DECRETO SUPREMO N° 001-2015-TR - Decreto Supremo que reglamenta la Ley N° 29992, Ley que modifica la Ley N° 26644, estableciendo la extensión del descanso postnatal para los casos de nacimiento de niños con discapacidad

Fecha de disposición29 Enero 2015
Fecha de publicación29 Enero 2015
El Peruano
Jueves 29 de enero de 2015 545747
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente comisión de servicios serán cubiertos
por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Meta 0000886, Gerenciar Recursos Materiales,
Humanos y Financieros, debiendo presentar la rendición
de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al
término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente
detalle:
Nombres y Apellidos
Pasaje
Clase
Económica
US$
Viáticos
por día
US$
N.º de
días
Total
Viáticos
US$
Gisella Patricia Alvarado
Huapaya 2 285,00 540,00 10+1 5 940,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario,
posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria,
presentará al Ministro de Relaciones Exteriores, un
informe detallado sobre las acciones realizadas y los
resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1193760-4
SALUD
Designan Jefa de Equipo de la Oficina
General de Estadística e Informática
del Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 041-2015/MINSA
Lima, 26 de enero del 2015
Visto, el Expediente Nº 14-135830-001, que contiene
la Nota Informativa Nº 148-2014-DG-OGEI/MINSA,
emitida por el Director General de la Of‌i cina General de
Estadística e Informática del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 065-2014/
MINSA, de fecha 23 de enero de 2014, se designó a la
licenciada en estadística María Elena Orozco Rivas, en el
cargo de Jefa de Equipo, Nivel F-3, de la Of‌i cina General
de Estadística e Informática del Ministerio de Salud;
Que, por Carta Nº 001-2014-JE-OGEI/MINSA, de
fecha 29 de diciembre de 2014, la licenciada en estadística
María Elena Orozco Rivas formula renuncia al cargo en el
que fuera designada mediante Resolución Ministerial Nº
065-2014/MINSA;
Que, con documento de visto, el Director General de
la Of‌i cina General de Estadística e Informática comunica
de la mencionada renuncia, proponiendo designar en su
reemplazo a la licenciada en enfermería Gladys María
Garro Núñez;
Que, a través del Informe N° 027-2015-EIE-OGGRH/
MINSA, remitido a través del Memorando N° 049-2015-
OGGRH-OARH-EIE/MINSA, la Of‌i cina General de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud,
emite opinión favorable respecto a lo solicitado por el
Director General de la Of‌i cina General de Estadística e
Informática, señalando que procede aceptar la renuncia
formulada y designar a la profesional propuesta, toda
vez que el cargo de Jefa de Equipo, Nivel F-3, de
la Of‌i cina General de Estadística e Informática, se
encuentra calif‌i cado como Directivo Superior de Libre
Designación;
Que, en mérito a lo señalado en los considerandos
precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones
de personal necesarias a f‌i n de asegurar el normal
funcionamiento de la citada Of‌i cina General;
Con el visado de la Directora General de la Of‌i cina
General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica y de la
Secretaria General; y,
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; en
el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público
y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°
005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N°
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto
Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la
licenciada en estadística María Elena Orozco Rivas, al
cargo de Jefa de Equipo, Nivel F-3, de la Of‌i cina General
de Estadística e Informática del Ministerio de Salud,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar a la licenciada en enfermería
Gladys María Garro Núñez, en el cargo de Jefa de
Equipo, Nivel F-3, de la Of‌i cina General de Estadística e
Informática del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1193660-1
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Decreto Supremo que reglamenta la Ley
N° 29992, Ley que modifica la Ley Nº
26644, estableciendo la extensión del
descanso postnatal para los casos de
nacimiento de niños con discapacidad
DECRETO SUPREMO
Nº 001-2015-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 25 de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos contempla la necesidad de brindar
cuidados y especial asistencia a la maternidad y a la
infancia;
Que, el segundo párrafo del artículo 10 del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales establece que se debe conceder especial
protección a las madres durante un periodo de tiempo
razonable antes y después del parto;
Que, de conformidad con los artículos 4 y 23 de la
Constitución Política del Perú, el trabajo, en sus diversas
modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado,
el cual protege especialmente a la madre, al menor de
edad y al impedido que trabajan;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 26644, Ley que precisa
el goce del derecho de descanso prenatal y postnatal de
la trabajadora gestante, determina que es derecho de la
trabajadora gestante gozar de cuarenta y cinco (45) días
de descanso prenatal y cuarenta y cinco (45) días de
descanso postnatal;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 29992 modif‌i ca el segundo
párrafo del artículo 1 de la Ley Nº 26644 estableciendo
que el descanso postnatal se extiende por treinta (30) días
naturales adicionales en los casos de nacimiento múltiple
o nacimiento de niños con discapacidad;
Que, de conformidad con el artículo 2 de la Ley Nº
29992, el Poder Ejecutivo reglamenta la referida ley en un

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