DECRETO DE ALCALDIA N° 14-2014-MPL - Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 429-MPL, que otorgó Amnistía Tributaria en el distrito de Pueblo Libre

Fecha de disposición19 Diciembre 2014
Fecha de publicación19 Diciembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 19 de diciembre de 2014 540405
una instancia de consulta directa del gobierno local al
pueblo, convocada con un f‌i n específ‌i co; y que el concejo
provincial o el distrital, mediante ordenanza reglamentará
la convocatoria a cabildo abierto;
Que, en ese sentido, a f‌i n de garantizar la participación
ciudadana, así como mayor transparencia en el
procedimiento a seguir ante la Municipalidad de Jesús
María; se ha dispuesto aprobar el “Reglamento para el
desarrollo del Cabildo Abierto en la Municipalidad de
Jesús María”;
En uso de las facultades conferidad por el numeral 8
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA
CONVOCATORIA A CABILDO ABIERTO
EN EL DISTRITO DE JESÚS MARÍA
Artículo Primero.- APRUÉBASE el “Reglamento
para la Convocatoria a Cabildo Abierto en el distrito de
Jesús María” que consta de 11 Artículos y que forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- PUBLÍCASE la presente
Ordenanza en el diario of‌i cial El Peruano; e íntegramente
el Reglamento referido en el Artículo Primero, en el Portal
institucional de la corporación edil: www.munijesusmaria.
gob.pe
Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia
Municipal y a la Sub Gerencia de Participación Vecinal,
en coordinación con la Gerencia de Comunicaciones
e Imagen Institucional, el cumplimiento del presente
Reglamento y su difusión.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
1178513-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 429-MPL, que otorgó Amnistía
Tributaria en el distrito de Pueblo
Libre
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 14-2014-MPL
Pueblo Libre, 17 de diciembre de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUEBLO LIBRE
VISTO: el Informe Nº 178-2014-MPL/GAT/SREC de
fecha 09 de diciembre de 2014 emitido por la Subgerencia
de Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe Nº 052-
2014-MPL-GAT de fecha 09 de diciembre de 2014 emitido
por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº
164-2014-MPL/GAJ de fecha 12 de diciembre 2014 de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
del Perú reconoce a los gobiernos locales autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia, desarrollada por el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del
Concejo Municipal”;
Que, mediante Ordenanza Nº 429-MPL se otorgó Amnistía
Tributaria en el distrito de Pueblo Libre, estableciéndose un
Régimen de Benef‌i cios Extraordinarios por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias que se encuentren vencidas o
por vencer dentro del distrito de Pueblo Libre, con vigencia
hasta el 28 de noviembre del 2014;
Que, conforme lo establece la Cuarta Disposición
Final y Transitoria de la citada Ordenanza se faculta al
Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda
dictar medidas complementarias para su aplicación, así
como para disponer la prórroga del plazo de vigencia;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2014-MPL
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano con fecha 28
de noviembre del 2014, se estableció la prórroga de la
vigencia de la Ordenanza Nº 429-MPL hasta el día 19 de
diciembre de 2014;
Que, mediante Informe Nº 052-2014-MPL-GAT
de fecha 09 de diciembre de 2014, la Gerencia de
Administración Tributaria hace suyo el Informe Nº 178-
2014-MPL/GAT/SREC de fecha 09 de diciembre de
2014, mediante el cual la Subgerencia de Recaudación
y Ejecución Coactiva opina que a f‌i n de facilitar que un
mayor número de contribuyentes puedan acceder a los
benef‌i cios otorgados por la Ordenanza Nº 429-MPL,
sugiere una prórroga del término de su vigencia hasta el
29 de diciembre del 2014;
Que, mediante Informe Nº 164-2014-MPL/GAJ de
fecha 12 de diciembre de 2014, la Gerencia de Asesoría
Jurídica concluye que resulta necesario la emisión del
Decreto de Alcaldía que prorrogue la Ordenanza Nº 429-
MPL que otorgó Amnistía Tributaria en el distrito de Pueblo
Libre, hasta el 29 de diciembre del 2014;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo
42º y el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el lunes 29
de diciembre del 2014, la vigencia de la Ordenanza Nº
429-MPL, que otorgó Amnistía Tributaria en el distrito de
Pueblo Libre.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración Tributaria, Gerencia de Informática y
Gobierno Electrónico, Gerencia de Calidad de Servicios
y a la Secretaría General, el cumplimiento de la presente
norma en lo que fuere de su competencia.
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
1179664-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN BARTOLO
Regulan propaganda electoral en el
distrito de San Bartolo
San Bartolo, 28 de agosto de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN BARTOLO
POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Bartolo
en Sesión de Concejo de fecha
CONSIDERANDO:
en su Artículo 65º las funciones específ‌i cas de las

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR