DECRETO DE ALCALDIA N° 02-2015-MPC-AL - Modifican el TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Fecha de la disposición16 de Febrero de 2015
El Peruano
Lunes 16 de febrero de 2015 546849
Que, según el artículo 9, numeral 8 de la Ley Nº 27972,
le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi car o
derogar las ordenanzas;
Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional
encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas
públicas que orientan la intervención del Estado en dicha
materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad
y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales
y sociales a nivel nacional a n de generar paz social y
proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades;
Que, según el artículo 8 del Decreto Supremo Nº
011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº
27933, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana
(CODISEC) son uno de los componentes del mencionado
Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación
y elaboración de políticas, planes, programas, directivas
y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el
ámbito distrital; son presididas por el Alcalde Distrital de la
jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaría Técnica en
la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente;
Que, de igual modo según el artículo 30 del citado
Reglamento, son funciones de la Secretaría Técnica, entre
otras, presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad
Ciudadana al CODISEC para su aprobación, además de
presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al Concejo
Municipal Distrital, para su rati cación mediante ordenanza;
Que, al respecto la Gerencia de Seguridad Ciudadana,
mediante Informe Nº 02-2015-GSC/MM de fecha 22 de
enero de 2015, indica que en sesión del 09 de enero de
2015 se aprobó el Plan Estratégico de Seguridad Ciudadana
y Convivencia Social 2015; asimismo, que la Gerencia de
Plani cación y Presupuesto, a través del Memorándum Nº
15-2015-GPP-MM del 20 de enero de 2015, concluye con
opinión favorable respecto al mencionado Plan, el mismo que
se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estratégico de
Desarrollo Nacional al año 2021, Plan Nacional de Seguridad
Ciudadana 2013-2018, Plan de Desarrollo Concertado
Distrital de Mira ores 2005-2015 y Plan Estratégico
Institucional de la Municipalidad de Mira ores 2011-2015,
por lo cual debe aprobarse por parte del Concejo Municipal;
Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoría
Jurídica señala, en el Informe Legal Nº 020-2015-GAJ/
MM del 20 de enero de 2015, que el Plan Estratégico
de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015
presentado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana,
aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana
de Mira ores, corresponde ser puesto a conocimiento del
Concejo Municipal para los efectos legales respectivos;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de
Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de
aprobación del Acta, aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN
ESTRATÉGICO DISTRITAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL 2015
Artículo Primero.- Rati car el Plan Estratégico
de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015,
aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana
de Mira ores según acta de fecha 09 de enero de 2015,
en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933,
demás normatividad aplicable, de conformidad a las
consideraciones expuestas en la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Precisar que el Plan rati cado en
virtud del artículo precedente, como anexo adjunto, forma
parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Seguridad
Ciudadana el cumplimiento de la presente ordenanza; a la
Secretaría General su publicación en el Diario O cial El
Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen
Institucional su publicación en el Portal Institucional (www.
mira oresgob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
1200390-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican el TUPA de la Municipalidad
Provincial del Callao
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 02-2015-MPC-AL
Callao, 30 de enero de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
Vistos: el Informe Nº 012-2015-MPC/GGPPR-GR de la
Gerencia de Racionalización, Memorando N° 085-2015-
MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica
y Conciliación y Memorando N° 001-2015-MPC/GGSC-
GDC de la Gerencia de Defensa Civil, sobre modi cación
del Texto Único de Procedimientos Administrativos -
TUPA; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza Municipal N° 027-2014, de fecha
26 de diciembre del 2014, se aprobó el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA – 2014) de la
Municipalidad Provincial del Callao;
Que, mediante Memorando N° 001-2015-MPC/
GGSC-GDC, de fecha 28 de enero del 2015, la Gerencia
de Defensa Civil perteneciente a la Gerencia General
de Seguridad Ciudadana, solicita la adecuación del
Texto Único de Procedimientos Administrativos –
TUPA, en lo que respecta a la Gerencia de Defensa
Civil, adecuando los plazos para resolver de acuerdo
a lo estipulado en el Decreto Supremo N° 058-2014-
PCM, de fecha 14 de setiembre del 2014, que aprueba
el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad
en Edificaciones;
Que, la Gerencia de Racionalización perteneciente
a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y
Racionalización, a través del Informe Nº 012-2015-MPC/
GGPPR-GR, de fecha 30 de enero del 2015, señala que
para el cumplimiento de la meta del Plan de Incentivos a
la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal (PI)
del Año 2015, se debe adecuar el plazo y la cali cación
de la evaluación de los procedimientos administrativos
de la Gerencia de Defensa Civil, en el actual TUPA de la
Municipalidad Provincial del Callao;
Que, el artículo 36° numeral 3) en concordancia con
el artículo 38° numeral 5) de la Ley del Procedimiento
Administrativo General Nº 27444, establece que una vez
aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos
- TUPA, toda modi cación que no implique la creación
de nuevos procedimientos, incremento de derechos de
tramitación o requisitos se realiza mediante Decreto de
Alcaldía;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de las
Gerencias Generales de Planeamiento, Presupuesto
y Racionalización, Seguridad Ciudadana y Asesoría
Jurídica y Conciliación y Gerencia Municipal, en uso
de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifíquese del Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad
Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal
N° 027-2014, los Procedimientos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9,
10, 11 y 12, de la Gerencia de Defensa Civil, dependiente
de la Gerencia General de Seguridad Ciudadana,
conforme al anexo que se acompaña y forma parte del
presente Decreto.
Artículo 2º.- Dispóngase la publicación del presente
Decreto de Alcaldía en el Diario O cial “El Peruano” y
encárguese a la Gerencia de Informática la publicación
del mismo y anexo en el Portal Web de la Municipalidad
Provincial del Callao www.municallao.gob.pe y en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe.

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