DECRETO SUPREMO N° 035-2015-RE - Ratifican el 'Acuerdo entre la República del Perú y la República Portuguesa en materia de reducción de la demanda y de la prevención y lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas'

Fecha de disposición15 Julio 2015
Fecha de publicación15 Julio 2015
El Peruano
Miércoles 15 de julio de 2015 557329
del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-
0426)” fue suscrita el 26 de agosto de 2014;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57°
y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
segundo párrafo del artículo 2° de la Ley Nº 26647, que
facultan al Presidente de la República a celebrar y ratif‌i car
Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación
previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase la “Enmienda Nº Tres al
Convenio de Donación entre los Estados Unidos
de América y la República del Perú (Convenio de
Donación de USAID Nº 527-0426)”, suscrita el 26 de
agosto de 2014.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6°
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el
texto íntegro de la referida Enmienda, así como su fecha
de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de julio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1263231-1
Ratifican el “Acuerdo entre la República
del Perú y la República Portuguesa en
materia de reducción de la demanda
y de la prevención y lucha contra el
tráfico ilícito de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas”
DECRETO SUPREMO
Nº 035-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo entre la República del Perú y la
República Portuguesa en materia de reducción de la
demanda y de la prevención y lucha contra el tráf‌i co
ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas”
fue suscrito el 30 de enero de 2012, en la ciudad de
Lisboa, República Portuguesa;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y
118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo
2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la
República para celebrar y ratif‌i car Tratados o adherir a éstos
sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre la
República del Perú y la República Portuguesa en
materia de reducción de la demanda y de la prevención
y lucha contra el tráf‌i co ilícito de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas” suscrito el 30 de enero de
2012, en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el
texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de
entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los catorce
días del mes de julio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1263231-2
Ratifican el “Acuerdo entre el Gobierno
de la República del Perú y el Gobierno
de la República Popular China sobre la
donación de materiales anti-friaje”
DECRETO SUPREMO
Nº 036-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República
del Perú y el Gobierno de la República Popular China
sobre la donación de materiales anti-friaje”, fue
formalizado mediante intercambio de Notas, Nota s/n de la
Embajada de la República Popular China, y Nota RE (DAE-
DCI) N° 6-11/32 del Ministerio de Relaciones Exteriores del
Perú; ambas de fecha 22 de mayo de 2015;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que
facultan al Presidente de la República a celebrar y ratif‌i car
Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación
previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno
de la República del Perú y el Gobierno de la República
Popular China sobre la donación de materiales anti-
friaje” formalizado mediante intercambio de Notas, Nota s/n
de la Embajada de la República Popular China, y Nota RE
(DAE-DCI) N° 6-11/32 del Ministerio de Relaciones Exteriores
del Perú; ambas de fecha 22 de mayo de 2015.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el texto
íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada
en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de julio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1263231-3
Ratifican la “Enmienda Nº Cuatro al
Convenio de Donación entre los Estados
Unidos de América y la República del
Perú (Convenio de Donación de USAID
Nº 527-0426)”
DECRETO SUPREMO
Nº 037-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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