Decreto de Alcaldia Nº 028-2022-A-MDMM. Convocan a Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar, designan Comité electoral y aprueban Cronograma de Elecciones
Fecha de publicación | 21 Septiembre 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Magdalena del Mar, 14 de setiembre de 2022
EL ALCALDE (E) DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR
VISTOS: El Informe N° 212-2022-SGPVECDR-GDH-MDMM de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Recreación, el Memorando N° 060-2022-GDH-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe N° 549-2022-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 1615-2022-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se eleva la propuesta para la emisión de un Decreto de Alcaldía para la convocatoria a elecciones de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 194º y 197º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;
Que, los artículos 111° y 113°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, prescriben que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia, y que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito mediante, entre otros, el mecanismo de la participación a través de Juntas Vecinales;
Que, asimismo, el artículo 116° de la misma Ley señala que los concejos municipales, a propuesta del alcalde, de los regidores, o a petición de los vecinos, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones; y que las juntas estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la ordenanza de su creación, así como, el concejo municipal aprueba el reglamento de organización y funciones de las juntas vecinales comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a las que deberán someterse;
Que, la Ordenanza N° 122-2021-MDMM del 19 de agosto del 2021, que aprueba el Reglamento de organización, funciones y el proceso de elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar...
EL ALCALDE (E) DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR
VISTOS: El Informe N° 212-2022-SGPVECDR-GDH-MDMM de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Recreación, el Memorando N° 060-2022-GDH-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe N° 549-2022-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 1615-2022-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se eleva la propuesta para la emisión de un Decreto de Alcaldía para la convocatoria a elecciones de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 194º y 197º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;
Que, los artículos 111° y 113°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, prescriben que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia, y que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito mediante, entre otros, el mecanismo de la participación a través de Juntas Vecinales;
Que, asimismo, el artículo 116° de la misma Ley señala que los concejos municipales, a propuesta del alcalde, de los regidores, o a petición de los vecinos, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones; y que las juntas estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la ordenanza de su creación, así como, el concejo municipal aprueba el reglamento de organización y funciones de las juntas vecinales comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a las que deberán someterse;
Que, la Ordenanza N° 122-2021-MDMM del 19 de agosto del 2021, que aprueba el Reglamento de organización, funciones y el proceso de elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar...
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