1067 048-2006-EM - Otorgan concesión definitiva a Minera Pampa de Cobre S.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en los departamentos de Arequipa y Moquegua

Fecha de disposición05 Septiembre 2006
Fecha de publicación05 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
martes 5 de setiembre de 2006 327365
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ENERGÍA Y MINAS
Otorgan concesión definitiva a Minera
Pampa de Cobre S.A. para desarrollar
la actividad de transmisión de energía
eléctrica en los departamentos de
Arequipa y Moquegua
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 048-2006-EM
Lima, 4 de setiembre de 2006
VISTO: El Expediente Nº 14145306, sobre
otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la
actividad de transmisión de energía eléctrica, presentada
por la Minera Pampa de Cobre S.A., persona jurídica
inscrita en la Partida Nº 11529960 de la Oficina Registral
de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, la solicitud presentada por la Minera Pampa de
Cobre S.A. tiene por objeto obtener la concesión definitiva
para desarrollar la actividad de transmisión con la Línea de
Transmisión de 33 kV SE Polobaya - SE Pampa de Cobre,
ubicada en el distrito de Polobaya, provincia y departamento
de Arequipa, y en el distrito de La Capilla, provincia General
Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, cuyas
coordenadas UTM figuran en el Expediente;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 394-2005-
MEM/AAM de fecha 9 de setiembre de 2005, se aprobó
el Estudio de Impacto Ambiental de la Línea de
Transmisión de 33 kV SE Polobaya - SE Pampa de Cobre;
Que, la petición se halla amparada en las
disposiciones contenidas en el artículo 25º del Decreto
Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y los
artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con
los requisitos legales para su presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verificado y evaluado que la peticionaria ha
cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de
Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el
Informe Nº 205-2006-DGE-CEL;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53º
del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a la Minera Pampa de Cobre
S.A., concesión definitiva para desarrollar la actividad de
transmisión de energía eléctrica con la Línea de
Transmisión de 33 kV SE Polobaya - SE Pampa de Cobre,
ubicada en el distrito de Polobaya, provincia y
departamento de Arequipa, y en el distrito de La Capilla,
provincia General Sánchez Cerro, departamento de
Moquegua, en los términos y condiciones de la presente
Resolución y los que se detallan en el Contrato de
Concesión que se aprueba en el artículo 3º de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Las características principales de los
bienes indispensables para operar la concesión son las
siguientes:
Salida/Llegada de la Tensión Nº de Longitud Ancho de Faja
línea de transmisión (kV) ternas (km) de servidumbre
que corresponde
(m)
SE Polobaya - 33 01 26,68 11
SE Pampa de Cobre
Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº
286-2006 a suscribirse con la Minera Pampa de Cobre
S.A., el que consta de 18 cláusulas y 04 anexos.
Artículo 4º.- Autorizar al Director General de
Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato
de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la
Escritura Pública correspondiente.
Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución
Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública a
que dé origen el Contrato de Concesión Nº 286-2006,
referido en el artículo 3º de esta Resolución, en
cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley
de Concesiones Eléctricas.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días
hábiles siguientes a su expedición y deberá ser publicada
para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una
sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la
Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
01767-3
INTERIOR
Dan por concluida designación de
Director Ejecutivo de la Dirección
General de Gobierno Interior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1959-2006-IN
Lima, 4 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1427-2005-
IN del 2 de junio del 2005, se designó a señor ingeniero
Hugo Rolando Ramos Barranca en el cargo público de
confianza de Director de Sistema Administrativo III,
Categoría F-4, Director Ejecutivo de la Dirección General
de Gobierno Interior del Ministerio del Interior;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la
designación del referido funcionario;
Estando a la dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos,
el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprueba el Texto
Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 Ley del
Ministerio del Interior y el Decreto Supremo Nº 004-2005-
IN que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida la designación
del señor ingeniero Hugo Rolando RAMOS BARRANCA
en el cargo público de confianza de Director de Sistema
Administrativo III, Categoría F-4, Director Ejecutivo de la
Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del
Interior, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra del Interior
01762-1
Designan Director General de la
Oficina General de Defensa Nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1960-2006-IN
Lima, 4 de septiembre del 2006

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