Decreto Supremo N° 173-2022-EF. Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
Fecha de publicación | 27 Julio 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional durante el presente Año Fiscal, a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, con cargo a los recursos a los que se refiere el numeral 1 de la citada Disposición Complementaria Final, transferidos a favor de la Reserva de Contingencia, por las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar, entre otros, los gastos asociados a la reactivación económica; las cuales se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440 establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, mediante el Oficio Nº 2944-2022-SG/MINSA, complementado con los Oficios Nº 1369-2022-OGPPM-OP/MINSA y Nº 1385-2022-OGPPM-OP/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, para financiar la ejecución de trece (13) proyectos de inversión; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 454-2022-OP-OGPPM/MINSA, Nº 521-2022-OP-OGPPM/MINSA y Nº 544-2022-OP-OGPPM/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los sustentos correspondientes;
Que, mediante el Memorando Nº 0266-2022-EF/63.04, que adjunta el Informe Nº...
CONSIDERANDO:
Que, mediante el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional durante el presente Año Fiscal, a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, con cargo a los recursos a los que se refiere el numeral 1 de la citada Disposición Complementaria Final, transferidos a favor de la Reserva de Contingencia, por las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar, entre otros, los gastos asociados a la reactivación económica; las cuales se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440 establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, mediante el Oficio Nº 2944-2022-SG/MINSA, complementado con los Oficios Nº 1369-2022-OGPPM-OP/MINSA y Nº 1385-2022-OGPPM-OP/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, para financiar la ejecución de trece (13) proyectos de inversión; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 454-2022-OP-OGPPM/MINSA, Nº 521-2022-OP-OGPPM/MINSA y Nº 544-2022-OP-OGPPM/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los sustentos correspondientes;
Que, mediante el Memorando Nº 0266-2022-EF/63.04, que adjunta el Informe Nº...
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