Santiago de Surco, 13 de noviembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
DE SURCO
VISTO:
El Memorándum N° 2229-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 872-2023-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 842-2023-GDS-MSS de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe N° 315-2023-SGSP-GDS-MSS de la Subgerencia de Salud Pública; entre otros documentos, sobre la institucionalización del Día de Muertos de las Mascotas en el distrito de Santiago de Surco; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, se establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades citada Ley, señala: “Los Decretos de Alcaldía establecen las normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; asimismo, el segundo párrafo del artículo 39º de la referida Ley dispone que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno, mediante Decretos de Alcaldía;
Que, a través del Informe...