DECRETO SUPREMO N° 009-2015-MINAM - Aprueban medidas destinadas a la mejora de la calidad ambiental del aire a nivel nacional

Fecha de disposición07 Agosto 2015
Fecha de publicación07 Agosto 2015
SecciónSección Única
558806 NORMAS LEGALES Viernes 7 de agosto de 2015 /
El Peruano
Modiican la R.S. Nº 3012014PCM, que
autorizó viaje de servidor del INDECOPI a
Costa Rica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 198-2015-PCM
Lima, 6 de agosto de 2015
VISTAS:
La Carta Nº 610-2014/GCT-INDECOPI, del Presidente
del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa
de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual – INDECOPI; y, las Cartas N° 201-2014/GCT-
INDECOPI y N° 061-2015/GCT-INDECOPI, de la Gerencia
de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales del
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 301-2014-PCM,
publicada en el diario of‌i cial El Peruano, el 6 de septiembre de
2014, se autorizó el viaje del señor Edgar Joseph Gonzales
Mestanza, colaborador de la Gerencia de Tecnologías
de la Información del Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
– INDECOPI, del 7 al 13 de septiembre de 2014, a la ciudad
de San José, República de Costa Rica, con la f‌i nalidad que
asista al Taller de Capacitación IPAS;
Que, de acuerdo a la cotización emitida por la agencia
de viajes, en fecha posterior a la publicación de la resolución
referida en el párrafo precedente, se desprende que el
costo del pasaje aéreo internacional varió de US$ 1083 a
US$ 1446.09, situación ajena a la entidad; comprándose
dicho pasaje por el monto de la última cotización, motivo
por el cual, resulta necesario modif‌i car el artículo 2 de la
Resolución Suprema Nº 301-2014-PCM;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley
de Organización y Funciones del INDECOPI; el Reglamento
de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el
Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia
del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 063-2007-PCM, y modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modif‌i car el artículo 2° de la Resolución
Suprema Nº 301-2014-PCM, quedando redactado de la
siguiente manera:
“Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al
presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa
de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual – INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos:
Lima – San José (República de Costa Rica)
– Lima US$ 1,446.09
Viáticos:
US$ 315 x 6 días US$ 1,890.00
---------------------
TOTAL A PAGAR US$ 3,336.09
Artículo 2.- El gasto que origine el cumplimiento de la
presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a la
partida presupuestal del Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
– INDECOPI.
Artículo 3.- Dejar subsistente en todo lo demás, el
contenido de la Resolución Suprema N° 301-2014-PCM.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
1271400-3
AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Asesora II de la Alta Dirección -
Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0386-2015-MINAGRI
Lima, 4 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N°
0341-2015-MINAGRI, publicada en el Diario Of‌i cial El
Peruano con fecha 04 de julio de 2015, se designó a la
señora Juana Rosa Ana Balcázar Suárez, en el cargo
de Asesora de la Alta Dirección – Secretaría General del
Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, es necesario dar por concluida la referida
designación, así como formalizar la designación de un
Asesor II de la Alta Dirección – Despacho Ministerial del
Ministerio de Agricultura y Riego;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158,
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Agricultura, modif‌i cado por la Ley N° 30048; y, su
Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha,
la designación de la señora Juana Rosa Ana Balcázar
Suárez, en el cargo de Asesora de la Alta Dirección –
Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, a la
señora Juana Rosa Ana Balcázar Suárez, en el cargo de
Asesora II de la Alta Dirección – Despacho Ministerial
del Ministerio de Agricultura y Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1270526-1
AMBIENTE
Aprueban medidas destinadas a la mejora
de la calidad ambiental del aire a nivel
nacional
DECRETO SUPREMO
N° 009-2015-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 del Texto Único Ordenado de la
Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, prevé que
el Estado promueva el desarrollo de las actividades de
Hidrocarburos sobre la base de la libre competencia y el
libre acceso a la actividad económica con la f‌i nalidad de
lograr el bienestar de la persona humana y el desarrollo
nacional;
Que, la Ley Nº 28694, Ley que regula el contenido de
azufre en el combustible diésel, establece las medidas
necesarias para la regulación de los niveles de azufre
contenidos en el combustible diésel, con el objetivo de
salvaguardar la calidad del aire y la salud pública;
Que, de acuerdo al artículo 2 de la Ley Nº 28694,
a partir del 1 de enero de 2010 queda prohibida la
comercialización para el consumo interno de combustible
diésel cuyo contenido de azufre sea superior a las 50
partes por millón (ppm) por volumen;
NL20150807.pdf 4 8/10/2015 8:18:37 AM

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