Decreto supremo N° 013-2023-MTC. Decreto Supremo que modifica el Cronograma de Exigibilidad del Curso de Actualización de la Normativa de Transporte y Tránsito Terrestre para Conductores del Servicio de Transporte Terrestre

Fecha de publicación31 Agosto 2023
SecciónSección Única
6NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2023
El Peruano
/
el Anexo Único que forma parte integrante de la presente
Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional
2023 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional
de Innovación para la Competitividad y Productividad,
hasta por el monto total de S/ 2,032,803.52 (Dos
millones treinta y dos mil ochocientos tres y 52/100
soles), que comprende: S/ 871,803.74 (Ochocientos
setenta y un mil ochocientos tres y 74/100 soles) en la
fuente de nanciamiento de 1 Recursos Ordinarios; S/
1,098,815.44 (Un millón noventa y ocho mil ochocientos
quince y 44/100 soles) en la fuente de nanciamiento
de 3 Recursos por Operaciones Ociales de Crédito; y,
S/ 62,184.34 (Sesenta y dos mil ciento ochenta y cuatro
y 34/100 soles) en la fuente de nanciamiento de 4.
Donaciones y Transferencias; destinados a conanciar los
desembolsos de proyectos en el marco del Contrato de
Préstamo Nº 3700/OC-PE “Mejoramiento de los niveles
de Innovación Productiva a nivel Nacional”, del Fondo
MIPYME Emprendedor y del Contrato de Préstamo Nº
5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización
Tecnológica y Emprendimiento”.
Artículo 2- Acciones Administrativas
La Unidad de Administración y la Unidad de
Planeamiento y Presupuesto, deberán efectuar las
acciones administrativas que correspondan para
el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
Resolución, así como en la Resolución Ministerial Nº
009-2023-PRODUCE.
Artículo 3.- Publicación
Disponer que la presente resolución, y el anexo
citado en artículo 1º se publique en el Portal Institucional
del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico
e Innovación -- PROINNOVATE, el mismo día de la
publicación de la presente resolución en el Diario Ocial
El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO AFUSO HIGA
Director Ejecutivo
Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico
e Innovación - PROINNOVATE
2210770-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Decreto Supremo que modifica el
Cronograma de Exigibilidad del Curso de
Actualización de la Normativa de Transporte
y Tránsito Terrestre para Conductores del
Servicio de Transporte Terrestre
DECRETO SUPREMO
Nº 013-2023-MTC
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de
Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción
estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se
orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios
y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud,
así como a la protección del ambiente y la comunidad en
su conjunto;
Que, asimismo, el literal a) del artículo 16 de la
Ley citada, dispone que el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional
en materia de transporte y tránsito terrestre, con
competencias normativas para dictar los Reglamentos
Nacionales establecidos en dicha Ley, así como aquellos
que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el
ordenamiento del tránsito;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC,
se aprueba el Reglamento Nacional de Administración
de Transporte, el cual tiene por objeto regular el servicio
de transporte terrestre de personas y mercancías de
conformidad con los lineamientos previstos en la Ley
General de Transporte y Tránsito Terrestre;
Que, el numeral 31.10 del artículo 31 del citado
Reglamento, incorporado por el artículo 3 del Decreto
Supremo Nº 026-2016-MTC, establece como una de
las obligaciones del conductor del servicio de transporte
terrestre, el realizar un Curso de Actualización de la
Normativa de Transporte y Tránsito, cada cinco (5) años,
el cual debe ser dictado por Escuelas de Conductores
debidamente autorizadas;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Supremo
Nº 021-2022-MTC, establece la exigibilidad del Curso de
Actualización de la Normativa de Transporte y Tránsito
Terrestre para Conductores del Servicio de Transporte
Terrestre (en adelante el Curso de Actualización) el cual
es desarrollado de manera progresiva y según el servicio
de transporte que realiza el conductor, conforme al
Cronograma de Exigibilidad del Curso, estableciéndose
fechas de inicio desde el 1 de julio de 2023 hasta el 1 de
enero de 2024;
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección
General de Autorizaciones en Transportes y por la Ocina
General de Tecnología de la Información del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones actualmente existe un
total de 198,286 conductores habilitados que prestan el
servicio de transporte terrestre de personas y mercancías
de ámbito nacional y del ámbito local correspondiente a
Lima Metropolitana y Callao; no obstante, se cuenta con
21,028 conductores habilitados para prestar el servicio
de transporte terrestre que han nalizado el Curso de
Actualización;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Políticas
y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, sustenta la necesidad de
modicar las fechas de inicio de exigibilidad del Curso de
Actualización establecidas en el Cronograma aprobado
en el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Supremo Nº
021-2022-MTC, a n de permitir que los conductores que
prestan el servicio de transporte terrestre de personas
y mercancías puedan contar con un tiempo prudencial
para realizar el Curso de Actualización, y así evitar el
desabastecimiento del servicio de transporte terrestre,
debido a la suspensión de la habilitación de dichos
conductores;
Que, en virtud del numeral 18 del inciso 28.1 del artículo
28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional
que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y
establece los Lineamientos Generales para la aplicación
del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por
Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, la presente norma
se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la
Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR)
de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del
artículo 118 de la Constitución Política del Perú, en la Ley
Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;
la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y
en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº
658-2021-MTC/01;
DECRETA:
Artículo 1.- Modicación del Cronograma de
Exigibilidad del Curso de Actualización de la
Normativa de Transporte y Tránsito Terrestre para
Conductores del Servicio de Transporte Terrestre
Modicar el Cronograma de Exigibilidad del Curso de
Actualización de la Normativa de Transporte y Tránsito
Terrestre para Conductores del Servicio de Transporte
Terrestre, establecido en el numeral 7.1 del artículo 7 del
Decreto Supremo Nº 021-2022-MTC; conforme se detalla
a continuación:
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 31/08/2023 22:45

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