Decreto supremo N° 190-2023-EF. Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de la Autoridad Nacional del Agua (ANA)

Fecha de publicación01 Septiembre 2023
SecciónSección Única
19
NORMAS LEGALES
Viernes 1 de setiembre de 2023
El Peruano
/
Decreto Supremo que autoriza
Transferencia de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2023
a favor de la Autoridad Nacional del Agua
(ANA)
DECRETO SUPREMO
N° 190-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31639,
Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2023, establece que cuando,
luego de la evaluación periódica de los recursos previstos
en la fuente de nanciamiento Recursos por Operaciones
Ociales de Crédito, resulte necesario realizar
modicaciones presupuestarias en el nivel institucional
-incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas
a las operaciones de endeudamiento contratadas y
no ejecutadas-, el Poder Ejecutivo queda autorizado
para que, mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas, realice las mencionadas
modicaciones presupuestarias, únicamente, respecto de
aquellos Recursos por Operaciones Ociales de Crédito
en proceso de desembolso o con contratos de préstamo
suscritos; precisando en el numeral 3.2 del citado artículo
que dicha acción deberá ser informada a la Comisión
de Presupuesto y Cuenta General de la República del
Congreso de la República, durante los primeros cinco (05)
días hábiles de haber sido realizada;
Que, mediante Decreto Supremo N° 233-2017-EF,
se aprueba la operación de endeudamiento externo
entre la República del Perú y el Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento (BIRF), hasta por la suma
de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y
00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a nanciar
parcialmente el proyecto de inversión “Gestión Integrada
de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas” a cargo de
la Autoridad Nacional del Agua (ANA); suscribiéndose el
Contrato de Préstamo N° 8740-PE;
Que, mediante Decreto Supremo N° 050-2020-EF,
se aprueba la operación de endeudamiento externo
entre la República del Perú y el Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento (BIRF), hasta por la suma de
US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100
DÓLARES AMERICANOS), para nanciar parcialmente
el proyecto de inversión “Creación del servicio de
catastro urbano en distritos priorizados de las provincias
de Chiclayo y Lambayeque del Departamento de
Lambayeque; la Provincia de Lima del Departamento de
Lima y la Provincia de Piura del Departamento de Piura”
a cargo del Organismo de Formalización de la Propiedad
Informal (COFOPRI); suscribiéndose el Contrato de
Préstamo N° 9035-PE;
Que, mediante los Ocios N° D00390-2023-COFOPRI-
DE y N° D000361-2023-COFOPRI-GG, COFOPRI
informa acerca de los saldos disponibles por la fuente
de nanciamiento Recursos por Operaciones Ociales
de Crédito, en el proyecto de inversión “Creación del
servicio de catastro urbano en distritos priorizados de las
provincias de Chiclayo y Lambayeque del Departamento
de Lambayeque, la Provincia de Lima del Departamento
de Lima y la Provincia de Piura del Departamento de Piura”
con CUI N° 2459010; así como acerca de la propuesta
de modicación presupuestal en el nivel institucional
para nanciar el proyecto de inversión “Gestión Integrada
de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas” con CUI
N° 2309051 a cargo de la ANA; adjuntando para dicho
efecto, los Informes N° D000117-2023-COFOPRI-OPP
y N° D000129-2023-COFOPRI-OPP de la Ocina de
Planeamiento y Presupuesto de COFOPRI y el Informe
Técnico N° 431-2023/VIVIENDA-OGPP-OI de la Ocina
de Inversiones, de la Ocina General de Planeamiento
y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento; a través de los cuales se brinda opinión
favorable para la modicación presupuestaria en el marco
de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 31639, Ley de
Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2023;
Que, mediante el Ocio N° 1841-2023-MIDAGRI-SG
el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI)
solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de la
ANA, con cargo a los saldos de libre disponibilidad del
COFOPRI, por la fuente de nanciamiento Recursos
por Operaciones Ociales de Crédito, para nanciar el
proyecto de inversión “Gestión Integrada de los Recursos
Hídricos en Diez Cuencas” con CUI N° 2309051, el cual
fue complementado con el Ocio N° 0081-2023-ANA-
OPP de la ANA; adjuntando, para dicho efecto, el Informe
N° 264-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la Ocina
de Presupuesto de la Ocina General de Planeamiento
y Presupuesto del citado Ministerio, así como el Informe
N° 0110-2023-ANA-OPP de la Ocina de Planeamiento y
Presupuesto y los Informes N° 0047-2023-ANA-MGRH-
UPP y N° 0080-2023-ANA-MGRH-UPP de la Unidad de
Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002.
Modernización de la gestión de los recursos hídricos de la
ANA, con los respectivos sustentos;
Que, mediante el Memorando N° 0298-2023-EF/52.04,
la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de
Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias,
opina favorablemente respecto a la Transferencia de
Partidas del Organismo de Formalización de la Propiedad
Informal (COFOPRI) a favor de la Autoridad Nacional del
Agua (ANA), por la fuente de nanciamiento Recursos
por Operaciones Ociales de Crédito, para nanciar la
ejecución del proyecto de inversión “Gestión Integrada
de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas” con CUI N°
2309051;
Que, asimismo, mediante el Memorando N° 0446-
2023-EF/63.04, la Dirección General de Programación
Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y
Finanzas, remite el Informe N° 0289-2023-EF/63.04 de
la Dirección de Gestión de Inversiones, en el cual señala
que como resultado de la revisión de la información
registrada en el Banco de Inversiones del proyecto de
inversión “Gestión Integrada de los Recursos Hídricos
en Diez Cuencas” con CUI N° 2309051, no se presentan
comentarios en el marco del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones,
encontrándose el citado proyecto de inversión viable,
activo y en fase de ejecución;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una
Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 6
976 425,00 (SEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA
Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100
SOLES), del Organismo de Formalización de la Propiedad
Informal (COFOPRI) a favor de la Autoridad Nacional del
Agua (ANA), para nanciar la ejecución del proyecto de
inversión “Gestión Integrada de los Recursos Hídricos
en Diez Cuencas” con CUI N° 2309051, vinculado a la
operación de endeudamiento externo aprobada mediante
el Decreto Supremo N° 233-2017-EF;
De conformidad con lo establecido en el numeral
3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio
Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2023;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2023, hasta por la suma de S/ 6 976 425,00, (SEIS
MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
CUATROCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES),
a favor de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), para
nanciar la ejecución del proyecto de inversión “Gestión
Integrada de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas”
con CUI N° 2309051, vinculada a la operación de
endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto
Supremo N° 233-2017-EF, en el marco de lo dispuesto en
el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31639, Ley de
Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos del
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 01/09/2023 01:44

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR