Decreto supremo N° 196-2023-EF. Decreto Supremo que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ)

Fecha de publicación10 Septiembre 2023
SecciónSección Única
6NORMAS LEGALES Domingo 10 de setiembre de 2023
El Peruano
/
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ
Ministra de Desarrollo Agrario y Riego
2213662-5
ECONOMÍA Y FINANZAS
Decreto Supremo que autoriza Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2023 a favor de
la Comisión de Promoción del Perú para la
Exportación y el Turismo (PROMPERÚ)
DECRETO SUPREMO
Nº 196-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley Nº 27889, Ley
que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la
Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, se establece que
los ingresos provenientes de la recaudación del Impuesto
Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico
Nacional, luego de deducido el porcentaje que conforme
a Ley corresponda a la Superintendencia Nacional de
Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), son
transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
(MINCETUR), para que los utilice exclusivamente en el
desarrollo de las actividades y proyectos destinados a la
promoción y desarrollo del turismo nacional, a través de la
Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el
Turismo (PROMPERÚ), entre otros;
Que, el numeral 1 de la Segunda Disposición
Complementaria Modicatoria de la Ley N° 31672,
Ley que modica la Ley N° 27889, Ley que crea el
Fondo y el lmpuesto Extraordinario para la Promoción y
Desarrollo Turístico Nacional, establece que los recursos
que provengan de la aplicación de la Ley N° 27889, se
incorporan en los presupuestos institucionales mediante
decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía
y Finanzas y el Ministro del sector respectivo, para el caso
de los mayores ingresos recaudados y los no utilizados
en años anteriores, a favor de los pliegos Comisión de
Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo
(PROMPERÚ) y del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo (MINCETUR);
Que, asimismo, el numeral 2 de la Segunda
Disposición Complementaria Modicatoria de la Ley
31672, indica que el decreto supremo que aprueba la
incorporación de los mayores ingresos provenientes de
la aplicación de la Ley N° 27889, se publica durante el
ejercicio presupuestal respectivo, en un plazo no mayor
de treinta (30) días calendario, contados a partir de la
solicitud del sector respectivo;
Que, mediante el Ocio N° 1002-2023-MINCETUR/
SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
(MINCETUR) solicita la incorporación de recursos vía
Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de
S/ 58 192 545,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES
CIENTO NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) a favor de la
Comisión de Promoción del Perú para la Exportación
y el Turismo (PROMPERÚ), para nanciar actividades
de recuperación y fortalecimiento de las acciones de
promoción y desarrollo del turismo en el Perú, en el marco
del Plan Anual de Promoción Turístico Nacional para el
año 2023; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N°
0302-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Ocina
de Planicación y Presupuesto de la Ocina General
de Planicación, Presupuesto y Desarrollo del citado
Ministerio, con los respectivos sustentos, y el Informe
N° 000079-2023-PROMPERU/GG-OPP de la Ocina de
Planeamiento y Presupuesto de PROMPERÚ, a través
del cual se señala que existe un saldo acumulado de
recursos captados y no asignados correspondientes
al “Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico
Nacional”;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar la
incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023,
hasta por la suma de S/ 58 192 545,00 (CINCUENTA
Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES),
a favor de la Comisión de Promoción del Perú para
la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), con cargo
a los recursos provenientes de los mayores ingresos
recaudados y no utilizados en años anteriores, en el marco
de lo establecido en la Ley N° 27889 y en la Ley N° 31672,
para los nes señalados en el considerando precedente;
De conformidad con lo establecido en la Segunda
Disposición Complementaria Modicatoria de la Ley N°
31672, Ley que modica la Ley N° 27889, Ley que crea
el Fondo y el lmpuesto Extraordinario para la Promoción y
Desarrollo Turístico Nacional;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 58 192 545,00
(CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y
DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100
SOLES), a favor de la Comisión de Promoción del Perú para
la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), para nanciar
actividades de recuperación y fortalecimiento de las acciones
de promoción y desarrollo del turismo en el Perú, con
cargo a los recursos provenientes de los mayores ingresos
recaudados y no utilizados en años anteriores, producto de
la aplicación de la Ley N° 27889, Ley que crea el Fondo y
el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo
Turístico Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la
Segunda Disposición Complementaria Modicatoria de la
Ley N° 31672, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS En Soles
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
1.1.4.2.1.1 Impuesto Extraordinario
para la Promoción y Desarrollo
Turístico Nacional 58 192 545,00
--------------------
TOTAL INGRESOS 58 192 545,00
===========
EGRESOS En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 008 : Comisión de Promoción del Perú
para la Exportación y el Turismo -
PROMPERÚ
UNIDAD EJECUTORA 001 : Comisión de Promoción del Perú
para la Exportación y el Turismo -
PROMPERÚ
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0127 : Mejora de la competitividad de los
destinos turísticos
PRODUCTO 3000665 : Destinos turísticos con servicios de
promoción de la oferta turística
ACTIVIDAD 5005050 : Promoción interna de los destinos
turísticos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 14 960 298,00
ACTIVIDAD 5005051 : Promoción externa de los destinos
turísticos
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 10/09/2023 00:20

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