San Luis, 30 de octubre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
VISTO: el Informe N° 873-2023-MDSL-GSAT/SGRCD de la Subgerencia de Registro y Control de Deuda, el Informe N° 0158-2023-MDSL/GSAT de la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, el Informe Legal N° 407-2023-MDSL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 1770-2023-GM-MDSL de la Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la ley citada, dispone que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de...