncia de miembro de la
Comisión Ad Hoc adscrita a la Comi-
sión Delegada de Procedimientos
Concursales del Indecopi que opera en
el departamento de La Libertad
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE
LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DEL INDECOPI
Nº 010-2004-INDECOPI/DIR
Lima, 13 de febrero de 2004
CONSIDERANDO:
Que la señorita Myluska Zavaleta Barreto ha presen-
tado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Ad Hoc
adscrita a la Comisión Delegada de Procedimientos Con-
cursales del Indecopi que opera en el departamento de La
Libertad;
Que la mencionada renuncia ha sido aceptada por el
Directorio de la institución; y,
De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del De-
creto Ley Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la
señorita Myluska Zavaleta Barreto, al cargo de miembro
de la Comisión Ad Hoc adscrita a la Comisión Delegada
de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en
el departamento de La Libertad, dándosele las gracias por
los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ARRUNÁTEGUI MARTÍNEZ
Presidente del Directorio (e)
03232
Dan por concluidas funciones de Comi-
sión Delegada de Reestructuración Pa-
trimonial en la Universidad Católica del
Perú y declaran que el Indecopi reasu-
me competencia en los procesos admi-
nistrativos en trámite
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA
COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 011-2004-INDECOPI/DIR
Lima, 13 de febrero de 2004
CONSIDERANDO:
Que conforme al Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº
788 y a lo previsto en Ley General del Sistema Concursal,
el Indecopi suscribió con la Pontificia Universidad Católica
del Perú un Convenio de Delegación de Funciones por el
cual se instaló una Comisión encargada de la tramitación y
conocimiento de procedimientos administrativos referidos
a materia concursal;
Que conforme a las disposiciones correspondientes del
citado Convenio de Delegación de Funciones y de sus
Addendums correspondientes, la vigencia del mismo con-
cluye con fecha 18 de febrero de 2004;
Que en ese contexto corresponde dar por concluidas,
a dicha fecha, las funciones de la Comisión Delegada de
Procedimientos Concursales establecida en virtud al refe-
rido Convenio, así como las funciones correspondientes

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