Decreto Supremo Nº 12 - 2008 - MINCETUR de Ministerio de Comercio Exterior, 2008
Año | 2008 |
Número de Decreto | 12 - 2008 - MINCETUR |
Emisor | Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Perú) |
D.S. Nº 012-2008-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 12º de la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, establece que los ingresos provenientes de la recaudación del mencionado impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponda a la SUNAT serán transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para que los utilice a través del Plan COPESCO Nacional (antes, Proyecto Especial Plan COPESCO) y la Comisión de Promoción del Perú, actualmente fusionada a PROMPEX bajo la denominación de Comisión de Promoción para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos a que se refiere el artículo 1º de dicha Ley, de acuerdo al Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional;
Que, asimismo, el numeral 3.1 del artículo 3º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2006-MINCETUR, dispone que el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, constituido con los recursos que genera la aplicación del artículo 12º de la Ley Nº 27889, antes citado, es un patrimonio bajo la administración y gestión del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, para financiar exclusivamente las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional, contenidos en el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional aprobado por el MINCETUR;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 246-2007-MINCETUR/DM, de fecha 26 de diciembre de 2007, modificada por Resolución Ministerial Nº 065-2008-MINCETUR/DM, del 23 de abril de 2008, se aprobó el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2008, el cual incluye recursos destinados al proyecto de “Mejoramiento de las vías de acceso al Centro Arqueológico de Caral – Supe”, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de su Unidad Ejecutora 010: MTC – Provías Descentralizado, así como cuatro proyectos relativos a la rehabilitación, mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y saneamiento de las localidades de Montevideo, San Bartolo, Santo Tomás y María, en el departamento de Amazonas, proyectos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de su Unidad Ejecutora 004 – Programa Agua Para Todos;
Que, cabe relievar la importancia de dichos proyectos para el desarrollo de la actividad turística, siendo Caral reconocida como la civilización más antigua de América, lo cual la convierte en un atractivo de orden histórico cultural tanto para el turismo interno como receptivo; por su parte, las localidades de Montevideo, San Bartolo, Santo Tomás y María, en el departamento de Amazonas, son pueblos de soporte en el circuito turístico de la Fortaleza de Kuélap, yacimiento arqueológico que constituyó un lugar sagrado y que representa probablemente el icono turístico más importante del Circuito Turístico Norte, siendo su época de máximo esplendor cultural entre los siglos X y XV;
Que, por tales razones se considera conveniente la transferencia de recursos del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Unidad Ejecutora 010 y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Unidad Ejecutora 004, para la ejecución de los proyectos antes mencionados, incorporados en los Pliegos Presupuestarios de estos Ministerios, recursos que se derivan de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios provenientes de la Ley Nº 27889, antes citada;
Que, de acuerdo con el numeral 75.1 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, son transferencias financieras entre pliegos presupuestarios los traspasos de fondos públicos sin contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; asimismo, según el numeral 75.2 del mismo artículo 75º, modificado por la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, o del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales, se aprueban mediante Decreto Supremo, con refrendo del Ministro del Sector correspondiente y del Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público;
De conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411 y modificatorias, y la Ley Nº 27889 – Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003- MINCETUR;
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Aprobación de Transferencia Financiera
Aprobar las transferencias financieras del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional), a favor de las entidades públicas que a continuación se detalla, hasta por el monto de S/ 2´333,434.00 (Dos millones trescientos treinta y tres mil cuatrocientos treinta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinado a la ejecución de los siguientes proyectos incluidos en el Plan de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional del año 2008.
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ITEM |
PROYECTO |
SNIP |
MONTO TOTAL (Nuevos Soles) |
PLIEGO DE DESTINO |
UNIDAD EJECUTORA |
1 |
“Mejoramiento de las Vías de Acceso al Centro Arqueológico de Caral – Supe” |
21330 |
1'000,000.00 |
Ministerio de Transporte y Comunicaciones |
UE 010 MTC - Provías Descentralizado |
2 |
“Rehabilitación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la Localidad de Montevideo” |
79589 |
129,600.00 |
Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento – |
UE 004: Programa Agua Para Todos – Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural |
3 |
“Rehabilitación Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua y Saneamiento de la Localidad de San Bartolo” |
74377 |
163,834.00 |
Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento – |
UE 004: Programa Agua Para Todos – Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural |
4 |
“Rehabilitación Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua y Saneamiento de la Localidad de Santo Tomás” |
75784 |
440,000.00 |
Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento – |
UE 004: Programa Agua Para Todos – Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural |
5 |
“Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua y Saneamiento de la Localidad de María” |
79589 |
600,000.00 |
Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento – |
UE 004: Programa Agua Para Todos – Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural |
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TOTAL |
2’333,434.00 |
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ARTÍCULO 2º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil ocho.
EXPOSICION DE MOTIVOS
PROYECTO DE DECRETO SUPREMO PARA TRANSFERENCIAS FINANCIERAS A FAVOR DE ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO
El Plan COPESCO Nacional, tiene como objeto formular, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar proyectos de inversión de interés turístico a nivel nacional; y prestar apoyo técnico especializado para la ejecución de proyectos turísticos a los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades públicas que lo requieran, suscribiendo para el efecto los convenios de cooperación interinstitucional que corresponda.
Los proyectos, financiados con recursos de la Ley Nº 27889, están programados en el Plan Anual del Fondo de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional 2008 aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 246-2007-MINCETUR/DM y modificado mediante Resolución Ministerial Nº 065-2008-MINCETUR/DM.
Dentro de los proyectos programados, se...
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