Decreto Supremo N° 015-2023-SA. Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para el proceso de nombramiento del personal de la salud autorizado por la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023

Fecha de publicación02 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se autoriza el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, contratados al 31 de julio de 2022 bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; y, se encuentren registrados en el AIRHSP a la entrada en vigencia de la citada Ley Nº 31638. Asimismo, se autoriza el nombramiento del personal de la salud contratado en plaza presupuestada vacante y que percibe sus ingresos en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado;

Que, asimismo, la referida Disposición Complementaria Final establece que, mediante decreto supremo propuesto por el Ministerio de Salud, en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) y refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, se establecen los criterios y el procedimiento para llevar a cabo el proceso de nombramiento;

Que, de conformidad con la disposición legal señalada en los considerandos precedentes, el Ministerio de Salud, a través de la Resolución Ministerial N° 1123-2022/MINSA, instauró el grupo de trabajo sectorial de naturaleza temporal, con el objeto de elaborar los criterios y el procedimiento para el proceso de nombramiento del personal de la salud bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios del Decreto Legislativo N° 1057, contratados al 31 de julio de 2022 y el nombramiento del personal de la salud contratado en plaza presupuestada vacante y que percibe sus ingresos en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, el cual, mediante el Informe N° D000001-2023-STGTSNTN-RM1123-2022-MINSA, acompañó la propuesta de “Lineamientos para el proceso de nombramiento del personal de la salud autorizado por la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023”, el mismo que cuenta con la conformidad de la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR);

Que, resulta necesario aprobar los lineamientos para el proceso de nombramiento del personal de la salud autorizado por la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con la finalidad de nombrar al personal de la salud que realiza actividades asistenciales en servicios de salud individual y pública en el ámbito de competencia del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado;

De conformidad con la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Decreto Supremo N° 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar los “Lineamientos para el proceso de nombramiento del personal de la salud autorizado por la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Aprobación del cronograma del proceso de nombramiento

El Ministerio de Salud, mediante resolución ministerial, aprueba el cronograma del proceso de nombramiento para el personal de la salud autorizado por la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, así como las disposiciones complementarias necesarias para la implementación de los Lineamientos aprobados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Publicación

El presente Decreto Supremo y los Lineamientos se publican en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Salud y el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de junio del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO

Ministra de Salud

Artículo 1.- OBJETO

Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los requisitos, condiciones, procedimientos técnicos y mecanismos necesarios para implementar el proceso de nombramiento del personal de la salud, autorizado por la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.

Artículo 2.- FINALIDAD

Los presentes Lineamientos tienen por finalidad establecer las disposiciones para el desarrollo ordenado, sistemático y progresivo del proceso de nombramiento del personal de la salud autorizado por la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que contribuya con la implementación de políticas nacionales de salud, orientadas a asegurar la calidad de atención de los servicios de salud y una mejor satisfacción de la población.

Artículo 3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito de aplicación de los presentes Lineamientos comprende:

3.1 Entidades: Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Salud (INS), Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales.

3.2 Personal de la salud: Profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud contratados al 31 de julio de 2022 bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, registrados en el AIRHSP a la entrada en vigencia de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que se encuentren realizando funciones dentro del campo asistencial de la salud individual y salud pública; asimismo, están comprendidos los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud contratados en plaza presupuestada vacante, que perciben sus ingresos en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado.

Artículo 4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

Para efectos de los presentes Lineamientos se debe tener en cuenta las siguientes definiciones:

4.1 Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP): Es la herramienta informática que contiene el registro de la información de los datos personales, plazas y puestos, conceptos de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, montos por cada concepto, obligaciones y aportaciones a cargo de las entidades del Sector Público, incluyendo aquellos reconocidos mediante convenios colectivos y laudos arbitrales, emitidos en el marco de la normatividad específica, así como los ordenados por mandatos judiciales.

4.2 Cargo estructural: Conjunto de funciones, así como los requisitos para su adecuado ejercicio, dirigidas al logro de un objetivo.

4.3 Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional): Documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE).

4.4 Nivel de inicio: Es el primer nivel de carrera que corresponde a cada una de las líneas de carrera del personal de la salud en el que será ubicado al personal que accede al nombramiento en el presente proceso.

4.5 Proceso de nombramiento: Conjunto de actividades para la incorporación de los profesionales de la salud a la carrera especial regulada por la Ley N° 23536, Ley que establece las normas generales que regulan el trabajo y la carrera de los profesionales de la salud; así como de los técnicos y auxiliares asistenciales a la condición de nombrado en el marco de la Ley N° 28561, Ley que regula el trabajo de los técnicos y auxiliares asistenciales de salud.

4.6 Presupuesto Analítico de Personal (PAP): Es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda comprendidas en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado.

4.7 Experiencia laboral: Es el tiempo en el ejercicio de funciones asistenciales en salud individual o salud pública desarrolladas en establecimientos de salud, en concordancia con lo dispuesto en los numerales 5.1 y 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1153.

4.8 Contrato de suplencia: Es la contratación de servicios en una plaza del Presupuesto Analítico de Personal (PAP), de naturaleza temporal, cuya duración está sujeta a la ausencia del titular de la plaza.

4.9...

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