DECRETO SUPREMO N° 003-2015-RE - Ratifican el 'Acuerdo entre la República del Perú y la República de Panamá sobre Supresión de Visas de Turistas y Negocios'

Fecha de disposición06 Febrero 2015
Fecha de publicación06 Febrero 2015
El Peruano
Viernes 6 de febrero de 2015 546223
no al pedido de extradición activa formulado por el órgano
jurisdiccional competente;
Que, la Comisión Of‌i cial de Extradiciones y Traslado
de Condenados ha emitido la opinión correspondiente
mediante el Informe Nº 147-2014/COE-TC, del 16 de
octubre de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud
de extradición;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del
por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al
Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa,
mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo
del Consejo de Ministros, previo informe de la referida
Comisión Of‌i cial;
De conformidad con el Tratado de Extradición entre la
República del Perú y el Reino de España, suscrito en la
ciudad de Madrid el 28 de junio de 1989, y su Enmienda,
ratif‌i cada por Decreto Supremo Nº 070-2011-RE, del 02
de junio de 2011, vigente desde el 09 de julio de 2011,
que eleva de 60 días a 80 días el plazo para presentar el
cuaderno de extradición;
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición
activa del ciudadano ecuatoriano CHRISTIAN
VLADIMIR SUCUZHAÑAY ARÉVALO, formulada por
la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia
del Callao y declarada procedente por la Sala Penal
Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la
República, para ser procesado por la presunta comisión
del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de
Drogas agravado, en agravio del Estado peruano, y
disponer su presentación por vía diplomática al Reino
de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo
estipulado por las normas legales peruanas aplicables
al caso.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema
será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos
Humanos, y por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1197830-6
RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el “Acuerdo entre la República
del Perú y la República de Panamá
sobre Supresión de Visas de Turistas y
Negocios”
DECRETO SUPREMO
N° 003-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo entre la República del Perú y la
República de Panamá sobre Supresión de Visas de
Turistas y Negocios”, fue f‌i rmado el 11 de octubre de
2013, en la ciudad de Lima, República del Perú;
Que, es conveniente a los intereses del Perú
la ratif‌i cación del citado instrumento jurídico
internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57°
y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que
facultan al Presidente de la República a celebrar y ratif‌i car
Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación
previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1°.- Ratifícase el “Acuerdo entre la
República del Perú y la República de Panamá sobre
Supresión de Visas de Turistas y Negocios”, f‌i rmado
el 11 de octubre de 2013, en la ciudad de Lima, República
del Perú.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6°
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el
texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de
entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco
días del mes de febrero del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1197830-1
SALUD
Aceptan renuncia de Director Ejecutivo
de la Dirección Ejecutiva de Salud
Ambiental de la Dirección de Salud IV
Lima Este
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 055-2015/MINSA
Lima, 3 de febrero de 2015
Visto, el Expediente 15-000797-001, que contiene
el Of‌i cio Nº 0006-2015-DG/DISA IV L.E., emitido por el
Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este del
Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 781-2012/
MINSA, de fecha 28 de setiembre de 2012, se designó
al médico cirujano Luis Rosales Pereda, en el cargo de
Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de
Salud Ambiental de la Dirección de Salud IV Lima Este del
Ministerio de Salud;
Que, por Of‌i cio Nº 003-2015-DESA/DISA IV LE.,
de fecha 5 de enero de 2015, el médico cirujano Luis
Rosales Pereda, formula renuncia al cargo en el que fuera
designado mediante Resolución Ministerial Nº 781-2012/
MINSA;
Que, con el documento de visto, el Director
General de la Dirección de Salud IV Lima Este del
Ministerio de Salud, comunica de la citada renuncia
y solicita se continúe con el trámite administrativo
correspondiente;
Que, a través del Informe Nº 030-2015-EIE-OGGRH/
MINSA, la Of‌i cina General de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Salud señala que procede
aceptar la renuncia del citado profesional;
Que, en mérito a lo señalado en los considerandos
precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones
de personal necesarias emitiendo el acto resolutivo
correspondiente;
Con el visado de la Directora General de la Of‌i cina
General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, del

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