Decreto Supremo Nº 8 - 2022 - MINCETUR de Ministerio de Comercio Exterior, 2022

Año2022
Número de Decreto8 - 2022 - MINCETUR
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
9
NORMAS LEGALES
Jueves 4 de agosto de 2022
El Peruano
/
“Artículo 6-A. Deniciones
Para la aplicación e interpretación del presente
Reglamento se consideran las siguientes deniciones:
a. Gobernanza Territorial: Es el proceso que requiere
de actores territoriales para una gestión articulada y
armónica, basada en una visión territorial compartida.
Dicho proceso se expresa en actividades orientadas
a alcanzar decisiones sobre asuntos estratégicos en
el territorio, considerando oportunidades y vocaciones
del mismo. A la vez, implica el diseño y uso de
instrumentos y procedimientos para la interacción entre
los actores territoriales, capaces de acoger y canalizar
la heterogeneidad y la diversidad en la búsqueda del
desarrollo sostenible. Si los dos elementos anteriores
se consiguen, entonces se hacen posibles arreglos
institucionales que distribuyen el poder y los roles de
los actores territoriales involucrados, orientando las
decisiones a favor del bienestar de los ciudadanos, para
alcanzar el desarrollo sostenible y competitivo de los
territorios. Para la gobernanza territorial, la coordinación y
la implementación de políticas públicas descentralizadas
son claves para mejorar la toma de decisión en los
distintos ámbitos territoriales.
b. Desarrollo Territorial: Es un proceso donde
participan los actores clave del territorio teniendo en cuenta
las aspiraciones de las personas, el análisis del territorio en
las dimensiones político-institucional, económica, social,
ambiental y tecnológica, y considerando los escenarios
contextuales, disruptivos y las alertas tempranas, con la
nalidad de establecer la imagen del territorio deseado,
con un horizonte determinado, en busca del bienestar
de las personas. Se construye de forma participativa y
concertada.
c. Agenda Territorial: Es una herramienta que permite
identicar las prioridades de un territorio y los resultados
que se buscan alcanzar en el corto y mediano plazo,
para el desarrollo territorial; es consensuada mediante el
diálogo por los actores de un determinado territorio.
“Artículo 15-A. Registro; criterios para asumir
compromisos; seguimiento de pedidos y/o
compromisos; y transparencia
15-A 1. Las instancias operativas del CCI, con el
apoyo de la Secretaría Técnica, llevan un registro de
sus reuniones, a través de relatorías, documentos que
contienen la lista principal de participantes, describen
los pedidos de los actores territoriales, así como los
compromisos que asumen los actores gubernamentales.
15-A 2. Cada sector determina, mediante comunicación
escrita remitida a la Presidencia del Consejo de Ministros,
los criterios de viabilidad de los compromisos que puede
asumir, a n de asegurar su cumplimiento, ello en el marco
de las reuniones de las instancias operativas del CCI.
15-A 3. Las reuniones preparatorias sectoriales
iniciales que se lleven a cabo en el desarrollo de las
instancias operativas deben registrarse a través de
relatorías, cuya elaboración está a cargo del sector que
corresponda. Una copia de la relatoría deber ser remitida
a la Presidencia del Consejo de Ministros. Los sectores,
además, deben asegurar un adecuado seguimiento y
cumplimiento de los pedidos y/o compromisos asumidos
en dichas reuniones preparatorias.
15-A 4. Corresponde a todos los sectores y/o actores
gubernamentales de nivel nacional publicar en las sedes
digitales de las entidades competentes y hacer seguimiento
mensual de los pedidos realizados por los actores
gubernamentales de los niveles regional y local; así como,
los compromisos que asuman en el marco de las instancias
operativas con relación a los referidos pedidos.
Artículo 4.- Publicación
El presente Decreto Supremo se publica en la sede
digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.
gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario
Ocial El Peruano.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días
del mes de agosto del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2092332-5
Aceptan renuncia de Secretario General del
Despacho Presidencial
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 193-2022-PCM
Lima, 3 de agosto de 2022
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 111-2022-PCM,
se designó al señor JORGE RICARDO ALVA CORONADO
como Secretario General del Despacho Presidencial;
Que, el referido funcionario ha presentado su renuncia
al cargo que venía desempeñando, la cual es pertinente
aceptar;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto
Supremo N° 077-2016-PCM, que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Despacho Presidencial,
modicado por Decreto Supremo 037-2017-PCM;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el
señor JORGE RICARDO ALVA CORONADO al cargo de
Secretario General del Despacho Presidencial, dándosele
las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2092337-1
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Decreto Supremo que modiica el
Reglamento de la Ley N° 28868, Ley que
faculta al Ministerio de Comercio Exterior
y Turismo a tipiicar infracciones por vía
reglamentaria en materia de prestación
de servicios turísticos y la caliicación de
establecimientos de hospedaje y establece
las sanciones aplicables, aprobado por el
Decreto Supremo N° 0072007MINCETUR
DECRETO SUPREMO
N° 008-2022-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal b) del numeral 23.1 del artículo 23 de la
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 04/08/2022 03:39

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