DECRETO DE ALCALDIA N° 014-2012/MDSMP - Prorrogan plazo de beneficios extraordinarios de regularización tributaria y no tributaria otorgados mediante la Ordenanza N° 328-MDSMP

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Fecha de la disposición17 de Julio de 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 17 de julio de 2012 470683
e) Se llamará a los ganadores y se efectuará la entrega
del premio en el mismo acto.
f) El Notario Público dará fe del número de código
de contribuyente que salga sorteado, de la entrega del
premio, a f‌i n de que se cumpla con el protocolo que norma
el Sorteo.
V.- DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE
PREMIOS
Los que resulten ganadores, en caso de ser personas
naturales, deben de acreditar su identidad mediante
Documento Nacional de Identidad. Para las Personas
Jurídicas, Poder debidamente inscrito en los Registros
Públicos y copia del RUC.
La entrega es personal, previa verificación del
código del contribuyente, pudiendo ser esta realizada
durante el Sorteo, de encontrarse presente el
ganador, contando con la conformidad del Notario y
del representante del Ministerio del Interior. Aquellos
contribuyentes que no estuvieran presentes al momento
del Sorteo serán notificados a fin de presentarse
personalmente ante la Gerencia de Administración
Tributaria de lunes a viernes en horario de oficina,
la cual gestionará el retiro del almacén del premio a
entregar, mediante la firma del acta correspondiente
con la suscripción y asentamiento de huella digital
del índice derecho del favorecido y suscripción de
guía de entrega de premio con la presentación de los
documentos que lo acrediten.
VI.- CASOS ESPECIALES EN LA ENTREGA DEL
PREMIO
En caso que el contribuyente, cuyo código corresponda
al número ganador, hubiere fallecido, podrán solicitar
la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos
mediante sucesión intestada o declaratoria de herederos
Adicionalmente en estos casos, previo a la entrega del
premio, los herederos con anterioridad al Sorteo deberán
haber regularizado la condición de propiedad y situación
tributaria, mediante el procedimiento correspondiente
ante la Subgerencia de Administración Tributaria y
Recaudación.
En caso de que el ganador de encontrase impedido de
asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podrá
efectuarlo a través de un tercero debidamente premunido
de la autorización correspondiente, mediante Poder
Notarial, la persona autorizada se apersonará portando
el Poder descrito y original de su Documento Nacional de
Identidad.
Cualquier circunstancia no contemplada en estas
Bases, será resuelta por la Gerencia Municipal, sin que su
decisión sea objeto de queja o impugnación.
VII.- PLAZO PARA RECOGER EL PREMIO
Los ganadores del Sorteo podrán recoger los premios
hasta el 15 de Setiembre del 2012. Dicho plazo es
improrrogable.
VIII.- PUBLICACIÓN DE GANADOR DEL SORTEO
La publicación de los contribuyentes ganadores de
los premios sorteados, se hará el día hábil siguiente del
evento, a través de los siguientes medios:
- Publicación en las sedes de la Municipalidad de
Carabayllo.
- Publicación en la Página Web de la Municipalidad
de Carabayllo.
- Publicación en un diario de circulación nacional.
IX.- NO PARTICIPAN DEL SORTEO
No podrán participar del sorteo, el Alcalde, los
Regidores y ningún trabajador de la Municipalidad en
cualquiera de sus modalidades.
814804-2
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Prorrogan plazo de beneficios
extraordinarios de regularización
tributaria y no tributaria otorgados
mediante la Ordenanza Nº 328-MDSMP
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 014-2012/MDSMP
San Martín de Porres, 12 de julio del 2012
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE
PORRES
VISTO: El Informe Nº 041-2012-GAT/MDSMP de la
Gerencia de Administración Tributaria de la entidad; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 328-MDSMP (28.
JUNIO.2012), publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano con
fecha 03.JULIO.2012, se otorga benef‌i cios extraordinarios
de regularización tributaria y no tributaria a los
contribuyentes del distrito de San Martín de Porres;
Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe de Visto
se considera necesario la ampliación de dicho benef‌i cio
tributario, vista la af‌l uencia de administrados que vienen
apersonándose a regularizar la situación de sus adeudos
tributarios y no tributarios; así como por la necesidad
planteada por muchos vecinos del distrito de ampliar el
plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 328-MDSMP,
con la f‌i nalidad de poder acogerse a los benef‌i cios que
se vienen brindando;
Que, la Tercera Disposición Final y Transitoria de la
Ordenanza mencionada faculta al Señor Alcalde a dictar
las medidas reglamentarias que sean necesarias para su
mejor aplicación, así como para la prórroga de su
vigencia; por lo que corresponde emitirse la respectiva
disposición municipal;
De conformidad con los artículos 20º, inciso 6); 39
y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades,
así como la Tercera Disposición Final y Transitoria de la
Ordenanza Nº 328-MDSMP;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de
vencimiento dispuesto en el artículo Cuarto de la Ordenanza
Nº 328-MDSMP (28.JUNIO.2012) hasta el 31.JULIO.2012.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración Tributaria, así como Gerencia
de Administración y Finanzas, a través de sus respectivas
Subgerencias, y su publicación a la Secretaria General.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
814883-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
VENTANILLA
Aprueban Ordenanza que regula la
obtención de la Tarjeta Master Can en
el distrito de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 010-2012/MDV
Ventanilla, 28 de mayo de 2012

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