Decreto supremo N° 206-2023-EF. Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos Gobiernos Regionales

Fecha de publicación23 Septiembre 2023
SecciónSección Única
29
NORMAS LEGALES
Sábado 23 de setiembre de 2023
El Peruano
/
gobiernos regionales y gobiernos locales; estableciendo
en el numeral 17.3 del citado artículo que el mencionado
proyecto de decreto supremo recoge las Resoluciones o
Acuerdos tomando en cuenta la periodicidad trimestral;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar la
formalización de los Créditos Suplementarios del
Segundo Trimestre del Año Fiscal 2023, en el Presupuesto
Consolidado de las empresas y organismos públicos de
los gobiernos regionales y gobiernos locales;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 50.5
del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto
Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
y, en el Decreto Supremo Nº 295-2022-EF, Decreto
Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado
de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2023 de las
empresas no nancieras y organismos públicos de los
gobiernos regionales y gobiernos locales;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto
Aprobar en el Presupuesto Consolidado de las
empresas y organismos públicos de los gobiernos
regionales y gobiernos locales correspondiente al
Año Fiscal 2023, la formalización de los Créditos
Suplementarios del Segundo Trimestre del Año Fiscal
2023, hasta por S/ 125 147 061,00 (CIENTO VEINTICINCO
MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SESENTA
Y UNO Y 00/100 SOLES), de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS En Soles
Fuente de Financiamiento
Recursos Directamente Recaudados 93 113 143,00
Donaciones y Transferencias 32 033 918,00
============
TOTAL INGRESOS 125 147 061,00
============
EGRESOS En Soles
Gastos Corrientes 25 611 143,00
Gastos de Capital 99 535 918,00
============
TOTAL EGRESOS 125 147 061,00
============
Artículo 2. Desagregado del presupuesto
consolidado
El desagregado de los montos aprobados en el artículo
1 del presente Decreto Supremo, a nivel consolidado de
las empresas y organismos públicos de los gobiernos
regionales y gobiernos locales, se detalla en los anexos
I, II, III, III-1 y III-2 que forman parte integrante de la
presente norma, los cuales se publican en la sede digital
del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef),
en la misma fecha de publicación del presente Decreto
Supremo en el diario ocial El Peruano, de acuerdo al
detalle siguiente:
Descripción Anexos
Distribución del egreso de las empresas y organismos
públicos de los gobiernos regionales y gobiernos
locales por fuente de nanciamiento y genérica del
gasto – Segundo Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº I
Distribución del ingreso de las empresas y organismos
públicos de los gobiernos regionales y gobiernos
locales – por fuente de nanciamiento – Segundo
Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº II
Distribución del egreso de las empresas y organismos
públicos de los gobiernos regionales y gobiernos
locales por genérica del gasto recursos públicos
Segundo Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº III
Distribución del egreso de las empresas y organismos
públicos de los gobiernos regionales y gobiernos
locales – por genérica del gasto fuente de
nanciamiento Recursos Directamente Recaudados –
Segundo Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº III-1
Descripción Anexos
Distribución del egreso de las empresas y
organismos públicos de los gobiernos regionales y
gobiernos locales – por genérica del gasto – fuente
de nanciamiento Donaciones y Transferencias –
Segundo Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº III-2
Artículo 3. Efectos de la formalización
La formalización de los Créditos Suplementarios en el
Presupuesto Consolidado de las empresas y organismos
públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales
para el Segundo Trimestre del Año Fiscal 2023, no
convalida los actos administrativos o de administración
que se hayan ejecutado, sin sujeción a la normatividad
presupuestaria.
Artículo 4. Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós
días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
2218362-4
Decreto Supremo que autoriza
Transferencia de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a
favor de diversos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO
Nº 206-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley Nº 31638,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2023, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los
recursos de su presupuesto institucional del Año Fiscal
2023, a efectuar modicaciones presupuestarias en el
nivel institucional a favor de los gobiernos regionales,
hasta por la suma de S/ 641 184 000,00 (SEISCIENTOS
CUARENTA Y UN MILLONES CIENTO OCHENTA Y
CUATRO MIL Y 00/100 SOLES) para nanciar, entre
otras nalidades, lo dispuesto en el literal j) del citado
numeral, referido al pago de los derechos, benecios y
asignaciones de los docentes nombrados y contratados,
así como de los asistentes y auxiliares contratados a
los que se reere la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y
Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública
de sus Docentes;
Que, asimismo, los numerales 41.2 y 41.4 del artículo
41 de la Ley Nº 31638, dispone que dichas modicaciones
presupuestarias en el nivel institucional, se aprueban
mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de
Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a
propuesta de este último, conforme con las disposiciones
establecidas por el Ministerio de Educación, en el marco
de la normatividad de la materia; debiendo publicarse
hasta el 30 de noviembre de 2023 y ser presentados
al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 06 de
noviembre de 2023; para lo cual, en los casos que
corresponda, se exceptúa al Ministerio de Educación y a
los gobiernos regionales de lo dispuesto por el artículo 6
de la citada Ley;
Que, mediante el Ocio Nº 00373-2023-MINEDU/
DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia
de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 1 537
284,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS TREINTA Y SIETE
MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 23/09/2023 01:59

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