Decreto Supremo N° 001-2023-MIMP . Decreto Supremo que aprueba las metas de implementación y el mecanismo de seguimiento de las acciones financiadas para la continuidad de los Centros Emergencia Mujer (CEM) y del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ), en el marco del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer

Fecha de publicación30 Enero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 024-2019-EF se aprueba el Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM) y se dispone que el/la Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o funcionario que este/a delegue es el/la responsable de dicho Programa Presupuestal, señalando que el mismo coordina y articula con las entidades participantes de la provisión de los productos del referido Programa, las acciones orientadas a su implementación, en todas las fases del proceso presupuestario;

Que, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone en el numeral 22.1 de su artículo 22, una asignación de recursos hasta por la suma de S/ 560 683 238,00 (QUINIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), para financiar las acciones vinculadas al PPoR RVcM;

Que, de acuerdo con el literal a) del numeral 22.1 del artículo 22 de la mencionada ley, se han asignado recursos hasta por la suma de S/ 258 940 167,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL CIENTO SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para la gestión y financiamiento de acciones vinculadas al PPoR RVcM, dentro de las que se encuentra la continuidad de los Centros Emergencia Mujer (CEM) a cargo del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA, en adelante Programa Nacional AURORA;

Que, conforme al numeral 22.2 del artículo 22 de la citada ley, se han asignado recursos hasta la suma de S/ 261 383 680,00 (DOSCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), para financiar la continuidad del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ) en los distritos judiciales de Arequipa, Áncash, Callao, Cusco, Junín, Lima Este, Lima Norte y Ventanilla, de los cuales: a) hasta la suma de S/ 116 438 253,00 (CIENTO DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) son a favor del Ministerio Público; b) hasta la suma de S/ 108 231 679,00 (CIENTO OCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) son a favor del Poder Judicial; c) hasta la suma de S/ 33 273 248,00 (TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) son a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, d) hasta la suma de S/ 3 440 500,00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES) son a favor del Ministerio del Interior;

Que, el numeral 22.3 del artículo 22 de la Ley Nº 31638 dispone que en un plazo máximo de treinta (30) días calendarios contados a partir de la vigencia de dicha ley, mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en coordinación con los pliegos a cargo de la implementación del SNEJ y con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se...

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