DECRETO SUPREMO N° 041-2015-RE - Crean Proyecto Especial Perú APEC 2016 en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores

Fecha de disposición18 Agosto 2015
Fecha de publicación18 Agosto 2015
559388 NORMAS LEGALES Martes 18 de agosto de 2015 /
El Peruano
de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos;
Que, resulta necesario designar a la profesional que
desempeñe dicho cargo;
De conformidad con lo previsto en Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley
Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-
2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y
la Resolución Ministerial Nº 0220-2015-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora Licenciada
Norma Alejandrina Herrera Herrera en el cargo de libre
designación y remoción, Director de Sistema Administrativo
II, Nivel F-3, Jefa de la Of‌i cina de Racionalización de
la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1275550-1
PRODUCE
Designan representante suplente del
Ministerio ante el Fondo Nacional de
Capacitación Laboral y de Promoción del
Empleo - FONDOEMPLEO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 277-2015-PRODUCE
Lima, 17 de agosto de 2015
VISTOS: El Memorando Nº 02242-2015-PRODUCE/
DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e
Industria; el Informe Nº 00029-2015-PRODUCE/OGAJ-
kramírezz de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 892,
que regula el derecho de los trabajadores a participar en
las utilidades de las empresas que desarrollan actividades
generadoras de rentas de tercera categoría, se establece
que de existir un remanente entre el porcentaje que
corresponde a la actividad de la empresa y el límite en
la participación de las utilidades por trabajador, a que se
ref‌i ere el artículo 2 del mencionado Decreto Legislativo, se
aplicará a la capacitación de trabajadores y a la promoción
del empleo, a través de la creación de un Fondo;
Que, el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 009-98-
TR, Reglamento para la aplicación del derecho de los
trabajadores de la actividad privada a participar en las
utilidades que generen las empresas donde prestan
servicios, señala que el Fondo Nacional de Capacitación
Laboral y de Promoción del Empleo - FONDOEMPLEO es
una persona jurídica de derecho privado, con autonomía
administrativa, económica y f‌i nanciera;
Que, el artículo citado en el considerando precedente
dispone también que el Fondo será administrado por un
Consejo Directivo el cual estará integrado, entre otros, por
un representante del Ministerio de la Producción;
Que, de acuerdo al artículo 12 del Decreto Supremo
Nº 009-98-TR, los representantes del Estado serán
designados mediante Resolución del Titular del Sector al
que representan y puede designarse a un suplente;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº
066-2012-PRODUCE de fecha 8 de febrero de 2012, se
designó al funcionario a cargo del Despacho Viceministerial
de MYPE e Industria como representante del Ministerio
de la Producción ante el Consejo Directivo del Fondo
Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del
Empleo – FONDOEMPLEO;
Que, de acuerdo con el documento de visto,
corresponde designar al representante suplente del
Ministerio de la Producción ante el FONDOEMPLEO;
Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE
e Industria y de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº
892 que regula el derecho de los trabajadores a participar en
las utilidades de las empresas que desarrollan actividades
generadoras de rentas de tercera categoría; el Decreto
Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto
Supremo Nº 009-98-TR, Reglamento para la aplicación
del derecho de los trabajadores de la actividad privada
a participar en las utilidades que generen las empresas
donde prestan servicios; y, el Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por
Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar como representante suplente
del Ministerio de la Producción ante el Fondo Nacional
de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo -
FONDOEMPLEO a la señora Reneé Victoria Gálvez Vera,
Asesor II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Diario Of‌i cial El Peruano y en
el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.
produce.gob.pe).
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial al Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de
Promoción del Empleo - FONDOEMPLEO, para los f‌i nes
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO EDUARDO GHEZZI SOLIS
Ministro de la Producción
1275580-1
RELACIONES EXTERIORES
Crean Proyecto Especial Perú APEC 2016
en el ámbito del Ministerio de Relaciones
Exteriores
DECRETO SUPREMO
Nº 041-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacíf‌i co
(APEC) es un mecanismo de concertación y cooperación
económica creado en 1989 e integrado por 21 economías
de la Región Asia-Pacíf‌i co;
Que, dicho Foro reúne a los representantes de cada una
de las 21 economías miembro, a f‌i n de discutir cuestiones
relacionadas con el desarrollo económico sostenible y
la prosperidad regional, a través de la liberalización del
comercio e inversiones, la facilitación de los negocios, y la
cooperación económica y técnica;
Que, el Perú forma parte del Foro APEC desde la VI
Cumbre de Líderes celebrada en Kuala Lumpur, Malasia, en
1998;
Que, en la XXI Cumbre de Líderes del Asia Pacíf‌i co,
realizada en Vladivostok, Federación Rusia, se aceptó
el ofrecimiento del Perú para ser sede de las reuniones
APEC del año 2016;
Que, conforme al calendario de trabajo y a las prácticas
usuales del Foro APEC, el ejercicio de la Presidencia
peruana de dicho Foro durante el año 2016 implica ser
la sede de la XXIV Cumbre de Líderes del Asia Pacíf‌i co,
así como organizar en su territorio, diversas reuniones
Ministeriales, reuniones de Altos Funcionarios, reuniones
de Grupos de Trabajo, reuniones de Comités, reuniones de
Grupos de Tarea, Diálogos de Alto Nivel, Diálogos Público-
Privados y reuniones de Grupos de Expertos, reuniones
del Consejo Consultivo Empresarial del APEC, Cumbre
Empresarial del Foro, así como seminarios, simposios,
talleres y reuniones preparatorias y conexas durante el
año 2016; además de una reunión de Altos Funcionarios
de presentación de las prioridades temáticas para el
ejercicio de dicha Presidencia, en diciembre de 2015;

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