DECRETO DE ALCALDIA N° 020-ALC/MSI - Convocan a Elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro
Fecha de disposición | 06 Octubre 2012 |
Fecha de publicación | 06 Octubre 2012 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 6 de octubre de 2012
475868
Tercera.- Otórguese un plazo perentorio de treinta
(30) días calendario a partir de la publicación de la
presente Ordenanza, para que los propietarios de los
vehículos inmovilizados, carrocerías, chasis y chatarra
que permanecen en la vía pública sean retirados bajo
apercibimiento de declararlos en abandono. La Ofi cina
de Imagen Institucional se encargará de la difusión del
contenido de la presente Ordenanza, durante el periodo
al que se refi ere la presente disposición.
Cuarta.- El Alcalde de la Municipalidad de Lince queda
facultado para dictar mediante Decreto de Alcaldía las
normas complementarias y reglamentarias a la presente
Ordenanza para el mejor desarrollo y ejecución de la
misma.
Quinta.- La Municipalidad podrá celebrar Convenios
de Cooperación con las dependencias especializadas
de la Policía Nacional del Perú, la Municipalidad
Metropolitana de Lima, así como con entidades
públicas y privadas que coadyuven al cumplimiento
efectivo de los fi nes contenidos en el artículo 1 de la
presente norma, previa aprobación de su suscripción
por el Concejo Municipal.
Sexta.- Corresponde al órgano competente ofi ciar al
Registro Vehicular de la SUNARP, en los casos en que
sea necesario, a efectos de identifi car al propietario de
los vehículos incursos en la infracción contenida en la
presente Ordenanza.
Sétima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El
Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARTIN PRINCIPE LAINES
Alcalde
849348-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Convocan a Elecciones de Delegados
de las Juntas Vecinales del distrito de
San Isidro
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 020-ALC/MSI
San Isidro, 5 de octubre de 2012
ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
VISTA:
La Ordenanza N°334-MSI que aprueba la
Constitución y Reglamento de Organización y
Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San
Isidro, publicada el 5 de octubre de 2011 en el Diario
Ofi cial El Peruano; y
CONSIDERANDO
Que, el artículo 5° de la Ordenanza N° 334-MSI
establece que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía,
convoca a elecciones de los delegados vecinales y designa
a los integrantes del Comité Electoral que conducirá
dichas elecciones, con una anticipación no menor de 60
días calendario a la fecha de vencimiento de mandato de
los delegados vecinales en ejercicio al momento de la
convocatoria.
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6
del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades
DECRETA
Artículo Primero.- CONVOCAR a Elecciones de
Delegados de las Juntas Vecinales del distrito de San
Isidro para el día 02 de diciembre de 2012, desde las
10:00 a.m. hasta las 3:00 p.m., para lo cual se deberá
cumplir con el siguiente cronograma
CRONOGRAMA ELECTORAL
Publicación del Padrón Electoral Provisional 10.10.12 al 25.10.12
Presentación de Impugnaciones (tachar o
incluir electores) 10.10.12 al 25.10.12
Resolución de Impugnaciones 26.10.12 al 30.10.12
Publicación de Padrón Electoral Defi nitivo 31.10.12
Inscripción de Candidatos – Ofi cina de
Participación Vecinal. Av. Los Incas N° 270
San Isidro 02.11.12 al 16.11.12
Subsanación de Listas de Candidatos 19.11.12 al 21.11.12
Publicación del Listado Provisional de
Candidatos 22.11.12 al 24.11.12
Presentación de Tachas 22.11.12 al 26.11.12
Resolución de Tachas 27.11.12 al 29.11.12
Publicación del Listado defi nitivo de
Candidatos 30.11.12
Acto Electoral 02.12.12
Publicación de Resultados 03.12.12
Artículo Segundo.- Designar al Comité Electoral
propuesto por el Concejo de Coordinación Local Distrital
que conducirá el proceso electoral convocado, conforme
al siguiente detalle:
1. Jorge Genaro Cárdenas Bustíos - Presidente
2. Fernando Alcides Ugarte Pareja - Vicepresidente
3. Wilmer Ulloa Solórzano - Secretario
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RAUL A. CANTELLA SALAVERRY
Alcalde
850496-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
Amplían alcances de la Ordenanza
Nº 228-2012-MDSJM y prorrogan
beneficios tributarios a las zonas
limítrofes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 28-2012-MDSJM-A
San Juan de Mirafl ores, 26 de setiembre del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES.
VISTO:
El Informe Nº 660-2012-GAJ-MDSJM, de fecha
25 de setiembre del 2012, de Gerencia de Asesoría
Jurídica, el Memorándum Nº 742-2012-GR/MDSJM,
de fecha 24 de setiembre del 2012, de Gerencia de
Rentas, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Perú, señala que: “Las Municipalidades son órganos de
gobierno local y tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos que son de su competencia,
siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico, en concordancia
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